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"Visor Social"

"El matrimonio civil igualitario y las pifias del Congreso"

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21/06/2019

    Ambrocio Mojardín Heráldez

    @ambrociomojardi
    amojardin@gmail.com


    Seguramente ya se enteró Usted que las y los diputados de la LXIV Legislatura local negaron el reconocimiento legal a los matrimonios civiles de personas de la diversidad sexual. El hecho es relevante por varias razones, pero lo abordamos aquí básicamente porque representa un acto de discriminación e intolerancia; dos comportamientos que merecen el destierro definitivo de nuestra realidad. Además, porque en términos legales se está atentando contra los derechos fundamentales de un grupo social estigmatizado por la forma en que vive su sexualidad.

    Usted tendrá la mejor opinión, pero a juicio de quien escribe, la decisión del Congreso es ilegal, va contra toda ética institucional y es políticamente errónea.

    Es ilegal porque va contra los derechos individuales consagrados en la Constitución. Así lo demuestran varios acuerdos y resoluciones que la SCJN ha tenido para varios casos. Aquí los comparto (https://www.scjn.gob.mx/derechos-humanos/derechos/162/resoluciones-relevantes-pjf) :
    El primero, emitido el 19 de junio del 2015 (1a./J. 43/2015) sobre el significado de matrimonio, establece que …La ley de cualquier entidad federativa que, por un lado, considere que la finalidad de aquél es la procreación y/o que lo defina como el que se celebra entre un hombre y una mujer, es inconstitucional.
    El segundo, del 26 de enero del 2016 (AI 28/2015), resuelve que …el Pleno de la Suprema Corte resolvió por unanimidad que las normas del Código Civil de Jalisco, que establecen que el matrimonio es la unión exclusiva entre un hombre y una mujer son inconstitucionales.
    El tercero, del 18 de marzo del 2015 (AR 704/2014), indica …La Primera Sala de la Suprema Corte declara inconstitucional el artículo 147 de la Constitución del Estado de Colima por violar el derecho a la igualdad y a la no discriminación al establecer que sólo las parejas de diferente sexo pueden contraer matrimonio y que las parejas del mismo sexo sólo pueden establecer “enlaces conyugales”.
    El cuarto, del 24 de abril del 2014 (AR 152/2013), dice …La Primera Sala de la Suprema Corte determinó que la restricción que excluye a las parejas del mismo sexo de la posibilidad de contraer matrimonio, así como el considerar que su finalidad es la de perpetuar la especie son porciones inconstitucionales por contravenir el derecho a la igualdad, a la no discriminación y a formar una familia.
    El quinto, del 16 de agosto del 2010 (AI 2/2010), dice que …El Pleno de la Suprema Corte resolvió que son constitucionales las reformas a los Artículos 146 y 319 del Código Civil del Distrito Federal en las que se reconoce el matrimonio igualitario y su derecho a adoptar.
    El acuerdo va contra la ética del poder legislativo porque las diputadas y los diputados no están atendiendo su responsabilidad conforme lo dictan sus normas. Quizá han olvidado que son representantes populares y que recibieron el encargo para definir el marco jurídico que asegure bienestar, justicia y progreso para todas y todos los sinaloenses, sin distingo. Más allá de lo que ellos compartan, entiendan, les interese, les guste, o les convenga.

    Por ley y por principios institucionales, su actuar tiene que ir en beneficio de la colectividad y en cada una de sus acciones debe reflejarse eso. No se conoce que partido alguno de los que ellos representan declare la discriminación, la injusticia, la ilegalidad, o la intolerancia entre sus comportamientos o fines. Así que hasta contra la ética de sus partidos actuaron. 

    Es un acuerdo con sentido político equivocado porque dieron muestras de valores que la población ya no acepta en el ejercicio de la política (por ejemplo insensibilidad, propensión al utilitarismo y a la mentira). Si acordaron en esa dirección por cálculo político, puede que hayan partido de numerales equivocados. 

    Varios sondeos inéditos y algunos resultados de encuestas en las redes sociales indican que la opinión mayoritaria se inclina por la aceptación o, en el peor de los casos, por la indiferencia hacia los matrimonios diversos. Las y los adolescentes, al igual que los adultos jóvenes, ven el tema más sencillo que lo que se dice; para ellos, esto ni a debate debería ponerse; “que cada quien se case con quien quiera, es su vida”. 

    En fin, más allá de esta realidad y sus implicaciones para la política (sobre todo de quienes aspiran a seguir en ella), las y los diputados parece que entraron en una burbuja que les hizo “olvidar” el contexto y no ser conscientes de que su negativa va a durar poco tiempo. Las resoluciones de la SCJN ya se asumieron en 18 estados y todos ellos están armonizando sus leyes para reconocer y atender los matrimonios igualitarios. 

    Todo indica que no tienen claro, o traen intereses superiores para permitirse una decisión que manda un pésimo mensaje de discriminación e intolerancia. Las personas de la diversidad sexual, antes que personas “distinguibles” por la forma en que prefieren expresar y vivir su amor carnal, son seres humanos como cualquiera, con familia de origen, con sentimientos, con planes de vida, con habilidades y aptitudes, con potencial para ser productivos, como cualquiera. ¿Donde está la razón para negarles que ejerzan su derecho a amar, o a establecer acuerdos de convivencia con quien quieran? ¿En que se justifica la intención de excluirlos o maltratarlos? 

    Con toda honestidad, no hay justificación. Decisiones como estas solo pueden darse desde la inconciencia, o la existencia de intereses malsanos inaceptables para una especie que se precia de estar a punto de conquistar otras galaxias. ¿O usted qué opina?

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