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"Observatorio"

"Aplicar plebiscito a Estrada y Chapman. Usar la Ley de Participación Ciudadana"

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OBSERVATORIO

    Sería cuestión de que el cinco por ciento de los ciudadanos del padrón electoral de los municipios de Culiacán y Ahome lo soliciten para que se realicen plebiscitos que determine si los alcaldes Jesús Estrada Ferreiro y Manuel Guillermo Chapman se van de sus cargos o permanecen en ellos, sin esperar a que se implemente la revocación de mandato o se les instaure juicio político.
     
    El plebiscito, contemplado en la Ley de Participación Ciudadana, permitiría resolver el diferendo sobre destituir o no a los ediles, que ronda cada vez con más fuerza en las conversaciones de culiacanenses y ahomenses, pues desde 2012 permite que los gobernados expresen su aprobación o rechazo a los actos, propuestas o decisiones del Poder Ejecutivo Estatal y Ayuntamientos que sean trascendentes para la vida pública del Estado.
     
    Se trata de una de las tres vías por las cuales los ciudadanos y el Movimiento Regeneración Nacional pueden rectificar los gobiernos de Chapman en Ahome y Estrada Ferreiro en Culiacán, que son las incómodas piedras en el zapato de la cuarta transformación en Sinaloa. En estos municipios crece la inconformidad por estilos e irregularidades en el desempeño de los alcaldes, primera condición para avanzar en los procedimientos de destitución.
     
    La primera y más factible vía es que desde la sociedad civil se presenten al Congreso del Estado denuncias por delitos que justifiquen la instauración de juicios políticos, a lo cual está más propenso Chapman porque sí hay acusaciones penales y recomendaciones de organismos de derechos frente a hechos probados de violación de la ley.
     
    A Estrada Ferreiro se le puede abrir juicio de procedencia por la inestabilidad a la cual somete a Culiacán con medidas y desplantes que rompen la armonía entre las instituciones y la sociedad, acciones que constituyen ilícitos o ataques a la gobernabilidad. A un Municipio en permanente estado de zozobra derivada de la alta actividad delictiva le son indispensables autoridades que practiquen la legalidad. 
     
    La segunda posibilidad, a la cual le apuesta inclusive la mayoría parlamentaria de Morena en la 63 Legislatura local, tiene que ver con la revocación de mandato que está por decidirse en el Senado para el caso de Presidente de la República y que la Cámara estatal tendrá que resolverlo para el caso de Gobernador y presidentes municipales. 
     
    Chapman y Estrada resultarían expulsados del poder si en estos momentos se consultara a la población si quiere que sigan en el cargo o que se vayan. En Sinaloa, para Morena y sus diputados federales y locales y senadores sería la salida menos complicada a la pena ajena que experimentan cuando la gente les comienza a reclamar cómo la cuarta transformación pudo crear a tales esperpentos políticos. 
     
    Sin embargo, la que está a la mano es la tercera herramienta, lista para utilizarse después de siete años de permanecer escondida y sin uso. Es la Ley de Participación Ciudadana que contempla las figuras de plebiscito, referéndum e iniciativa ciudadana para que la acción cívica determine qué hacer sobre situaciones que le atañen a la generalidad.
     
    Publicada en el Periódico Oficial el 10 de agosto de 2012, estaría perfecta la implementación en la coyuntura de Culiacán y Ahome antes de que los dos gobiernos amplíen el daño social causado por sus acciones u omisiones. El plebiscito lo pueden solicitar los ciudadanos que representen cuando menos el dos por ciento de los inscritos en la lista nominal, en el caso del Gobernador, o el cinco por ciento para los Municipios cuyo número de electores sea igual o superior a cien mil.
     
    El referéndum lo pueden solicitar solo los ciudadanos que representen cuando menos el dos por ciento de los inscritos en la Lista Nominal y aplica solo sobre la aprobación o rechazo de leyes estatales. Por su parte, la iniciativa ciudadana es un derecho mediante el cual los sinaloenses presentan al Congreso proyectos de creación, modificación, reforma, derogación o abrogación de leyes y decretos.
     
    En síntesis, si los ciudadanos de Culiacán y Ahome decidieran votar por destituir o refrendar a sus alcaldes no tendrían por qué esperar a que se apruebe en México la reforma constitucional que permita la revocación de mandato, ni tampoco a que la comisión de delitos dé pie a juicios políticos en el Congreso. Ahí está la Ley de Participación Ciudadana para quien la quiera estrenar en Sinaloa.
     
    Reverso
    Si tu Alcalde se amarrana,
    Y no hace bien la tarea, 
    Has que enérgica se vea,
    La participación ciudadana.
     
    Más fuego al infierno 
    Escala la violencia en las formas de practicarla cuando a un adulto le prenden fuego en la colonia Santa Teresa, de Mazatlán, y la pira humana calienta los ánimos antes de se enfríe el terror que impone la delincuencia. Progresa el miedo mientras el gobierno se pasma en la misma nulidad de siempre.
     
     

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