Reglas del juego

Fernando García Sais
30 abril 2025

La sociedad, sus integrantes, sus actividades y procesos funcionan en virtud de las reglas que nos hemos dado como comunidad. Desde la Constitución federal hasta el Bando de Policía y Buen Gobierno de origen municipal se dice lo que las personas pueden y no pueden hacer, así como las facultades de las autoridades de todos los ámbitos y niveles.

Frente a esa compleja arquitectura legal la certidumbre de la regla es vital. Si hacemos una analogía a los deportes, supongamos el futbol soccer, los jugadores saben con antelación al juego, cuales son las reglas, las violaciones y, por supuesto, sus consecuencias.

Si mete la mano en cierta zona de la cancha y bajo algunas condiciones precisas, el árbitro justo e imparcial (en teoría, ambos adjetivos) indefectiblemente marcará un penalti; si la pelota abandona la cancha de juego, se le asignará el derecho de iniciar el juego al rival de quien fue hallado culpable de haberla sacado; y así, sucesivamente, con todas las reglas y sus consecuencias.

La calidad del juego, lo que los espectadores reciben por su tiempo y dinero, depende en gran medida de la fortaleza de las reglas y de, sobre todo, la capacidad del árbitro para encontrar las violaciones y, principalmente, de aplicar las sanciones en un contexto de igualdad y de equidad. La misma regla para todos y se aplica igual a todos. La función del árbitro es compleja, pero su respuesta profesional es la esperada.

Durante el juego no hay cambio en las reglas, no debe haberlo. El juego se desarrollará con las reglas vigentes al momento de entrar a la cancha. No debe haber discrecionalidad tampoco, salvo en la evaluación que se haga por el árbitro al calificar alguna conducta (como, por ejemplo, violencia, fuerza excesiva, agresión, etc.).

En la sociedad acontece lo mismo. El marco jurídico guía a todos, da un ámbito de actuación y dice con precisión dónde, cómo, cuándo y en qué condiciones las personas pueden desplegar determinadas conductas; así como las circunstancias en las que sus conductas serán sancionadas de las distintas maneras que, también, el marco legal prevé.

En un contexto en el que las reglas son cambiantes de tal manera que haya incertidumbre en cuál es la norma vigente, la expectativa de tener orden y paz sociales es baja. El espacio para la arbitrariedad aumenta y, con ello, la posibilidad de evitar el cumplimiento de la norma. El Derecho así pierde vigencia como faro que guíe a la sociedad. El conflicto y el caos se apodera de la convivencia cotidiana.

En México, las leyes se sustituyen y se modifican a un ritmo que no hay inteligencia (ni siquiera la artificial, generalmente tan mediocre como aquella) capaz de dar cuenta, conocer y entender con la misma velocidad en que los cambios se presentan. El Estado de Derecho entra en crisis con facilidad y nos hemos adaptado a esas circunstancias cambiantes.

De 136 artículos de nuestra Constitución, solamente 19 no han sido modificados. Según el Senado de la República, desde su promulgación en 1917 hasta el 1 de febrero de 2024, se han aprobado 256 reformas constitucionales mediante las cuales se modificaron en 770 ocasiones diversos artículos.

El doctor José Ramón Cossío Díaz en “Los preámbulos de las constituciones mexicanas: contenidos y funciones” sostiene, y concuerdo con él en que, en el caso de México, el preámbulo de la Carta Magna de 1917 es irrelevante, en tanto que “es un fundamento de legitimación del ejercicio constituyente”, a diferencia de las constituciones de 1824 y 1857 que le precedieron.

En cambio, en Estados Unidos de América su Constitución, que ha mostrado ser más estática, nunca ha sido reformada. Ha sido objeto de 27 enmiendas. En su preámbulo dice “Nosotros, el pueblo de los Estados Unidos, con el fin de formar una Unión más perfecta, establecer la justicia, garantizar la tranquilidad nacional, atender a la defensa común, fomentar el bienestar general y asegurar los beneficios de la libertad para nosotros mismos y para nuestra posteridad, por la presente promulgamos y establecemos esta Constitución para los Estados Unidos de América.”

A falta de consensos generales y de rumbo claro, cuando lo más estable es el cambio, algo parece no estar funcionando. La incertidumbre en las reglas no hace más que evidenciar una incertidumbre en el rumbo. Si cuando entras a la cancha no sabes qué reglas te van a aplicar, el escenario es catastrófico.

Ante Notario.