#SinaloaVerifica: La diferencia entre coalición y candidatura común, y por qué hay que ‘echar ojo’ detrás de la boleta

#SinaloaVerifica
14 abril 2021

La decisión de participar con partidos en coalición o de postular en una candidatura común tiene que ver con las negociaciones de los partidos políticos


Karen Bravo/Noroeste

En el proceso electoral de Sinaloa que se lleva a cabo este año existen candidaturas comunes y de coalición de partidos, y aunque pareciera ser lo mismo existen diferencias entre ellas.

De acuerdo con el artículo 85 de la Ley General de Partidos Políticos, estos pueden constituir frentes, coaliciones e incluso fusionarse para constituir un nuevo partido.

http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGPP_130420.pdf

Las reglas para las coaliciones están establecidas en el artículo 87 de esta ley.

En la coalición los partidos políticos se ponen de acuerdo para postular a un grupo de candidatos en diferentes demarcaciones y cargos; por ejemplo alcaldías, diputaciones y gubernatura.

Un ejemplo de coalición es la candidatura de Mario Zamora Gastélum a la gubernatura. El PRI, PAN y PRD acordaron que fuera su abanderado, ésta fue denominada Va por Sinaloa.

La coalición es un acuerdo de dos o más partidos que deciden postular en un porcentaje de municipios o distritos a ciertos candidatos para una elección y un territorio. Para este proceso electoral, Va por Sinaloa comparte los candidatos a las presidencias municipales de Culiacán, Ahome, Guasave, Mazatlán, El Fuerte, Badiraguato, Salvador Alvarado y Cosalá; en las 10 demarcaciones restantes cada partido que compone esta coalición propuso a candidatos propios.

Los 24 distritos locales para elegir diputados también fueron distribuidos en esta coalición, 14 corresponden al PRI, ocho al PAN y dos al PRD.

La candidatura común, por otro lado, supone apoyar a un candidato específico para una elección en un territorio. Los partidos políticos se ponen de acuerdo para apoyar a un candidato común en una elección específica en un territorio específico.

Es en la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales estatal en su artículo 61 donde se estipula que los partidos políticos podrán tener candidatos comunes.

https://gaceta.congresosinaloa.gob.mx:3001/pdfs/leyes/Ley_41.pdf

Esta modalidad podría ejemplificarse con la participación de Rubén Rocha Moya quien también es candidato a gobernador, pero en este caso por los partidos Morena y PAS.

Durante el proceso de registro, Rocha Moya tuvo que acudir al Instituto Electoral del Estado de Sinaloa en dos ocasiones, la primera para anotarse a la candidatura por Morena y al día siguiente hizo lo mismo por el Partido Sinaloense, PAS.

Morena y PAS también se pusieron de acuerdo para tener candidatos comunes en 15 alcaldías, excepto en Angostura, el municipio de Sinaloa y El Fuerte. Además comparten aspirantes en los 24 distritos electorales para las diputaciones locales.

Cuando es una candidatura común el candidato aparece en las boletas electorales con su mismo nombre en los diferentes espacios de los partidos políticos, pero no se afecta la dinámica del voto ya que siguen contando igual, aseveró el politólogo Jesús Rojas.

“Cuando una persona vota en un esquema de candidatura común pues simplemente el candidato aparece en las boletas electorales con su mismo nombre en los diferentes espacios de los partidos políticos”.

“Y si un ciudadano marca la opción A, B o cualquier partido que lo está postulando, para el candidato le cuenta igual”, explicó.

¿Y qué pasa con las candidaturas de diputados?

Aunque la votación es directa por un personaje tanto en candidaturas comunes como en coalición, en el caso de las diputaciones hay que observar un detalle adicional, porque ahí sí influye la casilla de partido que elija el ciudadano.

Esta diferencia se debe a que los partidos políticos proponen listados distintos de diputados plurinominales, y suplentes.

Por ejemplo, aunque el PRI, PAN y PRD van en coalición, los nombres al reverso de la boleta son distintos en el caso de cada partido, y es lo que avala el ciudadano al momento de cruzar el recuadro.

“Es decir, votos indirectos que sirven para llegar a un mismo espacio, en este caso la Cámara de Diputados. Cuando una persona vota por un candidato de un partido A, de manera directa se va para con él, pero está avalando también la lista plurinominal de los que se acompañan en ese partido”, detalló Rojas.

“Lo que tiene que hacer un ciudadano es darse cuenta con quién se acompaña la candidatura, es decir, en el caso de las alcaldías quienes van a ser sus regidores, en el caso de las diputaciones quienes van a ser sus suplentes, y quienes van a ser los plurinominales”, expuso.

¿Cómo aparecerán en las boletas?

De acuerdo con los diseños proporcionados por el Instituto Electoral del Estado de Sinaloa a #SinaloaVerifica, aunque existan coaliciones y candidatos comunes, en las boletas electorales aparecerá el nombre del candidato en los recuadros de cada partido que conforme la coalición o para los que son aspirantes comunes.

Tomando los ejemplos mencionados el candidato común de Morena y PAS, Rubén Rocha Moya, aparecerá en el recuadro de Morena y del Partido Sinaloense (PAS).

El candidato de la coalición Va por Sinaloa, Mario Zamora Gastélum, aparecerá en el recuadro del PRI, PAN y PRD, que son los partidos que conforman esta coalición.

Para que los votos sean válidos, se puede marcar un solo partido de la coalición o candidatura común que prefieras, o dos o todos los que la integren, pero no será válido si eliges dos o más partidos de coaliciones o alianzas rivales, o si tachas todos los partidos.

También está la opción de votar por candidatos no registrados, escribiendo su nombre.