¿Qué ha pasado con las cancelaciones de impuestos?

Iván Benumea Gómez
14 abril 2021

La cancelación de impuestos implica que el SAT suspenda los intentos por cobrar los adeudos de empresas y personas físicas. Esto puede suceder si después de una investigación fiscal, el SAT no localiza a un o una contribuyente o este no cuenta con bienes que puedan embargarse para pagar la deuda. A quienes se les cancelan impuestos y otro tipo de adeudos suelen ser contribuyentes “fantasma” y que lograron esconderse de las autoridades, pero todavía se necesita más información tener la certeza de que el SAT no comete irregularidades cuando decide dar de baja adeudos multimillonarios.

El tiempo es un factor crucial para combatir la evasión fiscal. Si las y los contribuyentes saben que las autoridades tardarán muchos meses en fiscalizarlos, o que de hacerlo el proceso tomará mucho tiempo, la posibilidad de evadir impuestos será siempre mayor. Las cuatro amnistías fiscales del periodo 2009-2017 ya nos lo confirmaron, y aunque cancelar impuestos no significa perdonar a las y los contribuyentes, el SAT todavía debe apresurar sus estrategias de cobranza para detectar a tiempo a quienes evaden impuestos.

En su último informe, la ASF detectó que la gran mayoría de los adeudos son cancelados porque el SAT no logra localizar a contribuyentes. Tras analizar la baja de 167 créditos fiscales, que en conjunto ascendían a 137 mil millones de pesos, la ASF descubrió que en muchos de estos casos el SAT tardó entre dos y cinco años para comenzar a investigar a las y los contribuyentes. Aunque la ASF confirmó que el SAT investigó a contribuyentes antes de dar de baja sus adeudos, a su vez advirtió que un año puede ser la diferencia para combatir la evasión fiscal.

La coordinación entre autoridades es uno de los factores que más influyen en la posibilidad de detectar a tiempo a quienes evaden impuestos. Cuando el SAT sospecha algo, debe solicitar el apoyo de instituciones como la Comisión Nacional Bancaria y de Valores o la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF). Aunque sobre este punto la ASF no profundizó demasiado, llama la atención que la UIF haya reconocido que la falta de presupuesto y capacidad administrativa imposibilite este tipo de coordinación. Desafortunadamente, la ASF no analizó cuántos recursos presupuestarios destina el SAT para localizar a las y los contribuyentes, pero frente a los recortes presupuestarios de los últimos años, probablemente el SAT atraviese la misma situación.

¿Cómo podríamos evaluar si el SAT está mejorando la identificación de posibles actos de evasión? Un primer paso es ser más transparentes. Como ha sido documentado por Fundar, aunque han existido avances, las razones detrás de cada cancelación continúan en la opacidad, y aunque hoy es posible conocer los montos y el nombre de las personas a quienes se les cancelan créditos fiscales, no existe información sobre los motivos detrás de cada cancelación ni sobre las características de cada crédito dado de baja, como su antigüedad o el tipo (impuesto, derechos, multas, etcétera).

Por lo tanto, para tener un mejor panorama sobre los tiempos y las acciones alrededor de la cancelación de impuestos, la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, podría agregar la obligación de transparentar el motivo de cada cancelación, así como la antigüedad y el tipo de adeudos fiscales cancelados. Si esta información llegara a publicarse, podríamos evaluar si los adeudos fiscales fueron fiscalizados a tiempo antes de ser cancelados.