¿Cuáles fueron los cambios a la Ley General de Educación que aprobó el Congreso de la Unión?
"Las reformas hechas a la ley contemplan la desaparición del Instituto Nacional de Evaluación Educativa, así como el Instituto Nacional de la Infraestructura Física Educativa, para la creación de organismos descentralizados que llevarán a cabo l"
CULIACÁN._ El Congreso de la Unión aprobó las reformas a la Ley General de Educación, con la cual realizaron cambios en materia de evaluación de la educación, los docentes y la operatividad de las escuelas.
Con base en documentos entregados a los diputados federales para la discusión de la reforma a la Ley General de Educación, Noroeste realizó un análisis de los cambios que propusieron a la ley.
El dictamen establece la extinción del Instituto Nacional de Evaluación Educativa, que será sustituido por la Comisión Nacional para la Mejora Continua de la Educación. Este último será un organismo público descentralizado que estará compuesto por una junta directiva integrada por cinco especialistas nombrados por el Senado de la República. Además un Consejo Técnico de Educación, compuesto por siete personas nombradas por el Senado; y el Consejo Ciudadano que será nombrado por la Junta Directiva.
La Comisión Nacional para la Mejora Continua de la Educación tendrá las atribuciones legales para realizar estudios y evaluaciones al sistema educativo, determinar indicadores de resultados y emitir lineamientos para el desarrollo del magisterio.
La nueva ley señala en su artículo 18 que en ningún caso el resultado de la evaluación tendrá efecto en la permanencia del docente en la plaza.
Instaura el Sistema Integral de Formación, Capacitación y Actualización de los maestros.

Otro organismo que desaparece con la reforma a la Ley General de Educación es el Instituto Nacional de la Infraestructura Física Educativa. En este caso será la Secretaría de Educación Pública la que llevará a cabo las atribuciones que tenía el Inifed, según establece el artículo 103 de la ley.
En la reforma también está establecida la Nueva Escuela Mexicana, que son los lineamientos para la oferta educativa que contempla educación humanista e integral, así como la formación de los estudiantes en cultura de la paz, activación física, deporte, arte, música y civismo. Con el objetivo de que los planteles impartan educación plurilingüe, intercultural e inclusiva.
Precisa la participación de los municipios en el mantenimiento de los planteles educativos.
Hace de carácter obligatorio la educación a niños y jóvenes menores de 18 años de edad. También ordena la creación de programas incentivos dirigidos a docentes que presten servicios en localidades aisladas, zonas marginadas y de alto conflicto social con el objetivo de fomentar el arraigo al plantel, así como el cumplimiento del calendario escolar.
Establece la obligación del Estado de tener como prioridad aquellas escuelas que estén en zonas marginadas, localidades aisladas y de alto conflicto social.
En la Ley General del Sistema para la Carrera de las maestras y los maestros está contemplado que la Federación llevará a cabo la asignación de plazas en concurrencia con las entidades federativas.
Los estados emitirán las convocatorias correspondientes para el concurso de plazas con previa autorización de la Secretaría de Educación Pública.
Las convocatorias contendrán la información sobre el número y características de las plazas disponibles. El perfil profesional a cumplir, requisitos, términos y fechas de registro, etapas del proceso, fecha de publicación de resultados y las reglas para la asignación de las plazas.
Cabe destacar que según las modificaciones, tendrán prioridad en la asignación de plazas los egresados de las escuelas normales públicas, de la Universidad Pedagógica Nacional y los Centros de Actualización del Magisterio.
En el artículo 14 de dicha ley quedó contemplado que la rectoría de la educación le corresponde a la Federación y su implementación es en coordinación con las entidades federativas.
En materia económica quedó establecido por ley que el presupuesto dirigido a educación no podrá ser menor al ocho por ciento del Producto Interno Bruto dentro del cual se incluye como mínimo el uno por ciento del PIB a investigación científica y desarrollo tecnológico.
Con la expedición de la nueva ley se abrogará la Ley General de Educación emitida en 1993, así como la Ley General de Infraestructura Física Educativa.