¿Qué tan ilegales somos?

Juan Carlos Rojo Carrascal
23 mayo 2022

Ahora que tanto he discutido en las redes con amigos y lectores el tema del congestionamiento vial y de los malos hábitos de la ciudadanía al volante, he defendido mucho mi teoría de que diseñar de forma deficiente las calles y el espacio público provoca accidentes e incide en malos hábitos de manejo. Por ejemplo, si las banquetas se destruyen para construir rampas de entrada de automóviles, esto incita a estacionarse en la banqueta, o si los carriles viales son más ancho de lo necesario induce al incremento de la velocidad.

Mal está mucha de la infraestructura de la ciudad, pero debemos también admitir que todos hemos contribuido a un estado normalizado de la ilegalidad mediante hechos cotidianos que todos ponemos en práctica: esto incluye gente del ámbito de la cultura, burócratas, autoridades (incluidos de la 4T), reconocidos letrados académicos con todos y doctorado, gente de la más rica hasta la más pobre, y del más joven hasta la de edad avanzada.

La realidad es que está en la ilegalidad quien maneja a mayor velocidad de la que permiten los señalamientos en las calles (40 kilómetros por hora generalmente y 20 frente a escuelas u hospitales), también quien conduce un automóvil y utiliza el teléfono celular al mismo tiempo (pocos lo evitan), quienes manejan con altos niveles de alcoholización o llevan “orgullosamente” a los infantes sentados agarrados del volante o simplemente prescinden del uso del cinturón de seguridad. Muchas de estas “proezas” afloran del machismo ancestral arraigado en nuestra tierra. Cualquiera de estas faltas no solo pone en riesgo su propia integridad sino la de terceros que en su mayoría son ajenos a los hechos. Tener las manos sobre el volante de un vehículo de una tonelada en movimiento es como tener un arma de fuego cargada lista para disparar. Puede acabar con la vida de alguien “por accidente”. Aquí no debiesen ser la excepción las patrullas, carros de emergencia o vehículos oficiales a quienes su rango no excluye de la peligrosidad de sus vehículos.

Es ilegal estacionarse en doble fila, o sobre la banqueta. Altos funcionarios de gobierno llegan a bordo de tres o cuatro voluminosos vehículos a eventos públicos y se estacionan en lugares prohibidos cuando podrían llegar, bajarse y pedirles a sus choferes que vayan a estacionarse en un lugar permitido (eso es transformación). Ellos asumen que su tiempo vale más que la seguridad de muchos.

En otro orden de ideas también en la construcción se hace costumbre lo prohibido. No debería romperse las banquetas frente a nuestros predios, es común cambiar los materiales de la banqueta, construir maceteras, abrir portones eléctricos al exterior (muy peligrosos para los peatones), dejar material o escombro sin ofrecer alternativas para los peatones. Mucho menos construir escaleras sobre la banqueta o instalar ventanas, toldos, equipos de aire acondicionado a la altura de la gente, que resulta altamente peligroso para invidentes o débiles visuales.

En el mal uso de la vía pública (aparte del que ya hacen todos los automovilistas) se puede incluir la actividad de fabricación, reparación o pintura de muebles u otros objetos o el cierre de calles para la fiesta con brincolín o colocar anuncios o lonas sobre la banqueta u obstruirlas con artículos en venta que obstruyan el paso de los peatones.

Con respecto al ruido urbano quizá somos en lo que más infringimos la Ley. Dañar los oídos de la gente o interrumpir los descansos merecidos parece no ser tan importante para muchos. Solemos hacer fiestas con música a todo volumen, tronar cuetes o fuegos pirotécnicos de todo calibre a cualquier hora de la noche, o hacer rugir los motores de vehículos y motocicletas como si todos debiésemos aplaudirles por hacerlo.

El Reglamento más ignorado (por la sociedad y por la autoridad) es el Reglamento de Ecología y Protección del Medio Ambiente del municipio de Culiacán que tiene un abandonado artículo 147 que expresa que “el nivel máximo permisible de emisión de ruido proveniente de fuentes fijas es de 68 decibeles de las seis a las veintidós horas, y de 65 de las veintidós a las seis horas” o “95 decibeles por actividades temporales” (art 151). La autoridad se pierde a diario maravillosas oportunidades para aplicar este artículo.

De igual forma este Reglamento pone límite a los niveles permisibles de emisión de hidrocarburos y de monóxido de carbono provenientes del escape de los vehículos. Está prohibido también tirar basura en la vía pública (así sea la envoltura de un dulce), también se prohíbe colgar anuncios de venta de cualquier producto en mobiliario o árboles de la vía pública, construir sobre los arroyos, derrochar agua, estacionarse en lugares para discapacitados, talar árboles, practicar arrancones, hacer fiestas ruidosas y tantas cosas más.

Finalmente, algo que yo personalmente prohibiría en Culiacán es el uso de las sopladoras de aire que parecen ser la herramienta de moda. De hecho, entran en el rubro de actividades temporales (con más de 95 decibeles) del artículo 151 del Reglamento anteriormente señalado. Es un equipo que maneja altos índices de ruido, genera polvo, consume combustible, genera humo y solamente mueve de un lado a otro las hojas y el polvo, algo que cualquier ventarrón vespertino terminará revirtiendo en pocos minutos.