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"OBITER DICTUM"

"Regular operaciones inmobiliarias"

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ANTE NOTARIO

    No es común que en el seno de los congresos legislativos se presenten iniciativas ciudadanas. Ello obedece a diversos obstáculos que se han ido demoliendo en los últimos años. El más importante, sin duda, es el del derecho a presentar iniciativas que antes estaba monopolizado por los operadores políticos.
     
    El 26 de marzo de 2012 se reformó la Constitución sinaloense y, el artículo 45 ahora otorga “graciosamente” el derecho a que los ciudadanos sinaloenses presenten ante la referida instancia, iniciativas de ley. Un derecho que garantiza la participación política de los ciudadanos de la mayor trascendencia, sobre todo hoy en día con tantas desigualdades no sólo materiales sino también las que se traducen en la imposibilidad de participar en las decisiones políticas o públicas que nos afectan a todos.
     
    En esta ocasión referiré, brevemente por cuestiones de espacio; y desde una generalidad, por no tratarse esta columna de un repositorio académico, la reciente iniciativa ciudadana impulsada por seis sinaloenses, algunos de ellos amigos de quien esto redacta, y patrocinada por el Diputado Aarón Rivas Loaiza, relativa a la regulación de las operaciones inmobiliarias en el Estado.
     
    Temáticamente, podemos identificar que la ley pretende generar condiciones para la sana competencia entre los corredores inmobiliarios, también conocidos como promotores, agentes, comisionistas, entre otros, estableciendo un conjunto de obligaciones y deberes que surgen a partir de reglas de elemental comportamiento ético y jurídico.
     
    Para lograr lo anterior, entre otras cosas, primordialmente se plantea la creación de un registro estatal de agentes inmobiliarios, con facultades de autoridad para llevar a cabo inspecciones, el otorgamiento y la revalidación de una cédula; la promoción de la profesionalización a través de la actualización y capacitación continua, y por supuesto, con un capítulo de sanciones que incluyen la amonestación, multa, suspensión y la cancelación de la cédula.
     
    Para la sociedad, si la iniciativa que se comenta recoge sus aspiraciones, podría estar dando cauce a la solución de fricciones que se generan en ese especial ámbito de las transacciones que, en su gran mayoría (particularmente tratándose de contratos traslativos de dominio) pasan ante los notarios del Estado y, en ocasiones, el desgaste entre las partes o la inadecuada asesoría inmobiliaria se traduce en una pérdida de bienestar para alguna de ellas o en la asunción de costos imprevistos.
     
    Los notarios seríamos, de aprobarse esta ley, aliados de la sociedad al tener importantes funciones de consulta y avisos, para verificar que en las operaciones que los contratantes nos confían, en ejercicio de la libertad de elección del notario (que como lo he sostenido antes, corresponde a ambas partes).
     
    Personalmente me parece que la ley persigue una finalidad loable, sin embargo, deberían hacerse algunas ponderaciones a la luz de la jurisprudencia y los principios constitucionales en torno a la libertad de trabajo, habida cuenta, empero, de que dicha libertad es un derecho humano. Sin embargo, como la Segunda Sala de la Suprema Corte lo ha dicho, “los derechos humanos no son absolutos, ya que su ejercicio puede limitarse bajo las condiciones que la propia Constitución Federal señala y en términos de las leyes que se emitan por razones de interés general, a fin de evitar medidas o restricciones arbitrarias”. 
     
    Supongo que, como es normal, no a todos los agentes inmobiliarios les parece adecuada esta iniciativa. De igual manera, a otros operadores como los notarios, puede parecerle descabellado. Sería importante conocer la opinión fundada de quienes estén en condiciones de hacerlo. Ojalá la difundan. Una sociedad que no reflexiona está condenada al subdesarrollo. 
     
    En mi blog podrán observar un video de no más de cinco minutos en el que explico algunos aspectos en torno a esta iniciativa de ley:  http://wp.me/p1iKC3-9n.
     
    Notario 210 del Estado de Sinaloa
    @FGarciaSais

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