En tribunales

David Cristóbal Álvarez Bernal
10 noviembre 2015

"¿Y cómo uso mi derecho al agua?"

MAZATLÁN._El 8 de febrero pasado se publicaron las reformas al artículo 4° Constitucional, para incluir expresamente el derecho al agua para uso personal y doméstico. Sin embargo ¿De que nos sirve ese derecho si no podemos o no sabemos hacerlo valer "En Tribunales"?
La reforma, por lo que se refiere al derecho al agua, dice así:
"…Toda persona tiene derecho al acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible. El Estado garantizará este derecho y la ley definirá las bases, apoyos y modalidades para el acceso y uso equitativo y sustentable de los recursos hídricos, estableciendo la participación de la Federación, las entidades federativas y los municipios, así como la participación de la ciudadanía para la consecución de dichos fines…"
Es decir no sólo tenemos derecho al acceso y disposición de agua, sino a su saneamiento y a que llegue a nuestras casas de forma suficiente, salubre aceptable y asequible, es decir que no afecte su salud ni llegue "chocolatosa".
La respuesta a la pregunta que encabeza esta colaboración es que, según mi punto de vista profesional, podemos hacer uso del derecho al agua a través de un juicio de amparo, es decir reclamando de aquellas autoridades que están obligadas a proporcionarnos agua suficiente y saludable, que cumplan con nuestro derecho al agua, llevando a cabo todas aquellas obras que sean necesarias para el acceso, disposición y saneamiento del agua para nuestro consumo personal y doméstico.
Ya en el centro del País y antes de que existieran las reformas a que me refiero, se tramitó un juicio de amparo con resultados exitosos, para obligar al equivalente a la junta de agua potable de aquella zona, a proporcionar a una colonia marginada, vecina de un fraccionamiento de lujo, el acceso al agua para su consumo personal y doméstico.
La situación era irónica ya que, al fraccionamiento de lujo y a la colonia marginada, sólo los dividía una carretera y, mientras sus vecinos ricos tenían agua suficiente hasta para regar sus campos de golf y tener lagos artificiales, los habitantes de la colonia afectada por la escasez del agua, sólo tenían suministro de agua potable una hora al día.
Por lo tanto, si con la reforma constitucional todos tenemos derecho al agua para nuestro consumo personal y doméstico, no se quede cruzado de brazos si las autoridades a quienes les corresponde la responsabilidad de hacer realidad ese derecho, no se lo respetan, acuda de inmediato con un abogado especialista en juicios de amparo de reconocido prestigio (en los tribunales saben quienes son) para qué lo apoye.
Y no se preocupe por los honorarios, seguramente habrá de encontrar a un abogado especialista en amparo con conciencia social (aunque hay muy pocos) que lo ayude sin cobrarle nada.
Si le interesa conocer más acerca de este tema, envíenos un correo electrónico a la dirección entribunales@bufetealvarez.com, y con gusto le haremos llegar más información.
* Socio Director de Bufete Álvarez y Asociados, S.C.