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"RESPONSABILIDAD FISCAL"

"Hoy es el último día para declaración anual en SAT y evitar multas por incumplimiento"

"La responsabilidad de la declaración es para las personas físicas, correspondientes al ejercicio 2017"

Este martes es el último día para cumplir con la declaración anual del Impuesto sobre la Renta, de las personas físicas, correspondiente al periodo 2017, informó Lilia Gabriela López Cruz, Administradora de Servicios al Contribuyente en Sinaloa.

“En este año no están obligados a presentar la declaración anual los asalariados que obtengan ingresos por un solo patrón y si desean hacerlo pueden cumplir en cualquier momento del año”, especificó.

La administradora señaló que este año se utiliza por primera vez la información de los comprobantes de nómina para prellenar los ingresos de la declaración anual, por lo que ya se cuenta con una recarga de información sobre ingresos, deducciones, retenciones y toda una propuesta.

“Es muy rápido y sencillo, el contribuyente solo ingresa, revisa sus datos, acepta y envía, solo se necesita la contraseña, y en saldos a favor únicamente se requiere la firma electrónica o la e.firma si revisa los 50 mil pesos o mayor a 10 mil si cambia la cuenta bancaria registrada”, explicó.

 

 

¿Qué pasa si no se cumple con la declaración anual?

Si no se cumple con la declaración anual en el tiempo correspondiente, la autoridad fiscal puede interponer una multa, luego que se revisa que no se cumplió en tiempo con el ejercicio se genera un requerimiento.

Lilia López dijo que cuando llega un requerimiento por no presentarse la declaración cuando se tenía que hacer (15 mayo) se puede aplicar una sanción que va desde los 1740 hasta los 34 mil pesos, por lo que sí es importante que se considere el cumplimiento.

“Cumplir con las obligaciones que tenemos como contribuyentes es importante, para evitar ser sancionados, un buen historial en este caso de contribuyente facilita otro tipo de movimientos, como a aquellas personas que contratan con el Gobierno, ya que estar al corriente con las obligaciones favorece el acceso a licitaciones y demás, pues se verifica esta parte”, advirtió.

Especificó que en el caso de las personas que contratan a un contador para llevar su obligación, pueden verificar en la página, solo se requiere de la contraseña, en el apartado de opinión de cumplimiento, ya que ahí se indica si se está pendiente la declaración o ya se realizó.

 

 

Puntos importantes que debes saber

- Las personas físicas deben presentar declaración anual.

- No están obligados a presentar la declaración quienes perciben ingresos por salario, sin importar el monto, o salarios por intereses hasta por 20 mil pesos.

- Para presentar la declaración solo se necesita la contraseña.

- La e.firma solo se necesita para saldos a favor mayores a 50 mil pesos o mayores a 10 mil cuando se modifica la cuenta Clabe.

- Las deducciones personales y el estímulo, que pueden llevar a obtener un saldo a favor, ya están prellenados en la declaración y corresponden a los gastos hechos, siempre y cuando se haya pedido factura y se haya pagado por un medio electrónico.

- Luego de presentarse la declaración, si existe saldo a favor, la devolución se presentará en un breve lapso, en la cuenta Clabe personal del contribuyente.

 

 

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