La desaparición de Leonardo Escobar: desprecio por la prevención
En las primeras semanas de 2026 se difundió ampliamente la noticia de la desaparición de Leonardo Escobar, profesor de origen colombiano de la Universidad Iberoamericana de Puebla. Afortunadamente, y gracias sobre todo a la movilización social impulsada por la comunidad Ibero, Leonardo fue localizado con vida. Las versiones sobre lo ocurrido durante su detención-desaparición son diversas, y, en particular, las provenientes de las autoridades aún presentan inconsistencias y contradicciones. Esta falta de claridad es un botón de muestra de la ineficiencia operativa que persiste en los mecanismos más básicos de prevención de la tortura y la desaparición forzada que se han instaurado en México a través de complejos marcos legales que, en la práctica, las autoridades siguen sin incorporar a su práctica cotidiana.
Aunque es difícil establecer qué hechos son incontrovertidos en las distintas versiones sobre lo ocurrido, existen cuatro que son fundamentales y coincidentes en todas las versiones: 1) Leonardo fue detenido originalmente en el aeropuerto de Monterrey, un espacio público, concurrido y altamente videovigilado; 2) en su detención y posterior custodia participaron, al menos, dos cuerpos policiales, la Guardia Nacional y la Policía Municipal de Apodaca; 3) Leonardo fue presentado ante un Juzgado Cívico y permaneció detenido por 36 horas en instalaciones de la Policía Municipal, y 4) la detención de Leonardo no fue asentada en el Registro Nacional de Detenciones.
La controversia persiste sobre diversas circunstancias ocurridas durante y después de la detención y posterior liberación, así como sobre el estado físico y emocional de Leonardo. El esclarecimiento de estas circunstancias no es un tema menor, porque de ello depende la posibilidad de castigar las omisiones y acciones de las autoridades involucradas por los delitos de tortura y/o desaparición forzada. Al respecto, cabe recordar que para la configuración del delito de desaparición forzada es irrelevante si la detención fue originalmente legal, así como la duración de la detención-desaparición, el elemento central a demostrar es la negativa a dar información de la persona o el ocultamiento de ésta y su paradero.
Después de su localización, Leonardo Escobar hizo señalamientos públicos que apuntan hacia posibles actos de detención ilegal y arbitraria, y sufrimientos físicos y psicológicos infligidos por autoridades. En respuesta a los señalamientos de Leonardo, las autoridades investigadoras, así como las posibles responsables, se han limitado a negar los hechos y a referir que, en dado caso, le correspondería a Leonardo probar sus dichos. Esta afirmación va en contra de un principio legal básico de la investigación de este tipo de delitos: cuando una persona es vista por última vez bajo custodia de una autoridad en buen estado físico y emocional, y posteriormente presenta afectaciones, corresponde a la autoridad dar un explicación plausible y sustentada de lo ocurrido, la cual hasta ahora es inexistente.
La posibilidad de que Leonardo haya sido víctima de tortura y desaparición forzada es ya sumamente grave, pero adicionalmente debe investigarse y sancionarse una omisión indiscutible tanto de los integrantes de la Guardia Nacional como de las autoridades de seguridad municipal: la inscripción formal de la detención de Leonardo en el Registro Nacional de Detenciones.
La existencia del registro y la obligación de que las autoridades lo utilicen fueron un logro de la lucha de las víctimas de tortura y desaparición forzada alrededor del mundo, y está en los tratados internacionales más importantes en estas materias; ha sido incluida como medida de no repetición en sentencias internacionales donde se ha condenado al Estado mexicano por tortura y desaparición forzada, y ahora también tiene reconocimiento constitucional y legal en nuestro País.
Que una autoridad quede impune por incumplir sus deberes básicos respecto del Registro Nacional de Detenciones es un mensaje desalentador, ya que refleja un profundo desprecio por la prevención de estas conductas tan graves, alienta a la repetición de hechos similares y perpetúa la idea de que las leyes mexicanas son sólo letra muerta.
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El autor es Humberto Francisco Guerrero Rosales, coordinador del programa de Derechos Humanos y Lucha contra la Impunidad de @FundarMexico.