Gobierno de Sheinbaum cambia la metodología para contar delitos; no se podrá comparar igual que en años anteriores

Animal Político
03 marzo 2026

El rediseño de la metodología para contar delitos obliga a rehacer comparaciones históricas. El cambio aplicado por el Gobierno federal coincide con el anuncio de una reducción de 40 por ciento en homicidios y aumentos atípicos en otros delitos

El Gobierno de la Presidenta Claudia Sheinbaum cambió la metodología para contar delitos en el País, modificando los criterios que se habían utilizado durante los últimos 10 años. El cambio principal consiste en la ampliación de 53 a 71 tipos de delitos, sistematizados en el nuevo Registro Nacional de Incidencia Delictiva.

Uno de los delitos que ahora se registra diferente es “otros delitos que atentan contra la vida y la integridad corporal”. En él se incluían la “inducción o ayuda al suicidio”, “peligro de contagio” e “inseminación artificial no consentida”, según el manual público de clasificaciones, además de las tentativas de homicidio y feminicidio.

Con la nueva metodología, tanto la tentativa de homicidio como de feminicidio se registran por separado como subdelitos dentro de “homicidio” y “feminicidio”.

Esto quiere decir que “otros delitos que atentan contra la vida” ya no se pueden contabilizar de la misma forma que antes. Los efectos del cambio ya son notorios: en diciembre hubo mil 283 víctimas relacionadas con esta categoría, mientras que en enero —ya con la nueva metodología que no incluye las tentativas— la cifra fue de 861. Esto significaría que los 422 casos de diferencia se encuentran contabilizados en otras categorías.

El cambio de metodología ocurre en momentos en que el Gobierno exhibe una disminución de 40 por ciento en homicidios entre septiembre de 2025 y enero de 2026; una baja inédita en una década de registros. Esto, en paralelo a un aumento atípico en el registro de otros delitos, sin que la autoridad pueda explicar por qué.

Entre los incrementos detectados está, justamente, “otros delitos que atentan contra la vida y la integridad corporal”, que pasó de 8 mil 64 casos en 2018 a 17 mil 288 en 2025.

También aumentó casi al doble el número de personas desaparecidas y no localizadas. Los casos pasaron de 6 mil 442 en 2018 a 12 mil 733 en 2025. Mientras los suicidios aumentaron de 6 mil 92 en 2018 a 8 mil 821 en 2025, como publicó este lunes la Unidad de Investigación de Animal Político.

En tanto, México Evalúa también señala un “comportamiento anómalo” de estos casos en su análisis “Violencia en México 2015–2025”. Quintana Roo, por ejemplo, registra un aumento de 10 mil 326 por ciento en “otros delitos contra la vida”, mientras que Nuevo León presenta un crecimiento de 5 mil 420 por ciento y Sonora de 561 por ciento.

A esto se suma que en Sinaloa, el periódico Noroeste documentó que la Fiscalía estatal ha clasificado homicidios dolosos en otras categorías, como “causa de muerte por determinar”, “homicidio por enfrentamiento” o “agresión a la autoridad”.

En una sesión técnica realizada el pasado 27 de febrero, funcionarios del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública aseguraron que la nueva metodología del Registro Nacional de Incidencia Delictiva (RNID) fue diseñada con la intención de no romper las series históricas, sino de desagregar delitos que antes se encontraban agrupados.

Sin embargo, explicaron que si se quisieran comparar “los delitos que atentan contra la vida” en diferentes años, como lo hicieron México Evalúa y Animal Político, a partir de ahora es necesario “agregar” o volver a juntar las categorías. De ahí que difundieran una guía metodológica específica para orientar las comparaciones retrospectivas, una herramienta que antes no se requería porque los registros simplemente se comparaban utilizando los datos históricos.


El cambio de metodología

Lo mismo ocurre con “otros delitos que atentan contra la libertad personal”. Ahora, la privación ilegal de la libertad y la retención o sustracción de menores se contarán fuera de esta categoría.

En tanto, en los “otros delitos que atentan contra la libertad y la seguridad sexual”, la violencia de género en todas las modalidades distintas a la violencia familiar y la violación a la intimidad sexual, ahora estarán desagregadas.

Mientras que al homicidio doloso y al feminicidio se les agregarán “subdelitos”, que son las tentativas.

Otros delitos tendrán un mayor detalle. El delito de extorsión, por ejemplo, ahora se dividirá en presencial y por otros medios; el narcomenudeo, será por posesión simple o con fines de venta, y la trata de personas se dividirá según su fin, ya sea en pornografía infantil, con fines de explotación sexual, con fines de trabajo o servicios forzados o con fines de tráfico de órganos.

Esta nueva metodología fue aprobada el 2 de septiembre de 2025 por el Consejo Nacional de Seguridad Pública y fue instruida desde el 10 de diciembre de 2024 al Centro Nacional de Información (CNI) del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP).

Aunque la metodología comenzó a aplicarse en enero de 2026, los nuevos criterios se dieron a conocer hasta el pasado 20 de febrero. El documento, publicado en la página del Secretariado, explica que “a partir de enero de 2026 las fiscalías y procuradurías generales del país suministran la información delictiva en los términos y criterios del RNID, el cual permite una mayor precisión de la información delictiva para 71 delitos”.

La incidencia delictiva se refiere “a la ocurrencia de presuntos delitos registrados en carpetas de investigación”, según la definición oficial. Es decir que las cifras que se desglosan reflejan denuncias que dieron lugar a una carpeta de investigación.

Para la ciudadanía esto es clave, ya que las cifras que se publican mes con mes dependen de cómo se clasifique cada carpeta en las fiscalías estatales.

Otra modificación es que el RNID establece reglas específicas para distinguir entre el conteo de delitos y el conteo de víctimas. En un mismo hecho puede haber una sola carpeta de investigación, pero varias víctimas.


Una tercera etapa desde 1997

El sistema de registro de delitos en México ha tenido tres grandes etapas desde que comenzaron a generarse estadísticas nacionales en 1997. El primer instrumento permitió generar información para 22 delitos entre 1997 y 2015,

En 2015 se implementó un nuevo instrumento que amplió el catálogo a 53 delitos. Estuvo vigente hasta diciembre de 2025. Ahora, con el RNID, el número se eleva a 71 delitos y se actualizan los criterios de clasificación.

Desde enero pasado las cifras mensuales que difunde el Secretariado Ejecutivo reflejan esta nueva metodología. El cambio no modifica el hecho de que los datos se basen en carpetas de investigación iniciadas en ministerios públicos estatales, pero sí redefine cómo se clasifican y presentan los delitos a nivel nacional.