"Gobierno de Mazatlán decreta acciones extraordinarias por Covid-19"

"Aprueban en Cabildo el punto de acuerdo que fue presentado por el Alcalde en base a la entrada en vigor de la Fase 3 de Emergencia Sanitaria por SARS-CoV-2"

El Gobierno de Mazatlán emitió un acuerdo en el que se establecen “acciones extraordinarias” para atender la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2 (Covid-19).

El Secretario del Ayuntamiento, José de Jesús Flores Segura, leyó el punto de acuerdo durante el apartado de asuntos generales de la Sección Ordinaria de Cabildo 36, que tiene dos artículos y un transitorio.

En el artículo primero, se establece como acción extraordinaria la obligación de los sectores público, social y privado de acatar las decisiones que tomen los poderes Ejecutivo Federal y del Estado de Sinaloa, en relación con las actividades no esenciales, con la finalidad de mitigar la dispersión y transmisión del virus SARS-CoV2 en la comunidad, para disminuir la carga de enfermedad, sus complicaciones y la muerte por Covid-19 en la población.

El artículo segundo establece como acción extraordinaria la modificación de la integración del Consejo de Salubridad Municipal, integrando como vocales titulares a los representantes de la Secretaría de la Defensa Nacional, de la Secretaría de Marina y de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

En el decreto se establecen las actividades consideradas esenciales: las que son directamente necesarias para atender la emergencia sanitaria; las involucradas en la seguridad pública y la protección ciudadana; la actividad de Cabildo; las de los sectores fundamentales de la economía que son competencia municipal; las relacionadas directamente con la operación de los programas sociales del gobierno, y las necesarias para la conservación, mantenimiento y reparación de la infraestructura que asegura la producción y distribución de agua potable, transporte público, infraestructura hospitalaria y médica, entre otros más.

Según el artículo transitorio, el acuerdo entrará en vigor una vez que se publique en el Diario Oficial del Estado de Sinaloa.

Se establece que en todos los lugares y recintos en los que se realizan las actividades definidas como esenciales, se deberán observar, de manera obligatoria, las siguientes prácticas: no se podrán realizar reuniones o congregaciones de más de 50 personas; las personas deberán lavarse las manos frecuentemente, estornudar o toser aplicando la etiqueta respiratoria, cubriendo nariz y boca con un pañuelo desechable o con el antebrazo; no saludar de beso, de mano o abrazo y todas las demás medidas de sana distancia vigentes, emitidas por la Secretaría de Salud federal.

“Se exhorta a toda la población residente en el territorio mexicano, incluida la que arribe al mismo procedente del extranjero y que no participa en actividades laborales esenciales, a cumplir resguardo domiciliario corresponsable del 30 de marzo al 30 de mayo de 2020. Se entiende como resguardo domiciliario corresponsable a la limitación voluntaria de movilidad, permaneciendo en el domicilio particular o sitio distinto al espacio público, el mayor tiempo posible”, se recalca en el decreto.

Se establece que el resguardo domiciliario corresponsable se aplica de manera estricta a toda persona mayor de 60 años de edad, estado de embarazo o puerperio inmediato, o con diagnóstico de hipertensión arterial, diabetes mellitus, enfermedad cardíaca o pulmonar crónicas, inmunosupresión (adquirida o provocada), insuficiencia renal o hepática, independientemente de si su actividad laboral se considera esencial.

En el acuerdo se señala que, para hacer cumplir el resguardo y las medidas cautelares, se van a instalar puntos de revisión para disminuir el alto flujo vehicular, invitando a los conductores y pasajeros a que, si no es por una actividad esencial su presencia en la calle, retornen a sus casas.

Se cerrarán áreas y vialidades que fomenten el tránsito de personas cuya actividad no sea esencial; se vigilará y asegurará de que comercios no esenciales se mantengan cerrados; además, que las taquerías, marisquerías u otros puestos de comida fijos y semifijos en vía pública y los restaurantes, respeten la disposición de sólo dar servicio a domicilio y recoger, y no se permitirá que motociclistas circulen acompañados.

“Todas las medidas establecidas en el presente Acuerdo deberán aplicarse con estricto respeto a los derechos humanos de todas las personas”, establece el documento.

 

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