Deberán funcionarios abstenerse de hacer proselitismo en días hábiles
"Deberán funcionarios abstenerse de hacer proselitismo en días hábiles"
MÉXICO (NTX)._ El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación estableció que los servidores públicos deben abstenerse de acudir a actos proselitistas en días hábiles con el fin de garantizar la equidad en los procesos electorales.
En la Tesis L/2015 "Actos proselitistas. Los servidores públicos deben abstenerse de acudir a ellos en días hábiles", indicó que según el Artículo 134, párrafo séptimo, de la Constitución, los servidores públicos están obligados a observar el principio de imparcialidad para preservar condiciones de equidad en la contienda electiva.
Con ello los funcionarios no deben aprovechar el cargo que ostentan para afectar los procesos electorales a favor o en contra de un candidato o un partido político.
En ese sentido, el TEPJF resolvió que cuando se encuentren jurídicamente obligados a realizar actividades permanentes en el desempeño del cargo público, sólo podrán apartarse de esas actividades y asistir a eventos proselitistas, en los días que se contemplen en la legislación como inhábiles.
El documento establece que los servidores públicos pueden participar en actividades proselitistas, cuando ejerzan el derecho constitucional de un día de descanso, por haber laborado durante seis días a la semana, conforme con lo previsto en el Artículo 123, apartado B, fracción II, de la Constitución.
La Tesis fue aprobada en la sesión pública de la Sala Superior celebrada el 5 de agosto de 2015.
Cuando sí
- El documento del TPJF establece que los servidores públicos pueden participar en actividades proselitistas, cuando ejerzan el derecho constitucional de un día de descanso, por haber laborado durante seis días a la semana, conforme con lo previsto en el Artículo 123, apartado B, fracción II, de la Constitución.