|
"DUEÑEZ* EMPRESARIA"

"Columna de Carlos A. Dumois"

""
DUEÑEZ* EMPRESARIA

    La herencia: ¿Justicia o generosidad?
     
    Carlos A. Dumois.
     
    No heredes a tus hijos en vida, para que no hagas mendigar tus canas (Biblia).
     
    Hemos tenido la experiencia de asesorar a una numerosa familia empresaria que está en el paso de primera a segunda generación. Tiene una empresa importante y de trascendencia social, cuyo valor anda en cientos de millones.
    El padre murió y le dejó la mitad de las acciones de la empresa a su esposa, y la otra mitad a todos sus hijos e hijas. Por tanto, la actual madre y viuda, uniéndose a cualquiera de ellos, puede quedar en control de la empresa.
    Ella, ya octogenaria, se preocupa por heredar a sus hijos e hijas adecuadamente (justa y equitativamente, piensa ella), pero también se interesa mucho por el futuro desarrollo de la empresa, dada su trascendencia social.
    De todos los hijos e hijas, hay algunos que se interesan por el desarrollo de la empresa y se han desempeñado en ello; tan sólo por simplicidad de la redaccón les llamaré hijos pro-empresa. Los otros se interesan por sacarle dinero a la empresa, sin importarles mucho su futuro; a éstos les llamaré hijos anti-empresa. 
    A fin de asegurar el futuro desarrollo de la empresa, la madre les heredó anticipadamente sus acciones a sus hijos pro-empresa en partes iguales. Ellos quedaron, por tanto, en control de la misma. A los hijos anti-empresa les sugiere comprarles sus acciones para que se separen de la empresa. Ellos quedaron molestos y le han reprochado a su madre el heredarlos injustamente.
    Aunque la madre piensa compensar a sus hijos anti-empresa mediante la herencia de otros bienes, exteriores a la empresa, ella tiene dudas y se preocupa de que su forma de heredarlos no sea del todo equitativa y que por tanto sea injusta, según ella.
    Este caso nos plantea el tema y problema de las herencias, al margen de que lo heredado pueda ser también empresas. ¿Están los padres obligados a heredar a sus hijos? ¿Están obligados a heredarlos en partes iguales? Nos interesa aquí el problema real, y no tanto las legislaciones civiles, que pueden diferir en países distintos.
    Sin duda los padres están obligados criar y educar a sus hijos. En qué momento queden desligados de esta obligación depende de las circunstancias de cada familia, y no es objeto del presente artículo. Sin embargo cabe la posibilidad de que a veces tal obligación incluya el que los padres ayuden a que sus hijos se establezcan; lo cual tampoco es tema de este artículo. Aquí estamos hablando de hijos ya mayores e independientes de sus padres, aunque éstos puedan heredarlos. 
    La justicia pide que a cada quien se le dé lo suyo, lo que le pertenece. No es injusto dar a alguien lo que no le pertenece; eso es generosidad. Tampoco es injusto dejar de dar a alguien lo que no le pertenece. Son  los casos de las herencias.
    Los bienes de los padres les pertenecen a ellos, porque ellos los adquirieron de algún modo. Esos bienes no les pertenecen a sus hijos, y no es injusticia dejar de dárselos, ya sea en vida, ya sea en herencia, anticipada o póstuma. Y por lo mismo, el dárselos o heredárselos es un acto libre de generosidad. El tema de las herencias no es un tema de justicia; es un tema de libertad de los padres respecto a sus hijos.
    Cuando los padres ayudan económicamente a alguno de sus hijos mayores por algún motivo serio (enfermedad, un accidente, evitar una quiebra, etcétera), los demás hijos no pueden exigir, supuestamente en justicia, que también a ellos se les ayude con la misma cantidad. Si así fuera, los padres, si no son muy ricos, no podrían ayudar a sus hijos en casos de necesidad: “No puedo ayudar a su hermano si tengo que ayudarlos igualmente a todos; ni podré ayudar a ninguno de ustedes, con ese mismo criterio, cuando tengan necesidad”. 
    Los padres pueden ayudar libre y generosamente a algunos de sus hijos mayores porque los quieren, no por justicia. Y los otros hijos no tienen nada qué reclamar; lo que tienen que hacer es agradecer a sus padres que los ayuden a ellos, o a sus hermanos, cuando están en necesidad.
    Estos mismos criterios valen para el tema de las herencias. Los argumentos que los justifican son los mismos.
     
    Carlos A. Dumois es Presidente y Socio Fundador de CEDEM.
    *“Dueñez®” es una marca registrada por Carlos A. Dumois.

    Periodismo ético, profesional y útil para ti.

    Suscríbete y ayudanos a seguir
    formando ciudadanos.


    Suscríbete
    Regístrate para leer nuestro artículo
    Esto nos ayuda a identificarte mejor al poder ofrecerte información y servicios justo a tus necesidades al recibir ayuda de nuestros anunciantes.


    ¡Regístrate gratis!