Si no paga, métalo al bote
Es un hecho notorio, para quienes nos dedicamos al litigio, que los juzgados familiares de esta ciudad están rebasados en su capacidad de atender rápidamente y bien los juicios que manejan, y no es necesariamente por falta de conocimientos.
Según las estadísticas, un gran porcentaje de los juicios que llevan los juzgados familiares son juicios en donde la esposa, ex esposa, concubina o ex concubina demandan al esposo, ex esposo, concubino o ex concubino por el pago de alimentos para ellas y para sus hijos que tienen derecho a recibirlos.
Quienes se han enfrentado a tener que demandar por el pago de alimentos seguramente se han topado con muchos obstáculos para poder recibirlos.
Desde el juez que fija una pensión miserable, pasando por los secretarios de acuerdos que tardan un mes o más en atender las peticiones que se les presentan para impulsar el juicio, hasta maniobras de los deudores alimentarios para tratar de evitar pagar los alimentos.
Algunos de esos deudores, mal aconsejados por malos abogados, renuncian a su trabajo o, si pueden, manipulan la información de sus ingresos y aparecen con un salario mínimo cuando ganan mucho más.
Lo más común es que el deudor alimentario simplemente deje de pagar los alimentos que fije el juez pensando equivocadamente que si no tiene bienes a su nombre ni registra formalmente sus ingresos, no le va a pasar nada y no le van a poder cobrar la deuda.
Lo que no saben esos pillos y algunos de los abogados que los mal aconsejan, es que dejar de pagar alimentos es un delito y el deudor alimentario puede terminar en la cárcel.
Tomando en cuenta lo que le acabo de decir, si usted enfrenta dificultades para poder cobrar la pensión alimenticia a quien debe pagarla, comente con su abogado la opción de presentar una denuncia ante la Fiscalía General del Estado para que integren la carpeta de investigación y la envíen a un Juez penal para que se inicie el procedimiento correspondiente.
Si el deudor alimentario deja correr el proceso penal y no lo atiende, sencillamente terminará en el bote y, una vez ahí, ya verá usted cómo consigue mágicamente dinero y se pone al corriente con la pensión alimenticia.
Si usted no tiene dinero para demandar por pensión alimenticia y/o para presentar una denuncia penal, puede acudir con los asesores jurídicos de oficio cuyos datos pueden proporcionarle en cualquier Juzgado Familiar a donde usted vaya a preguntar.