"'Arrastra' la Fiscalía 767 casos por tortura en Sinaloa"
La Fiscalía General de Sinaloa arrastra 767 investigaciones por acusaciones de tortura en contra elementos que pertenecieron a la Policía Ministerial y a las corporaciones municipales.
--¿Siguen abiertos todos los expedientes?
--Por supuesto, hay investigaciones que nosotros nos encontramos abiertas.
Además, también hay procedimientos administrativos que se iniciaron por recomendaciones de la Comisión Estatal de Derechos Humanos sobre casos de tortura, los cuales no han concluido pese haberse abierto hace más de un año.
Ríos Estavillo señaló que la Fiscalía General mantiene una revisión por cada uno de los casos de acusaciones en contra de elementos y ex elementos, así como de las sanciones administrativas que se promovieron.
Sin embargo, según un informe de la Fiscalía General, la mayoría de las denuncias son en contra de elementos de las corporaciones municipales.
"En atención a las disposiciones legales pronto vamos a crear por mandato normativo la Fiscalía Especializada en materia de Tortura y ahí propiamente, en ese acuerdo respectivo, se dará a conocer la proyección que guardará la Fiscalía de Sinaloa en atención a este importantísimo tema", aseguró.
En la edición del 19 de marzo de Noroeste, se documentó que Marco Antonio Almanza Avilés, director de la Policía de Investigación, reconoció en administraciones anteriores a la suya sí se aplicó la tortura como método de investigación.
Almanza Avilés aseguró que la estructura interna de la Policía de Investigación se renovó con elementos que utilizan prácticas correctas para la investigación, mientras que otros fueron dados de baja o jubilados.
Investigaciones se sostienen
El Fiscal General del Estado dijo que las investigaciones se sostienen pese a que hay elementos jubilados y que confía en que cuando los casos se judicialicen los juzgadores tomen en cuenta esos fundamentos.
--¿Aun siendo jubiladas la Fiscalía los puede investigar?
--El contexto de lo que implican contextos de jubilación circunscribe a derechos de materia administrativa y/o laboral, así que no guardan excepciones para el cumplimiento de procesos de otra naturaleza circunstancias de excepción.
--No son ni elementos que conlleven a resguardos ni excepciones, así que bajo esa circunstancia son parámetros que un juzgador no puede eximir el día de mañana.
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