Prodecon sugiere al SAT ampliar plazo para solicitar la devolución automática del saldo a favor del ISR
"El plazo para presentar la declaración anual es hasta el 30 de junio, después de esta fecha en caso de contar con saldo a favor se requiere otro proceso para la devolución"
La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente sugiere al Servicio de Administración Tributaria que amplíe el plazo para solicitar la devolución del ISR de las personas físicas a través del Sistema Automático de Devoluciones durante todo el ejercicio fiscal de 2020.
El Delegado en Sinaloa, Óscar López Pascual explicó que con motivo de la emergencia sanitaria y en apoyo a la economía de los contribuyentes, el SAT implementó mecanismos para devolver en un plazo de tres días los saldos a favor.
“Lo que implica que todos los contribuyentes que cumplen en tiempo y forma con su declaración, tienen derecho o una facilidad de que si obtienen un saldo a favor en el ISR lo pueden solicitar de forma automática, ese saldo lo piden de una vez ahí en la declaración sin tener que recurrir a un segundo proceso para obtener esa devolución, y el SAT se compromete a devolverlo en un plazo máximo de tres días”, explicó.
Recordó que normalmente el mes de abril es cuando las personas físicas deben presentar su reporte de gastos realizados durante el año inmediato anterior ante el Servicio de Administración Tributaria, sin embargo, este año a causa de la crisis sanitaria las autoridades aplazaron la fecha límite y se podrá presentar hasta el 30 de junio para quienes obtienen sus ingresos a través de servicios profesionales, actividades empresariales, arrendamiento, dividendos, enajenación o adquisición de bienes.
Destacó que en cuanto a la extensión que se dio va con el mismo derecho, es decir, si un contribuyente presenta su declaración el 30 de junio va a obtener el beneficio del Sistema Automático y se le podrá devolver su saldo a favor en un plazo no mayor a tres días.
López Pascual dijo que mucha gente se pregunta, “¿Qué pasa si no declaro el 30 de junio?”,y que no quiere decir que el primero de julio ya no se pueda hacer la declaración, pero en caso de que salga un saldo a favor ya no procedería la devolución de manera automática, por lo que se tendría que abrir un segundo proceso que se llama proceso de devolución manual, que es a través de un formato electrónico con un plazo de resolución de 40 días hábiles.
Recordó que como parte de las medidas de prevención ante la pandemia Covid-19, para disminuir la asistencia a las oficinas y para incentivar el uso de sus servicios vía remota, de chat en línea, correo electrónico y telefónica, Prodecon lanzó la campaña “Declara en tu casa”, ya que la mayor parte de la información que necesitan las personas físicas ya está precargada y que sólo se requiere validarla y enviarla para cumplir con su obligación fiscal.
“Todavía están a tiempo, se pueden acercar a Prodecon, en lo que podamos ayudar, en lo que va del año hemos atendido a más de mil 800 casos por el tema de declaración y devoluciones, y en casi todos se han logrado resultados satisfactorios”, destacó.
Dijo que al tomar en cuenta que para la presentación del recurso de revocación resulta indispensable la utilización de la e-firma y que existen casos en los que a los contribuyentes ya se les venció el certificado de la e-firma, aunado a que se encuentran saturadas las citas para la renovación de dicho implemento, otra sugerencia que hizo Prodecon es suspender los plazos para la interposición de ese medio de defensa.
Señaló que las oficinas de Prodecon están abiertas, pero cumpliendo con los protocolos sanitarios sugeridos y con un 30 por ciento del personal para asesorar o aclarar cualquier duda o problema de los contribuyentes.