Licencia para conducir de racer deben coincidir con el tipo de vehículo que indica la factura, aclaran

Ana García
29 agosto 2024

El coordinador de Educación Vial recuerda que las licencias de manejo están vinculadas con las características del vehículo

Ante las recientes restricciones impuestas en el tema de las zonas de circulación de los vehículos tipo racer y la obligatoriedad de portación de licencia de manejo, en donde la duda era si esta última debía ser de motociclista o automovilista, el coordinador de Educación Vial en Mazatlán, Roberto Jaime Rodríguez, especificó que en este caso, la licencia de manejo está estrictamente vinculada con las características del vehículo que se conduce.

“La licencia de manejo está en base a la característica del vehículo. El vehículo desde su fabricación trae una factura, que marca qué tipo y que clase de vehículo es, si la factura marca que es una motocicleta de cuatro llantas, el emplacado va a ser con placa de motocicleta y para conducirla, su conductor debe traer licencia de motociclista”, informó.

“Si la factura está creada como un vehículo de tipo automotor, entonces sería un automóvil, sin embargo, la especificación de esos vehículos cuatrimotos, es como se especifica dentro de la factura de fabricación y el conductor tiene que cumplir con ese tipo de permisos que es la licencia de motociclista”, explicó.

La normativa establece restricciones claras sobre el uso de ciertos vehículos en zonas urbanas, dijo. Estos vehículos, aunque cada vez más comunes en ciudades, no están diseñados para circular en áreas urbanas debido a su estructura y características técnicas, con el fin de garantizar la seguridad y el orden vial.

“Las restricciones, pues ya la autoridad está viendo sobre el uso de este tipo de vehículos, que no son vehículos propios para andar en ciertas zonas urbanas, sino este tipo de vehículos al principio fueron fabricados para usos rurales, para usos agrícolas o bien de recreo campestre”, detalló.

Pese a lo anterior, los racer ya están dentro de las rentas que ofrecen los prestadores de servicios, y se han convertido en otro atractivo para el turismo, para hacer recorridos, aunque en ocasiones quienes los rentan hacen uso indebido, entrando a zonas no permitidas o violando leyes de tránsito, ya sea sobre la zona urbana o turística del puerto.

Jaime Rodriguez aclaró que la responsabilidad de tratar de conveniar para que a cada persona a la que se le rente un vehículo de este tipo, realmente acate ciertas restricciones y comportamientos correctos sobre el uso de la vía pública recae en arrendadores y de la autoridad.

Cuatrimotos en zona de playas no quedan exentas

El uso de cuatrimotos en zonas de playa no está exento de la normatividad vial, ya que cualquier vehículo debe tener la autorización correspondiente para circular, incluso en áreas rurales. En caso de accidentes, las aseguradoras solicitarán la documentación del conductor. Por ello, es indispensable contar con una licencia de manejo válida que acredite el conocimiento y autorización para operar estos vehículos.

“En cualquier parte que se use un vehículo, en cualquier lugar que se vaya a usar, debe tener la autorización y el conocimiento para usarlo, aunque sea una zona rural, aunque sea una zona de playa donde lo vaya a traer puesto que estos vehículos están asegurados”, precisó Jaime Rodríguez.

Al rentar una cuatrimoto, se requiere credencial de identidad y depósito económico, pero también es obligatorio presentar una licencia de manejo, en caso de no contar con este requisito, advirtió que la autoridad puede sancionar en cualquier lugar del Estado.

“Las vialidades son vialidades del Estado, así sean pavimentadas o no pavimentadas y hay reglas y dentro de este tipo de, aunque sean veredas, brechas, caminos, playas, pues son vialidades que son parte de la composición de la territorio del Estado y los que las usemos tenemos que andar en regla y respetando las reglas de circulación”, sentenció.

Monopatines y bicicletas eléctricas podrían tener que regularse

Con el incremento en el uso de monopatines y bicicletas eléctricas, Roberto Jaime Rodríguez mencionó que en un futuro cercano tendría que entrar en el ordenamiento y la regulación, que si bien no requiera de licencia de uso, podría necesitar un permiso especial para circular en la vía pública.

“Posiblemente más adelante se regule algún permiso especial, pero si está en un planteamiento, porque no nomás aquí en Mazatlán, hay ciudades como Guadalajara o como Monterrey donde se está disparando este tipo de vehículo y está generando muchas complicaciones”, mencionó.

“Se tiene que regular para que los que lo vayan usar, pues tengan la debidas precauciones y respeto sobre este vehículo que se va a usar, que está de moda y que va a la alza por parte de los usuarios, para que no represente tanto peligro para ellos como para los demás”.

Quien haga uso de estos vehículos, tiene que respetar las vialidades, el sentido de las calles, altos en las esquinas, derecho de paso del peatón, no debe usarlo por arriba en las banquetas porque la zona de banquetas es exclusiva para peatones y estos vehículos representan un peligro si las personas lo usan incorrectamente.

El hecho de usar casco, guantes y rodilleras serían algunos elementos dentro de la nueva modificación a la Ley de Movilidad para tomar en cuenta en estos vehículos, adelantó.