Mejores candidatos para una mejor justicia

México Evalúa
26 abril 2026

En medio de la discusión sobre la reforma electoral, hay un asunto que requiere toda la atención de la opinión pública: la siguiente elección judicial. Recordemos que en la reforma judicial de 2024 se definió la renovación total de las personas juzgadoras a nivel federal y estatal en dos elecciones por voto popular. La primera ocurrió en 2025 e incluyó 881 cargos federales y aproximadamente 1,800 cargos locales. Representó cerca de la mitad de las personas juzgadoras federales y una tercera parte en el ámbito estatal. La segunda fase está prevista para 2027. Se elegirán 759 cargos federales y cerca de 3,310 cargos estatales.

La primera elección popular de ministros, magistrados o jueces a nivel federal y estatal evidenció áreas de oportunidad que es urgente atender. De lo contrario, difícilmente contaremos con un Poder Judicial competente, abierto, independiente y efectivo que garantice el equilibrio de poderes, el Estado de derecho y una justicia de calidad para todas las personas.

Una de las principales tareas pendientes tiene que ver con el perfil y los criterios de evaluación a los y las candidatas a cargos de elección judicial.

Los requisitos actuales no garantizan idoneidad

La reforma constitucional de 2024 estableció el procedimiento para elegir a las personas juzgadoras. Primero, cada poder del Estado (Ejecutivo, Legislativo, Judicial) debe conformar un Comité de Evaluación con la encomienda de emitir una convocatoria pública. Luego, se reciben los documentos de las personas aspirantes, se arma un expediente con la documentación verificada, y se evalúa el cumplimiento de los requisitos constitucionales y legales. Por último, se identifica a las personas mejor evaluadas que cuenten con los conocimientos técnicos necesarios para el desempeño del cargo.

El hecho es que los requisitos establecidos en la Constitución no permiten hacer una valoración objetiva y completa de las competencias profesionales de las personas aspirantes a cargos de elección judicial. Esto es lo que se pide: haber obtenido un promedio general de calificación en la licenciatura, especialidad, maestría o doctorado de cuando menos ocho puntos (o su equivalente). En las materias relacionadas con el cargo al que se postula, ese promedio debe ser de nueve puntos (o su equivalente). Se requiere también práctica profesional en el ejercicio de la actividad jurídica de cuando menos cinco o tres años (según el cargo). Además, las personas aspirantes deben presentar un ensayo de tres cuartillas donde justifiquen los motivos de su postulación y remitir cinco cartas de referencia de vecinos, colegas o personas que respalden su idoneidad.

Cabe señalar que el marco constitucional y legal no establece que los Comités de Evaluación definan una metodología común con base en parámetros objetivos. En consecuencia, cada comité selecciona a las y los candidatos bajo sus propios criterios.

En la elección pasada, los Comités de Evaluación de cada poder del Estado a nivel federal tuvieron un plazo de 20 días para revisar el cumplimiento de los requisitos, y uno de 45 días para calificar la idoneidad de las personas elegibles. Así lo determinó el Senado de la República el 15 de octubre de 2024 en su convocatoria pública para integrar los listados de las personas candidatas para la elección extraordinaria de las personas juzgadoras.

Comité de Evaluación del Poder Ejecutivo federal: 18,447 aspirantes.

Comité de Evaluación del Poder Legislativo federal: 11,646.

Comité de Evaluación del Poder Judicial federal: 3,814.

Si bien la revisión del cumplimiento de requisitos no debiera ser algo problemático, se reportaron casos donde los Comités de Evaluación no lo hicieron de forma exhaustiva. Así quedó de manifiesto en la solicitud del Congreso federal al Instituto Nacional Electoral (INE) de cancelar 26 candidaturas por no cumplir con el promedio general de calificación de ocho en la licenciatura (ocho casos), por no cumplir con el requisito de gozar de buena reputación (12 casos) o por estar relacionadas con investigaciones delictivas vigentes del orden federal (seis casos). Además, el Consejo General del INE aprobó la cancelación de 17 candidaturas derivado de la incompatibilidad para ser postuladas a más de un cargo (ocho casos) o con motivo de su renuncia voluntaria (nueve casos).

Pese a esas cancelaciones, la investigación realizada por las organizaciones civiles Projuc y Defensorxs señala que los Comités de Evaluación no aplicaron filtros confiables para la revisión de requisitos y la calificación de la idoneidad. Por ese motivo, participaron candidatos relacionados con el crimen organizado, delitos sexuales, sectas político-religiosas y otras irregularidades.

Aunado a esto, un artículo de Daniela Pinzón e Idalina Arreola, del Instituto para las Transiciones Integradas (IFIT), denuncia que faltaron criterios objetivos en el primer proceso de elección judicial. Además, según las autoras, los Comités de Evaluación tuvieron dificultad para hacer una valoración justa de las competencias de todas las personas aspirantes que sí cumplieron los requisitos.

Para asegurar que las personas aspirantes a las candidaturas tengan la preparación académica y la experiencia suficiente para ejercer la función jurisdiccional, será necesario hacer algunos cambios en la Constitución.

Entre mayores competencias profesionales sean obligatorias, más alta será la probabilidad de tener un desempeño adecuado. Todo ello abonará a la confianza ciudadana, al buen funcionamiento de los tribunales y a la certeza jurídica.

Es necesario que las personas candidatas tengan una certificación de competencias. Cuando menos, se debe exigir capacidad de interpretación y razonamiento jurídico, perspectiva de género e interseccionalidad, enfoque de derechos humanos, aptitud para identificar los contextos sociales de las personas justiciables, organización y manejo del despacho judicial, aptitud de servicio y compromiso social.

En este sentido, la Escuela Nacional de Formación Judicial (ENFJ) cuenta con las facultades legales y las capacidades técnicas para implementar este tipo de evaluaciones, por lo que proponemos que sea la encargada de certificar que se cumplan estas competencias.

En cuanto a la recepción de documentos e integración de listas de aspirantes a cargos de elección popular, parece que el INE cuenta con mayor experiencia en el registro de candidatos. Por ello, este Instituto podría apoyar a los Comités de Evaluación a realizar dicha tarea. También será indispensable que estos comités cuenten con criterios homologados para que la selección de personas candidatas sea objetiva.

La mejora en la calidad de la impartición de justicia pasa necesariamente por la selección de personas juzgadoras. Aunque en la actualidad se defina quiénes son jueces mediante el voto en las urnas, mucho ayudaría tener candidatos que cuenten con mínimos de calidad en experiencia, habilidades, conocimientos y ética profesional.