"Diputado presenta iniciativa para despenalizar en el aborto en Sinaloa"

"Pedro Villegas Lobo busca que las mujeres puedan interrumpir un embarazo no deseado antes de las primeras 12 semanas"

CULIACÁN._ Legislar sobre imposiciones morales y religiosas para legalizar la interrupción del embarazo, solicitó el diputado de Morena, Pedro Villegas Lobo, al presentar una iniciativa al respecto.

“Actualmente en Sinaloa sufrimos con cifras alarmantes de aborto clandestino, tan solo en nuestro Estado, se tiene cerca de mil 500 abortos inducidos al año, según el presidente del Colegio de Médico el Doctor Elías Ortiz Salazar, y estas que son las cifras solamente registradas, quien además señala que el aborto inducido ocupa la cuarta causa de muerte materna”, expuso Villegas Lobo.

De acuerdo con el diputado, la falta de legislación en la materia abona a que haya discriminación sobre el derecho de la mujer a decidir sobre su propio cuerpo de forma libre y autónoma, por lo que está impulsando el tema en el Congreso de Sinaloa.

“Sin duda se deben de respetar los derechos de las mujeres tomando en cuenta que la interrupción ilegal del embarazo es una realidad que causa la muerte a mujeres de escasos recursos, mientras que es practicado libremente por mujeres que tienen la solvencia económica y con mayores posibilidades de trasladarse a los estados donde si es legal y de menor riesgo como lo es en la Ciudad de México y Oaxaca”, detalló.

Como ejemplo el legislador mencionó a la Ciudad de México y Oaxaca que permiten que las mujeres interrumpan su embarazo antes de las primeras 12 semanas, adjudicando que es un tema de salud pública y a que es una de las principales causas de muerte obstétrica en México, la tercera, expresando que es una necesidad y no una inquietud.

“Tenemos que trabajar por ser verdaderamente laico, democrático y garante de los derechos humanos, establecer los derechos de las mujeres así como también una oportunidad para que las mujeres que no desean ser madres puedan acceder a procedimientos seguros sin ser criminalizadas, lo cual es una clara afrenta al espíritu de protección de la igualdad entre generos establecido en nuestra carta magna y en instrumentos internacionales como la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer”, reiteró.

Villegas Lobo propone reformar los siguientes artículos del Código Penal para el estado de Sinaloa que son 154, 155, 156 y 157, mientras que de la Ley de Salud del Estado de Sinaloa el Artículo 77, los cuales de aprobarse en el Pleno quedarían de la siguiente forma.

Artículo Primero: Se reforman los artículos 154, 155, 156 y 157 del Código Penal para el estado de Sinaloa

Artículo 154. Se entiende por delito de aborto, provocar la muerte del producto de la concepción después de las doce semanas de gestación.

Artículo 155. Se impondrán de seis meses a tres años de prisión, a la madre que voluntariamente provoque su aborto o consienta en que otro la haga abortar después de las doce semanas de gestación

Artículo 156. Al que hiciera abortar a una mujer, después de las doce semanas de gestación, se le aplicarán de uno a tres años de prisión, sea cual fuere el medio que empleare, siempre que lo haga con el consentimiento de ella.

Cuando falte el consentimiento, la prisión será de tres a seis años y si mediare violencia física o moral, se impondrán al autor de seis a ocho años de prisión

Artículo 157. Si el aborto lo causa un médico, cirujano, enfermero, comadrón o partera después de las doce semanas de gestación, además de las sanciones que le corresponden conforme el articulo anterior, se le suspende de dos a cinco años en el ejercicio de su profesión.

Aetículo segundo: Se reforma la Fracción I y III del Artículo 77 de la Ley de Salud del Estado de Sinaloa, para quedar de la siguiente forma

Artículo 77. La atención materno infantil tiene carácter prioritario y comprende las siguientes acciones:

I. La atención de la mujer sin importar la raza, condición económica o social durante el embarazo, el parto y el puerperio; y la interrupción legal del embarazo.

II. La atención del niño y la vigilancia de su crecimiento y desarrollo, incluyendo la promoción de la vacunación oportuna

III. La promoción de la integración, reproducción, y el bienestar familiar

IV. La información a la mujer, sobre la infección por el Virus de la Inmunodeficiencia Humana (VIH), haciendo de su conocimiento las ventajas de una detección oportuna

V. La atención médica de las mujeres embarazadas y de los niños que viven con VIH

Esta iniciativa ya fue presentada por el legislador, que busca se dé trámite para llegar al Pleno.

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