"Aprueban dictamen de Ley de Archivos"

"El dictamen fue aprobado por la Comisión de Puntos Constitucionales y Gobernación, ahora falta su discusión y votación ante el Pleno del Congreso"

Por el resguardo de la memoria institucional de la entidad, la Comisión de Puntos Constitucionales y Gobernación aprobó un dictamen que expide la Ley de Archivos para el Estado de Sinaloa, el cual pasará a discusión y votación del resto de las y los diputados de la LXIII Legislatura.

El dictamen elaborado en la comisión presidida por Horacio Lora Oliva, es resultado de foros abiertos, por lo que destacó que esta ley es muy completa y moderna, que cumple con la norma general de archivos.

Con ella se busca que el Estado pueda garantizar la organización, conservación y preservación de los archivos con el objeto de respetar el derecho de acceso a la información contenida en los archivos.

Horacio Lora Oliva, Ana Cecilia Moreno Romero, María Victoria Sánchez Peña y Flora Isela Miranda Leal, presidente, secretaria y vocales, respectivamente, de la comisión aprobaron el dictamen.

De aprobarse por el Pleno, la Ley tendrá por objeto establecer los principios y bases generales para la organización y conservación, administración y preservación homogénea de los archivos en posesión de cualquier autoridad, entidad, municipios, órgano y organismo de los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como de cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad del Estado y los Municipios.

A la Comisión de Puntos Constitucionales y Gobernación, le fueron turnadas para su estudio y elaboración de dictamen correspondiente tres iniciativas que proponen expedir una Ley en materia de Archivos.

Una iniciativa fue presentada por la ciudadana Emma Karina Millán Bueno, la segunda, por el ciudadano Juan Pablo Yamuni Robles y la tercera por diputadas y diputados integrantes del grupo parlamentario de Morena, que coordina Graciela Domínguez Nava.

Se presentará al Pleno un dictamen proponiendo Ley estructurada en tres libros, siete títulos, veintiocho capítulos, 110 artículos de contenido y 11 artículos transitorios.

Objetivos la Ley de Archivos

I. Promover el uso de métodos y técnicas archivísticas encaminadas al desarrollo de sistemas de archivos que garanticen la organización, conservación, disponibilidad, integridad y localización expedita, de los documentos de archivo que poseen los sujetos obligados, contribuyendo a la eficiencia y eficacia de la administración pública, la correcta gestión gubernamental y el avance institucional.

II. Regular la organización y funcionamiento del sistema institucional de archivos de los sujetos obligados, a fin de que éstos se actualicen y permitan la publicación en medios electrónicos de la información relativa a sus indicadores de gestión y al ejercicio de los recursos públicos, así como de aquella que por su contenido sea de interés público.

III. Promover el uso y difusión de los archivos producidos por los sujetos obligados, para favorecer la toma de decisiones, la investigación y el resguardo de la memoria institucional del Estado de Sinaloa.

IV. Promover el uso y aprovechamiento de tecnologías de la información para mejorar la administración de los archivos por los sujetos obligados

V. Sentar las bases para el desarrollo y la implementación de un sistema integral de gestión de documentos electrónicos encaminado al establecimiento de gobiernos digitales y abiertos en el ámbito estatal y municipal que beneficien con sus servicios a la ciudadanía.

VI. Establecer mecanismos que permitan a las autoridades estatales y municipales del Estado de Sinaloa, la colaboración en materia de archivos entre ellas y con autoridades federales.

VII. Promover la cultura de la calidad en los archivos mediante la adopción de buenas prácticas nacionales e internacionales.

VIII. Contribuir al ejercicio del derecho a la verdad y a la memoria, de conformidad con la Ley General de Archivos, esta Ley y demás disposiciones aplicables.

IX. Promover la organización, conservación, difusión y divulgación del patrimonio documental del Estado.

X. Fomentar la cultura archivística y el acceso a los archivos.

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