Cuidado con las donaciones
Una creencia equivocada es que las donaciones entre familiares son libres de impuestos.
Para empezar, algunas donaciones sí están libres de impuestos, pero sólo del Impuesto Sobre la Renta (ISR) que es federal, pero deben pagar otros impuestos estatales y municipales como el Impuesto Sobre Adquisición de Bienes Inmuebles (ISAI).
Las donaciones que están exentas de pagar el ISR no son todas, la exención sólo aplica en relación con donaciones de padres a hijos y viceversa o donaciones entre esposos.
Si usted le dona a una concubina, esa operación no está exenta del ISR ya que la interpretación de las leyes fiscales debe ser estricta y en ellas se señala con precisión que la exención opera sólo en donaciones entre cónyuges y no entre concubinos.
Si usted quiere “heredar en vida” a sus hijos tenga cuidado y no me refiero al tema de impuestos, me refiero al peligro que puede correr si lo que les dona es su casa habitación, es decir el hogar donde usted vive.
Por desgracia, en mi profesión he visto casos en donde los padres les donan a sus hijos su casa habitación y luego no falta el hijo mal agradecido que inicia un juicio para sacar a sus padres de su hogar.
En este caso es mejor que haga la donación, pero se reserve el usufructo vitalicio de su casa habitación.
Lo anterior quiere decir que usted podrá seguir usando y disfrutando de su casa habitación hasta que muera y ningún hijo mal agradecido podrá sacarlo de su hogar.
En el mundo del derecho (como en la vida) más vale prevenir que lamentar, por eso, si usted quiere donar su casa habitación o algún otro inmueble, asegúrese de contar con el apoyo legal de un buen notario público o de un abogado especializado en derecho civil.