¿Cómo responder desde la justicia penal a la violencia en Michoacán?

México Evalúa
21 noviembre 2025

El asesinato de Carlos Manzo, Alcalde de Uruapan, Michoacán, ha obligado a las autoridades a anunciar una serie de acciones en el estado. Esperaríamos que muchos de estos compromisos se relacionen con mejoras al funcionamiento del sistema de justicia penal. Es importante, por ello, conocer cuál es el punto de partida o su estatus actual.

El homicidio del Alcalde se agrega a una larga y trágica lista de líderes sociales, aguacateros, limoneros y defensores de la tierra, el territorio y el medio ambiente, que han sido asesinados en Michoacán por el crimen organizado desde... siempre. Ninguna administración, ningún partido, nadie ha podido realmente frenar la violencia en un estado que, por todo lo que produce, debería ser uno de los más ricos del país.

Si bien la violencia en la entidad es independiente del funcionamiento del sistema de justicia penal, hay un problema de impunidad por no resolver los casos.

Adelantaremos el análisis sobre Michoacán, de acuerdo a los datos que muy próximamente presentaremos en Hallazgos 2024 de México Evalúa.

El punto de partida en el estado es una cifra de delitos que no se denuncia superior al 93 por ciento. De los que se denuncian, sólo en 67 por ciento de los casos se inició una carpeta de investigación.

Una vez abiertas las investigaciones en la Fiscalía, analicemos el rumbo de los casos. Para ello, medimos cuántas respuestas efectivas en el proceso penal (con reparación del daño) se tienen en Michoacán contra el número de casos que no se resuelven en el sistema penal.

Contrario a lo que muchos podrían esperar, Michoacán -de acuerdo a datos del Inegi- reporta un número importante de respuestas efectivas. La clave de estos buenos resultados es que 23 por ciento de los casos se resolvieron a través de acuerdos reparatorios. Reportaron 15 mil 257 casos resueltos por acuerdos reparatorios por medio de mecanismos alternativos de solución de controversias (MASC), además de 127 acuerdos reparatorios en etapa complementaria. Hay que señalar que en 2024 tenían 46 mil 468 casos iniciados más 20 mil 406 casos pendientes de años pasados.

Pese a que la justicia alternativa parece estar funcionando en la entidad, y eso es una buena señal, los conflictos que se pueden resolver en esta vía tienen penas menos severas y de bajo impacto. Es decir, se trata de querellas que no reflejan la situación de los delitos relacionados al crimen organizado, como el homicidio doloso, el secuestro, la desaparición de personas, la extorsión, la trata de personas, etcétera.

Este tipo de hechos criminales se esperaría que fueran judicializados y procesados hasta sentencia. Al revisar el número de casos resueltos por procedimiento abreviado en Michoacán, durante 2024 se reportaron sólo 100 sentencias condenatorias mediante esta figura. Además de las 389 sentencias dictadas, en juicios orales hubo 168 (43.19 por ciento) que fueron condenatorias contra 221 (56.81 por ciento) absolutorias.

Estos números parecen indicar que, de los delitos más graves, en 2024 muy pocos alcanzaron una solución, y cuando llegaban a juicio oral era más probable que la Fiscalía perdiera el caso a que lo ganara. Por otra parte, en un sistema de justicia eficaz debería haber más sentencias por procedimiento abreviado que por juicio oral.

En Michoacán se observa que hay casi cuatro sentencias por juicio oral por cada sentencia en procedimiento abreviado. El procedimiento abreviado implica que las pruebas de la Fiscalía son tan contundentes, que la defensa prefiere negociar una pena —aunque sea condenatoria—, antes de arriesgarse a ir a juicio oral y tener una pena más alta. Esto es un indicador de que probablemente la Fiscalía de Michoacán no tiene la suficiente fortaleza investigativa como para negociar más que un centenar de casos por la vía del procedimiento abreviado.

Por otra parte, esta debilidad se refuerza con el dato sobre los casos que llegan a juicio oral, ya que en esta vía hay altas probabilidades de que las personas imputadas obtengan sentencias absolutorias. En un sistema donde las investigaciones policiales y coordinadas por la Fiscalía son fuertes, se esperaría que la mayoría de los casos que llegan a juicio oral sean sentencias condenatorias, pero en el caso de Michoacán tampoco es así.

Estos datos nos indican que hay un problema en la capacidad probatoria y la estrategia de litigación de los delitos más graves y que mayor impacto tienen en las comunidades. Es decir, precisamente aquellos crímenes que no se pueden resolver por justicia alternativa.

No podemos proponer una solución real sin revisar más a fondo los casos, pero algunas acciones urgentes que debería realizar la Fiscalía de Michoacán son:

Continuar con la buena práctica de resolver un alto porcentaje de casos por justicia alternativa.

Fortalecer las investigaciones de delitos más graves (que no se pueden resolver por justicia alternativa) y promover la litigación estratégica (específicamente contar con más casos por medio de procedimientos abreviados)

Revisar los 389 juicios orales de 2024 que alcanzaron sentencia para identificar por qué se están perdiendo los casos en juicio oral y enmendar lo antes posible esa deficiencia.

Asimismo, es fundamental que la Fiscalía se coordine con las instituciones de seguridad (sea Guardia Nacional, Policía Estatal o las Fuerzas Armadas) para garantizar investigaciones de calidad. De igual manera, es esencial que las detenciones que se hagan por delitos graves alcancen sentencias condenatorias. De lo contrario, sólo vamos a ver muchos arrestos para calmar a la población y, en corto o mediano plazo, se volverán impunidad.

La autora, Susana Camacho es coordinadora del Programa de Justicia de México Evalúa y Diego Labougle es investigador en dicho programa.