Amplían plazo de registro para programa de ‘Fertilizantes para el Bienestar’ en Sinaloa
Productores de frijol, maíz, caña de azúcar y trigo podrán anotarse como beneficiarios de este apoyo hasta el 5 de agosto, con horarios de atención de 9:00 a 15:00 horas
La Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural del Gobierno de México amplió el plazo para nuevos registros al programa de “Fertilizantes para el Bienestar”, dirigido a agricultores de frijol, maíz, caña de azúcar y trigo de Sinaloa.
El registro será disponible para productores de riego de hasta 10 hectáreas de los cultivos señalados.
La convocatoria inicial cerró este 1 de agosto, por lo que se dio una prórroga hasta el 5 de agosto, con horarios de atención de 9:00 a 15:00 horas.
La entrega de documentos para anotarse como beneficiarios podrá hacerse en uno de los 30 Centros de Apoyo para el Desarrollo Rural (Cader), en todos los municipios de la entidad.
Los apoyos consisten en 100 kilos de fosfato diamónico (dap) más 100 kilos de urea por hectárea para productores de frijol; 150 kilos de dap y 150 kilos de urea para agricultores de maíz; 100 kilos de dap y 200 kilos de urea para cañeros; y 50 kilos de dap y 250 kilos de urea por hectárea para productores de trigo.
Para aquellos derechohabientes que ya recibieron su apoyo en el presente ejercicio fiscal, podrán presentar su actualización de información y surtirá efecto en el subsecuente ejercicio fiscal; quienes a la fecha no hayan recibido el apoyo en el presente ejercicio fiscal, se realizará su actualización y será aplicada en el mismo; lo anterior, previamente será verificado por la Unidad Responsable del Programa.
Los requisitos a cumplir para el registro son una identificación oficial vigente, CURP, comprobante de domicilio a nombre del productor, copia del permiso de siembra para el ciclo otoño-invierno 2024-2025, documento legal que acredite la propiedad del predio o contrato de arrendamiento, solicitud de apoyo, y estar registrado en el Padrón de Productores de la Secretaría de Agricultura.
Para aquellos productores que formen parte de una persona moral, deberán presentar la documentación conforme a la convocatoria, puntualizando que para el permiso único de siembra que se encuentre a nombre de la persona moral, este se podrá sustentar con el acta constitutiva y actas de asamblea; en su caso, además de incluir la georeferenciación del predio, como parte del Anexo IV de la solicitud.
Más información estará disponible en el sitio web de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural www.gob.mx/agricultura, como la ubicación de las ventanillas.
En otros de los requisitos está el formato 32D que libera el SAT, el cual deberá estar en positivo, ya que si se encuentra en negativo sólo podrán acceder al beneficio hasta 7 hectáreas.