Exhortan a respetar el Cero Tolerancia
07 noviembre 2015
"Exhortan a respetar el Cero Tolerancia"
El Gobierno municipal distribuye cientos de folletos donde advierte al turista y a sus familias las sanciones viales que contemplan por el programa "Cero Tolerancia".Entre las disposiciones indica que los automóviles deben mostrar vidrios con una polarización mínima que permitan la vista hacia adentro, de lo contrario habrá multas.
El folleto que difunden es bajo el eslogan en la portada "Respetemos la Ley de Tránsito", y en la parte trasera indica "Por amor a tu vida...usa el cinturón".
El comandante de Tránsito, Joaquín Guzmán Osuna, aseguró que este es el segundo año del programa "Cero Tolerancia" y los automovilistas deben ajustarse a las leyes locales, de otra forma serán multados.
De entrada el folleto da una cordial bienvenida al turista deseando una estancia placentera, además justifica la promoción de las reglas viales para garantizar mayor seguridad. De inmediato viene la advertencia.
El primer artículo en mención es el 69, donde indica la obligación de usar el cinturón de seguridad, incluso en los asientos traseros.
El siguiente es el 75, donde se establece que el grado de polarización de los autos deben permitir ver hacia el interior del auto.
"Si vamos a salir de vacaciones a otro estado debemos informarnos sobre las disposiciones a donde vamos. Se pueden cumplir las leyes, es por seguridad. Si por alguna razón se tratara un secuestro... con vidrios muy oscuros no veríamos si llevan amagado al chofer u a otras personas", dijo.
El folleto distribuido por el Gobierno municipal también indica que el artículo 83 prohíbe tirar objetos del interior del auto, luego viene el 88, que establece no conducir en estado de ebriedad y el artículo 90, que indica a los motociclistas usar el casco protector.
TOME EN CUENTA
El folleto que reparte el Gobierno municipal informa sobre los artículos de la Ley de Tránsito y las sanciones:
Artículo 69._ Los automovilistas deberán estar provistos de Cinturón de Seguridad cuando menos en los asientos delanteros. Esta falta se castiga con 5 a 8 salarios mínimos. Es decir entre 259 y 415 pesos.
Artículo 75._ La ventana posterior, ventanillas y aletas laterales que porten los vehículos automotores deberán estar fabricados con una sustancia cuya transparencia a juicio de las autoridades de tránsito sea suficiente para la visión del conductor y que no deforme los objetos vistos a través de ellos, por lo tanto queda prohibida toda coloración o polarización de cristales que impidan la visibilidad desde y hacia el interior del vehículo.
La multa por esta falta es de 9 a 14 salarios mínimos, entre 467 y 726 pesos.
Artículo 83_ Queda prohibido tirar o arrojar objetos o basura desde el interior del vehículo, siendo el conductor el responsable por la observación.
La multa es de 5 a 8 salarios mínimos. Entre 259 y 415 pesos.
Artículo 88._ Queda prohibido conducir un vehículo en estado de ebriedad o bajo la influencia de cualquier droga o sustancia tóxica que disminuya de forma notable su aptitud para conducir, aún cuando por prescripción médica esté autorizado para su uso.
La sanción es de 25 a 30 salarios mínimos, entre mil 297 a mil 557 pesos.