"Con consulta se hace justicia a pueblos indígenas: Graciela Domínguez"

"En Sinaloa hay identificadas 245 localidades con población mayoritariamente indígena en 10 de municipios sinaloenses"

Con la segunda consulta a las y los indígenas sinaloenses, la 63 Legislatura ratifica su vocación de hacer justicia a los pueblos originarios de México, respetar, fortalecer y ampliar sus derechos fundamentales, señaló la presidenta de la Junta de Coordinación Política, Graciela Domínguez Nava.

Al poner en marcha el Foro Estatal de la etapa informativa de la Consulta Indígena Electoral, la diputada Graciela Domínguez resaltó que este evento permite una convivencia bajo un Estado Democrático de Derecho como se ubica la Constitución Política de México.

El 28 de noviembre de 2018, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación advirtió que el Congreso del Estado no había dictado la ley que permita el ejercicio del derecho de representación indígena en los Ayuntamientos, como lo ordena la Constitución Federal.

Ante ello, el pasado 19 de diciembre el Congreso del Estado aprobó por unanimidad el Acuerdo de la Junta de Coordinación Política que contiene las bases para la realización de la consulta sobre la representación indígena ante los Ayuntamientos del Estado de Sinaloa.

Domínguez Nava aseguró que ese mandato del 2018 se fortaleció con la reforma, del 6 de junio de 2019, a la fracción VII, del Apartado A, del artículo 2 de la Constitución Federal.

Ahora, precisó, se establece de manera clara el derecho de los pueblos y las comunidades indígenas a elegir, en los municipios con población indígena, representantes ante los ayuntamientos, observando el principio de paridad de género conforme a las normas aplicables.

Esta Consulta Indígena Electoral, empezando por este Foro –precisó--, tiene ante sí el arduo pero agradable reto de incorporar en la legislación sinaloense el derecho a la representación indígena ante los ayuntamientos del estado colocándola en armonía con la Constitucionalidad Federal.

Reconoció que a la fecha la representación indígena ha estado escindida en dos sistemas electorales: el del sistema normativo interno, más conocido como de usos y costumbres, y el de partidos políticos.

"La autodeterminación de las comunidades indígenas para elegir a sus autoridades conforme a sus sistemas normativos, entre otros derechos, es reconocido en la Constitución Federal mexicana hasta la reforma del 14 de agosto de 2001".

En el caso de Sinaloa, señaló que el Catálogo Oficial de Pueblos y Comunidades Indígenas identifica 245 localidades con población mayoritariamente indígena en 10 de municipios sinaloenses:

El Fuerte con 68; Choix con 51; Ahome con 51; Sinaloa con 38; Guasave con 18; Angostura con 9; Elota con 6; Escuinapa con 2, y Cosalá y Navolato con una por municipio.

Datos del INEGI, añadió, revelan que la población indígena de Sinaloa asciende a 77 mil 61 personas, sin considerar la auto adscripción, lo que equivale a cerca del 3 por ciento de la población total del estado.

 

Periodismo ético, profesional y útil para ti.

Suscríbete y ayudanos a seguir
formando ciudadanos.


Suscríbete
Regístrate para leer nuestro artículo
Esto nos ayuda a identificarte mejor al poder ofrecerte información y servicios justo a tus necesidades al recibir ayuda de nuestros anunciantes.


¡Regístrate gratis!