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Delincuencia

Otorgan amparo a ‘El Güero’ Palma; podría recuperar su libertad

Un juez consideró que reponer el juicio en su contra, como se había solicitado, va en contra de sus derechos

El Tercer Tribunal Unitario del Tercer Circuito, otorgó un amparo al capo sinaloense, Jesús Héctor Palma Salazar, alias “El Güero Palma” -quien lleva 26 años en prisión sin sentencia-, que deja sin efecto la decisión judicial que mandató, a mediados de julio del 2021, reponer el procedimiento por el delito de delincuencia organizada, contra el cofundador del Cártel de Sinaloa.

Según el magistrado Ricardo Delgado Quiroz, titular del Tercer Tribunal Unitario del Tercer Circuito, reponer el procedimiento contra Palma Salazar -de 59 años de edad-, afecta sus derechos, ya que la ampliación de declaración de dos testigos colaboradores -por la que se ordenó la recaptura del capo sinaloense-, fue declarada “agotada” desde el 2017.

Los testigos responden a los nombres clave de “Julio” y “César”. El primero de ellos es Marcelo Peña García, cuñado del ex líder del Cártel de Sinaloa, Joaquín Guzmán Loera, “El Chapo”, y el segundo es el empresario sinaloense Javier Burgueño Uría, quienes ya fueron buscados en México y Estados Unidos para que declaren.

En uno de los casos el testigo se declaró ausente al testigo, y en el otro, existe una imposibilidad material para desahogar la comparecencia. Según lo expuso el magistrado Delgado Quiroz, de todo ello fue enterado el Ministerio Público federal, que nunca recurrió a la impugnación de los acuerdos judiciales del 11 de julio del 2017 y del 22 de mayo del 2018.

“Lo que revela, tácita pero indudablemente, que el fiscal estuvo conforme con esas determinaciones; de ahí su firmeza, por lo que jurídicamente la fiscalía no podía alegarlas en la alzada como agravio, pues se reitera, contra ella no interpuso el recurso que la ley le concede”, indicó el magistrado Delgado Quiroz, en su fallo.

Ambos testigos declararon contra Palma Salazar y lo señalaron de estar detrás de un cargamento de 3 mil 288 kilos de cocaína que fue asegurado el 19 de julio de 1999, en Tecomán, Colima. Así como de una avioneta con 12 millones de dólares, en San Luis Río Colorado, Sonora, el 12 de octubre de 1995.

Otro de los señalamientos consistió en que Palma Salazar orquestó el asesinato de Antonio Contreras y de José Cruz Guerrero, subdirector de la Policía Judicial de Nayarit, y su escolta, respectivamente, ocurrido el 18 de mayo de 1995.

Asimismo, ambos testigos acusaron a “El Güero Palma” por el robo de droga en la subsede de la Delegación de la entonces Procuraduría General de la República (PGR), en San Luis Río Colorado, Sonora, el 21 de mayo de 1997.

Ahora, el Cuarto Tribunal Unitario, con residencia en Zapopan, Jalisco, que ordenó reponer el procedimiento contra Palma Salazar, deberá emitir una nueva resolución en los próximos días, por lo que el capo sinaloense podría salir del Centro Federal de Reinserción Social (CEFERESO), Número 1, El Altiplano, ubicado en el municipio de Almoloya de Juárez, en el Estado de México, al cual ingresó el 13 de julio del 2021.

El titular del Tercer Tribunal Unitario del Tercer Circuito agregó que, de mantener esta circunstancia, no resuelta desde hace 6 años, se prolongaría de forma indefinida y no justificada el proceso contra Palma Salazar, lo que contraviene el principio constitucional de una justicia expedita.

“Se llega a esta conclusión porque, como se desprende de los conceptos de violación, con la emisión de la resolución impugnada en esta vía constitucional, se transgredió en perjuicio del solicitante del amparo, el derecho fundamental de acceso a la jurisdicción expedita, mediante un recurso judicial rápido, sencillo y efectivo, tutelado en el artículo 17 de la Constitución Federal; cuenta habida que, en el caso, como se expone en la demanda, la resolución reclamada sólo posterga indefinida e injustificadamente la solución del conflicto”, aseguró el magistrado Delgado Quiroz, en su fallo.

