La actuación previa de los candidatos en puestos públicos que hayan desempeñado previamente permite conocer con mayor precisión que puede esperarse en caso de resultar triunfadores en la contienda electoral.

24 enero 2006

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Melissa Sánchez

En los últimos meses cunden los ejemplos de servidores públicos con negros antecedentes, varios incluso con órdenes de aprehensión en su contra, y otros con resoluciones administrativas igualmente comprometedoras, pues algunas llevaron a su destitución.
En el pasado era común conocer la ficha negra de funcionarios vinculados al área de seguridad, pero lamentablemente esto se extendió a las áreas políticas, pues hoy los involucrados son diputados, alcaldes y funcionarios de los órganos electorales.
Entre otros casos con cierta relevancia a nivel nacional está el del Diputado local de Guerrero, Moisés Carvajal Millán, quien tomó posesión de su cargo en diciembre, pese a que en su contra pesaba una orden aprehensión por el delito de robo agravado.
Carvajal Millán, uno de los dos dirigentes estatales de la Confederación Nacional Campesina, llegó al Congreso en la lista de candidatos plurinominales del Partido Revolucionario Institucional. El delito que le imputan está vinculado a las disputas por la dirección de la CNC y más directamente al intento del grupo de Carvajal Millán para tomar el edificio de la central campesina.
Otro caso, que acaba de revelarse, es el de Leopoldo Cresenciano Bautista Flores, quien desde el primero de enero de 2005 es Alcalde de Chiconamel, Veracruz, pero tiene pendiente una orden de aprehensión en Nuevo León por el delito de fraude por la venta de unos terrenos en el área metropolitana de Monterrey. Los delitos por los que se persigue a Bautista fueron cometidos en el segundo semestre de 2004, aunque la resolución del juez se dictó hasta junio del 2005. Bautista ya había estado preso en el penal del Topo Chico, en Monterrey, de agosto de 2002 a diciembre de 2003, también por fraude.
Así ambos funcionarios gozan en estos momentos de inmunidad gracias al fuero, pero presuntamente cometieron delitos penales antes de su elección, pues existen órdenes de aprehensión en su contra.
Mientras tanto, Jesús Humberto Valencia Valencia, logró que el Congreso del Estado de Sonora lo nombrara Consejero Electoral de la Comisión Estatal Electoral y que sus compañeros consejeros lo designaran Consejero Presidente, pese a que en 1999 fue destituido por el Consejo de la Judicatura Federal de su cargo como Magistrado del Poder Judicial Federal.
El todavía Consejero Presidente de dicho órgano electoral fue destituido el 3 de marzo de 1999 por el Consejo de la Judicatura y el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ratificó dicha decisión por unanimidad el 28 de octubre del mismo año.
La razón de la destitución fue que, como Juez Segundo de Distrito en materia penal en el estado de Sonora, incurrió en "notoria ineptitud" al dictar sentencias absolutorias en tres causas penales a favor de acusados a quienes se les imputaban delitos contra la salud.
Los Consejeros y Ministros consideraron que al resolver dichos expedientes "dejo de analizar determinado acervo probatorio cuyo análisis pudo haber motivado el dictado de sentencias condenatorias". Obvia señalar que los delitos contra la salud son los cometidos por los narcotraficantes, en cuyo favor dictó las sentencias absolutorias Valencia Valencia.
Estos tres casos no son los únicos y, obviamente, son muy diferentes: el caso del diputado guerrerense es claramente un conflicto político y los ciudadanos lo eligieron a través de una lista, por lo cual en realidad quien lo protegió fue el partido; en el caso del Alcalde veracruzano fue directamente la ciudadanía quien le refrendó, porque ya había sido Alcalde del mismo municipio anteriormente a fines de los noventa, su confianza, pese a sus antecedentes como defraudador; y, finalmente, en el caso del Consejero Presidente los responsables son los diputados del Congreso sonorense que validaron sin mayor revisión los datos que el aspirante les entregó.
En un caso, la responsabilidad principal es del partido; en otro, de los ciudadanos que votaron desinformadamente; y en el tercero, de los diputados que tampoco se preocuparon por informarse de los antecedentes del aspirante.
Sin embargo, la revisión de los tres casos resulta pertinente en los actuales momentos electorales, especialmente para destacar la importancia de revisar minuciosamente los antecedentes de los candidatos.
Sexenio tras sexenio es común que en las listas de candidatos a legisladores de los distintos partidos políticos aparecen nombres de políticos que posteriormente son vinculados a diversos ilícitos. Basta recordar los nombres de Ricardo Aldana y Carlos Romero Deschamps, ambos líderes del sindicato petrolero participantes en el denominado Pemexgate, postulados por el PRI para ocupar sus respectivas curules en el Senado y la Cámara de Diputados.
O el de René Bejarano, vinculado al escándalo de Carlos Ahumada, postulado por el Partido de la Revolución Democrática, para ser su líder en la Asamblea Legislativa del Distrito Federal.
En el pasado más remoto se encuentra el nombre de Jorge Díaz Serrano, ex director de Pemex en el sexenio de José López Portillo y quien fue desaforado en el sexenio de Miguel de la Madrid, para poder se juzgado por delitos cometidos durante su encargo en la paraestatal.
Así la legislatura se utiliza como un refugio donde el fuero los protege de la acción de la justicia. Se distorsiona la razón y motivo del fuero y se convierte en un escudo de delincuentes del orden común. En el otro caso, lo que revela es la absoluta ligereza e irresponsabilidad de los diputados que siguen fielmente los designios de los líderes de las fracciones, sin tomarse la molestia de revisar que aprueban.
Si es reprobable que los ciudadanos no revisen los antecedentes de los candidatos a puestos de elección popular y, por lo mismo, eventualmente elijan a delincuentes, como en los casos mencionados; más lo es que los diputados voten a ciegas y elijan para un puesto tan importante como son los integrantes del órgano de dirección de la autoridad electoral a funcionarios que previamente han sido destituidos de otros cargos públicos por "notoria ineptitud".
Pero más allá de estos excesos, lo cierto es que los antecedentes de los políticos deben ser uno de los principales elementos a analizar al momento de decidir por quien votar.
La actuación previa de los candidatos en puestos públicos que hayan desempeñado previamente permite conocer con mayor precisión que puede esperarse en caso de resultar triunfadores en la contienda electoral; pero para conocer plenamente los antecedentes también hay que hurgar en las biografías no oficiales, pues los antecedentes mencionados no se encontraban en el documento que los candidatos entregaron al momento de su registro.
Siempre será mucho más reveladora la acción que la palabra, aunque lamentablemente ésta sea la que prevalezca en las campañas electorales.
Conocer cómo se comportan ante ciertas situaciones; cómo reaccionan en determinadas circunstancias; cómo enfrentan los problemas que hoy prometen resolver y para los que presentan soluciones mágicas; en fin, las diferencias y coincidencias en su actuar como candidatos y servidores públicos. Pero no sólo eso, también su actuación profesional, pues Bautista Flores cometió los delitos que le imputan fuera de la función pública.