Publican reformas a ‘Ley Chayote’, que permitirán en ‘mañaneras’, promoción de candidatos
Las reformas a la Ley General de Comunicación Social permitirían que servidores públicos hicieran promoción y mostraran apoyos a algún candidato
El titular del Poder Ejecutivo Federal publicó en el Diario Oficial de la Federación, el decreto por el que se reforman las leyes generales de Comunicación Social y de Responsabilidades Administrativas.
A partir del 28 de diciembre de 2022, fecha en que entró en vigor el decreto, los servidores públicos podrán difundir logros, programas y obras de sus gobiernos en procesos electorales, sin que sean sancionados, ello a pesar de que haya campañas preelectorales y electorales permanentes, con el argumento de que se respeta la libertad de expresión.
Asimismo, las conferencias de prensa matutinas del Presidente Andrés Manuel López Obrador, por ejemplo, en las cuales, supuestamente, no se podían difundir los presuntos logros del Gobierno federal, ni llamar al voto por partidos o candidatos durante procesos electorales en curso, o no difundirse en entidades con elecciones, quedarán libres de dichas limitantes, mismos que habían sido impuestos por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, para detener el activismo de los servidores públicos con uso de recursos públicos, en aras de la equidad en la competencia política.
Las modificaciones publicadas en el DOF forman parte del llamado “Plan B” de la reforma electoral presidencial y consisten en cambios a la Ley de Comunicación y a la Ley General de Responsabilidades Administrativas, dos de las reformas que son legales, tras ser avaladas en todos sus términos por ambas cámaras del Congreso de la Unión, por lo que sólo faltaba su promulgación.
Las reformas a la Ley General de Comunicación Social -también llamada “Chayote”- se realizaron, según Morena y sus aliados, para acatar la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que al invalidar algunos artículos, emplazó al Congreso de la Unión a fijar criterios claros y objetivos para la asignación de la pauta de publicidad oficial. No obstante, los legisladores redefinieron el concepto de propaganda gubernamental.
Ello ahora se define como el “conjunto de escritos, publicaciones, imágenes, grabaciones y proyecciones difundidas con cargo al presupuesto público, etiquetado de manera específica para ese fin, o mediante el uso de tiempos oficiales, por un Ente Público” y con el fin de “difundir el quehacer, las acciones o los logros” o información de interés público.
Además, los plenos de ambas cámaras del Congreso resolvieron que “no constituyen propaganda gubernamental las manifestaciones de las personas servidoras públicas, que realicen en uso de su libertad de expresión y en el ejercicio de sus funciones públicas”.
“Tampoco constituye propaganda gubernamental la información de interés público que realicen las personas servidoras públicas, conforme a la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, difundida en cualquier formato de manera gratuita”, señala el decreto publicado en el DOF.
Con ello se modificó la forma de ejercer el presupuesto en publicidad o propaganda oficial, ya que únicamente será definida de esa forma, si está etiquetada con ese rubro y no con el concepto de “asesorías”, “apoyos diversos” u otros conceptos.
Además, todos los servidores públicos podrán promover sus aspiraciones políticas o las de otros, haya o no elecciones en curso.
Asimismo, podrán difundir en todo momento sus “informes” de gestión o legislativos, y emitir posicionamientos desde sus cuentas en las diversas redes sociales, por supuestamente ser medios “gratuitos”.
También podrán realizar conferencias con referencias electorales en todo momento, en ejercicio de su libertad de expresión.
No obstante, partidos de oposición han anunciado que promoverá acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, ya que contrapone con el artículo 134 de la Constitución, que prohíbe propaganda personalizada de servidores públicos, además que se sometió el principio de equidad en las contiendas y la renovación democrática de los poderes, a la libre expresión de funcionarios.