Reinciden en juicios mediáticos

Marcos Vizcarra
15 noviembre 2015

"Persisten en la violación de los derechos de las personas que son acusadas por algún delito"

CULIACÁN._ A pesar de que Sinaloa adoptó el nuevo sistema de justicia desde el 31 de julio, el Gobierno del Estado persiste en la violación de los derechos de las personas que son acu­sadas por algún delito, porque aun por medio de boletines las exhibe y publica acusaciones que no han sido comprobadas aún de manera científica. 

De acuerdo con el Código Nacional de Procedimientos Penales, la adaptación del nuevo sistema de justicia por los estados puede ser de dos maneras: iniciar todos los municipios, regiones o zonas al mismo tiempo o de manera paulatina, tal como se desarrolla en la entidad. 

La adaptación, aunque sea gradual, debe de ser con la implicación de que todo el Estado tiene que acoplarse a los nuevos mecanismos de justicia, entre ellos los dere­chos de las personas que son acusadas por cualquier tipo de delito. 

Sin embargo, en Sinaloa se sigue exhibiendo con foto­grafías y datos confidenciales como nombres, edad y su do­micilio a través de conferen­cias de prensa y boletines que emiten la Procuraduría Gene­ral de Justicia y la Secretaría de Seguridad Pública del Es­tado, así como las secretarías municipales de seguridad. 

El Código Nacional de Procedimientos Penales es­tablece que las víctimas y los imputados tienen derechos que deben ser respetados a partir del nuevo sistema de justicia, el cual inició desde el miércoles 15 de octubre en la zona Centro-Norte de Sinaloa. 

El jueves 16 de octubre, el Procurador Marco Antonio Higuera Gómez otorgó confe­rencia de prensa para presen­tar a un posible culpable de la muerte de un ex funcionario de Canaco Mazatlán, ade­más de hablar sobre el nuevo sistema de justicia penal y el debido proceso que deben lle­var los acusados, aunque él lo estuviera violando. 

En agosto de este año, la Comisión Estatal de Derechos Humanos solicitó a la PGJE del Estado que se retirara de la página de Facebook de la dependencia la información de personas que son acusadas, situación que obligó a retirar­la de forma provisional.


LA LEY DICE


CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES
ARTÍCULO 10. PRINCIPIO DE IGUALDAD ANTE LA LEY
Todas las personas que intervengan en el proced­imiento penal recibirán el mismo trato y tendrán las mismas oportunidades para sostener la acusación o la defensa.
ARTÍCULO 12. PRINCIPIO DE JUICIO PREVIO Y DEBIDO PROCESO
Ninguna persona podrá ser condenada a una pena ni sometida a una medida de seguridad, sino en virtud de resolución dictada por un Órgano jurisdiccional previamente establecido, conforme a leyes expedidas con anterioridad al hecho, en un proceso sustanciado de manera imparcial y con apego estricto a los derechos humanos previstos en la Constitución, los Tratados y las leyes que de ellos emanen.
ARTÍCULO 13. PRINCIPIO DE PRESUNCIÓN DE INOCENCIA
Toda persona se presume inocente y será tratada como tal en todas las etapas del procedimiento, mientras no se declare su responsabi­lidad mediante sentencia emitida por el Órgano juris­diccional, en los términos señalados en este Código.