¿Quiénes deben presentar su declaración anual y cómo deben hacerlo?
De acuerdo con el portal de la autoridad fiscal, el proceso para presentar la declaración de impuestos está vigente desde el pasado 1 de abril y hasta el 30 de abril de 2022 por vía Internet
MÉXICO (SinEmbargo).– El Servicio de Administración Tributaria (SAT) llamó a todas las personas físicas a realizar durante este mes de abril su declaración anual sobre sus ingresos obtenidos durante el 2021. De acuerdo con el portal de la autoridad fiscal, el proceso para presentar la declaración de impuestos está vigente desde el pasado 1 de abril y hasta el 30 de abril de 2022 por vía Internet.
Según el régimen fiscal, deben presentar su pago de Impuestos Sobre la Renta (ISR) aquellas personas físicas, es decir, que se identifican por el nombre y apellidos y que reciben un ingreso por una actividad económica como vendedor, empleado, profesionista, comerciante, etcétera.
Entre las personas físicas están comprendidas las siguientes:-Salarios: de un sólo patrón y dejaron de recibirlo antes del 31 de diciembre; si además obtuvieron ingresos distintos de salarios; si trabajaron para dos o más patrones de manera simultánea; si los salarios provienen del extranjero o de personas no obligadas a retener; si además obtuvieron ingresos por indemnización o jubilación; y si la totalidad de los ingresos anuales por este concepto excede de 400 mil pesos.
– Servicios profesionales, aquellos que obtienen ingresos por su cuenta y emiten comprobantes de honorarios.
– Actividades empresariales, incluidas quienes tributan en el Régimen de Incorporación Fiscal y optaron por hacer pagos provisionales bimestrales aplicando coeficiente de utilidad.
– Actividades empresariales realizadas únicamente a través de plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas o similares, que no hayan optado por realizar pagos definitivos.
– Cobrar rentas por algún bien inmueble (departamento, casa o local comercial).
– Reciben intereses o dividendos.
– Enajenaron bienes, si vendieron algún bien.
– Adquisición de bienes, si compraron algún bien.
¿CÓMO HACER TU DECLARACIÓN ANUAL 2022?
Para poder realizar este trámite los interesados deben contar con información sobre sus ingresos del ejercicio fiscal 2021, deducciones autorizadas y personales, retenciones y pagos provisionales. Además debe realizarse dentro del tiempo establecido por el SAT para evitar multas y recargos.
La declaración anual se realiza a través de la página del SAT, la cual es www.sat.gob.mx o a través de la aplicación móvil del SAT, la cual está disponible para dispositivos Android y IOS.
Una vez que se ingrese a cualquiera de las dos opciones se debe dar click en la opción “presenta tu declaración anual 2021”.
El portal redirecciona al apartado para ingresar los datos requeridos, que en este caso son: RFC de 13 dígitos y contraseña, después el sistema pedirá que se complete un captcha de comprobación y seguridad.
El portal irá especificando los datos a llenar para realizar la declaración del ejercicio fiscal 2021, y una vez completado sólo quedará firmar y enviar la declaración. El sistema arrojará el comprobante de recibido y especificará si existe un saldo a favor o si por el contrario existe un adeudo.
Si las personas no realizan su declaración anual se hace fuera del plazo señalado, recibirán una sanción por parte del SAT, las cuales van de los mil 400 hasta los 34 mil 730 pesos.
¿CÓMO SOLICITAR EL SALDO A FAVOR?
Una vez terminada tu declaración anual, si hay saldo a favor se podrá solicitar el dinero con tus datos y número de cuenta correspondiente. Para recibir tu devolución automática presenta tu declaración anual 2021 a más tardar el 31 de julio del año en curso.
Para hacer valer tu derecho, el proceso de devolución tiene la posibilidad de recibir el saldo a favor automáticamente, lo cual aplica a todas las personas físicas que presenten su declaración anual del ejercicio fiscal anterior al año en curso y se ubiquen en los supuestos siguientes:
– Señalen la opción de devolución en la declaración anual del ejercicio.
– Presenten su declaración de forma electrónica con contraseña, e.firma o e.
firma portable, según corresponda, conforme a lo siguiente:
1. Si el saldo a favor es igual o menor a 10 mil pesos puedes presentar la Declaración anual con Contraseña.
2. Si el saldo a favor es mayor a 10 mil y no excede de 150 mil pesos, podrás presentar tu declaración anual con Contraseña, siempre y cuando selecciones una cuenta CLABE activa a 18 dígitos ya precargada en el aplicativo, misma que deberá estar a nombre del contribuyente.
En caso de capturar una cuenta CLABE distinta a las precargadas, deberás presentar la declaración utilizando la e.firma o la e.firma portable.
3. Si el saldo a favor es de 10 mil un pesos a 150 mil pesos, la declaración anual se presentará utilizando la e.firma o e.firma portable.
– Señalen un número de cuenta CLABE a 18 dígitos, ésta deberá estar activa y a nombre del contribuyente como titular, así como la denominación de la institución integrante del sistema financiero a la que corresponda dicha cuenta, para que, en caso de que proceda el importe autorizado en devolución sea depositado en la misma.
– La cuenta CLABE es única por contribuyente, es decir, no puede ser manifestada por ningún otro contribuyente.