El 14 de julio del 2021, José Luis González, magistrado presidente del Cuarto Tribunal Unitario, con residencia en Zapopan, Jalisco, revocó la sentencia que absolvió al capo sinaloense, Jesús Héctor Palma Salazar, alias “El Güero Palma”, del delito de delincuencia organizada y ordenó reponer el procedimiento para que se buscara a dos testigos protegidos que declararon contra el capo, quienes por seis años han permanecido desaparecidos.

El magistrado federal emitió su fallo después de que la Fiscalía General de la República (FGR) impugnó la sentencia absolutoria dictada en mayo por Víctor Francisco Chávez Romero, secretario en funciones de juez del Juzgado Segundo de Distrito de Procesos Penales Federales, también en el estado de Jalisco.

José Gabriel Martín Hernández Rodríguez, abogado defensor de Palma Salazar, dijo que por este motivo se ordenó la reaprehensión de su cliente y a las 00:40 horas del 13 de julio del 2021, el capo sinaloense fue reingresado al Centro Federal de Reinserción Social (CEFERESO), Número 1, El Altiplano, ubicado en el municipio de Almoloya de Juárez, en el Estado de México.

Sin embargo, el Juzgado de Primera Instancia determinó absolver a Palma Salazar, porque las declaraciones ministeriales de los testigos colaboradores fueron rendidas en diversas indagatorias y no forman parte de la causa penal que se instruyó al capo sinaloense por delincuencia organizada.

Aunado a ello, el litigante aseguró que el mismo magistrado federal ya había repuesto el procedimiento en el mismo sentido. “Es una revocación a todas luces ilegal”, expresó Hernández Rodríguez, quien además mencionó que estaban valorando si se iban a la reposición de procedimiento o presentaban un amparo para que “El Güero” obtuviera su libertad.

El abogado agregó que dicha causa penal fue consignada por la entonces PGR en 2016, y desde esa fecha no han podido ser localizados los testigos protegidos. “El arraigo fue totalmente ilegal porque no hay ninguna prueba en contra de él [Palma Salazar], por eso está pidiendo la Fiscalía y el Ejecutivo Federal al Poder Judicial, al Tribunal Unitario que revocara una sentencia en ocho días, cuando se llevan tres meses para resolver estos casos”.

Según Hernández Rodríguez, que fue entrevistado por el diario Milenio, la petición de la FGR se presentó el 5 de julio del 2021 “y lo más grave es que está video filmada la audiencia”.

FGR SEÑALA IRREGULARIDADES EN LA ABSOLUCIÓN DE “EL GÜERO” PALMA

Por su parte, la Fiscalía General de la República señaló, también el 13 de julio del 2021, que el secretario en funciones de juez que absolvió en abril de ese mismo año a “El Güero” Palma, hizo un análisis superficial del caso y anuló el valor de las pruebas esenciales, para liberar al capo sinaloense de la acusación de delincuencia organizada.

“El Secretario en funciones de Juez de Distrito, indebidamente privó de valor a las pruebas torales en las que la FGR fundó su acusación, además de que vulneró el principio de igualdad procesal en el procedimiento penal en detrimento del órgano acusador”, señaló la FGR, en un comunicado.

“El Secretario en funciones de Juez realizó un análisis incorrecto y superficial respecto de la aplicación del principio ne bis in idem o non bis in idem [nadie puede ser juzgado dos veces por los mismos hechos]”, detalló la FGR, la cual recordó que el 30 de abril del 2021, Chávez Romero dictó la sentencia absolutoria a favor del capo sinaloense, pero el 3 de mayo de ese mismo año, su fallo fue apelado por el Ministerio Público Federal.

En su apelación, la institución dependiente de la FGR pidió que se examinara, conforme a estricto derecho, si en la resolución impugnada no se aplicó la ley correspondiente o se aplicó inexactamente, si se trasgredieron los principios reguladores de la valoración de las pruebas, si se alteraron los hechos o no se fundó o motivó correctamente.

Según la FGR, además de lo señalado respecto al secretario en funciones de juez, el Cuarto Tribunal Unitario resolvió que en este asunto sí existía violación a las reglas fundamentales que norman el procedimiento que trascendió al resultado de la sentencia definitiva, en perjuicio de la autoridad ministerial.

A decir de la Fiscalía, el magistrado González optó por revocar la absolución del fundador del Cártel de Sinaloa, por violaciones a las formalidades esenciales del procedimiento y ordenó reponer el procedimiento, en los términos señalados en la propia resolución.

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