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"La SCJN ordena a jueces de todo el país amparar a los ciudadanos por el uso lúdico de mariguana"

"La medida entrará en vigor desde el lunes 25 de febrero. Mientras desde el pasado 13 de febrero, comenzó a correr el periodo para que el Congreso de la Unión legisle sobre el tema."

Las tesis que esgrime la Suprema Corte de Justicia para amparar el uso lúdico de la mariguana en todo el país son las siguientes: la prohibición absoluta no es una medida proporcional para proteger la salud y el orden público; prohibición absoluta de la mariguana con fines constitucionalmente válidos; inconstitucionalidad de la prohibición absoluta; derechos de terceros y orden público; derecho a la protección de la salud y derecho al libre desarrollo de la personalidad en diferentes temas.

Ciudad de México, de febrero, (SinEmbargo).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) informó que a partir de este lunes, los jueces del país estarán obligados a otorgar amparos a ciudadanos para el uso lúdico de la mariguana. La decisión se tomó luego de la publicación de ocho tesis de jurisprudencia en el Seminario Judicial de la Federación. Estas fueron la base para el otorgamiento de cinco amparos que derivaron en permisos para la portación, posesión y consumo personal de la hierba.

La corte determinó que la prohibición del consumo de cannabis impedía “el derecho al libre desarrollo de la personalidad, en comparación con el grado mínimo de protección al salud y al orden público que alcanza dicha medida”.

La Primera Sala determinó que “existen medios alternativos a la prohibición absoluta del consumo lúdico de marihuana que son igualmente idóneos para proteger la salud y el orden público, pero que afectan en menor grado el derecho fundamental en cuestión”.

Las tesis son: La prohibición absoluta no es una medida proporcional para proteger la salud y el orden público; prohibición absoluta de la mariguana con fines constitucionalmente válidos; inconstitucionalidad de la prohibición absoluta; derechos de terceros y orden público; derecho a la protección de la salud; y derecho al libre desarrollo de la personalidad en diferentes temas.

Así, quienes deseen tramitar un amparo para el consumo lúdico de la mariguana, apuntó la corte, deberán apelar al “derecho al libre desarrollo de la personalidad”.

A la fecha, suman cinco amparos promovidos en la corte para el consumo lúdico de canabais. La primera sentencia favorable fue promovida el 4 de noviembre de 2015 al grupo autodenominado como SMART.

Sin embargo, la corte no se pronunció sobre la producción o venta de la hierba.

La medida entrará en vigor desde el lunes 25 de febrero. Mientras desde el pasado 13 de febrero, comenzó a correr el periodo para que el Congreso de la Unión legisle sobre el tema.

Tanto en la Cámara de Diputados como en la de Senadores existen por lo menos tres iniciativas para regular el consumo de la mariguana. Entre ellas se encuentran las impulsadas por la coordinadora del Partido de la Revolución Democrática (PRD), Verónica Juárez; la de la ahora Secretaria de Gobernación, y entonces Senadora, Olga Sánchez Cordero; y de la diputada Martha Tagle, de Movimiento Ciudadano.

Por ejemplo, la propuesta de Sánchez Cordero establecía en el Artículo 12, del Capítulo I, que “queda permitido sembrar, cultivar, cosechar, aprovechar, preparar y transformar hasta veinte plantas de Cannabis en floración destinadas para consumo personal en propiedad privada”.

Las personas podrán cultivar hasta 480 gramos por año para consumo personal y se tendrá que registrar las plantas ante el Instituto Mexicano de Regulación y Control de la Cannabis, en el padrón anónimo.

En tanto las personas que por su condición de salud necesiten sembrar más de 20 plantas también tendrán la posibilidad de pedir un permiso ampliado.

La legislación también propone las Cooperativas de Producción, que pueden ser constituidas por dos y hasta 150 socios que podrán producir mariguana únicamente para consumo de los socios y podrán producir hasta 480 gramos al año por cada uno de sus miembros.

LAS EMPRESAS QUE VENDEN MARIGUANA

El pasado 21 de noviembre, la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) liberó un paquete de 38 productos con cannabis. Se trata de la primera liberación de productos con mariguana en México.

El titular de la Cofepris aseguró que los productos serán comercializados, exportados o importados por siete empresas nacionales y extranjeras.

Las compañías autorizadas son CBD Life, CBD Science, Endo Natural Labs y Farmacias Magistrales, de capital mexicano. Med Mex y Aceites Orgánicos de América, de capital estadunidense, y Finat México de España.

Los productos contienen derivados de cannabis en concentraciones de hasta el 1 por ciento o menos de THC (componente psicotrópico de la cannabis).

 

Especialistas, académicos y políticos han realizado una serie de llamados para que México abandone la política de prohibición de consumo de mariguana y de pasos hacia el consumo y producción legal de la hierba.

Por ejemplo, en octubre pasado, durante el proceso de transición, la ahora Secretaria de Gobernación, Olga Sánchez Cordero, dijo que el Gobierno de López Obrador impulsará una política de drogas para que el uso medicinal y recreativo de la mariguana sea legal.

“Nosotros estamos pensando en mariguana para usos medicinales y recreativos y penalizarla fuertemente en la venta a menores de edad y también estamos pensando en programas de rehabilitación de adictos, simultáneamente. Este es un problema de salud pública, no es un problema de prohibicionismo, es un problema de salud pública que hay que atender debidamente”, subrayó.

En México han muerto cerca de 200 mil personas a causa de esta guerra, y unos 30 mil son contabilizados oficialmente como “desaparecidos”. Pero no sólo los homicidios dolosos: también los robos, el secuestro, la extorsión y los feminicidios se han disparado en estos años, los más terribles para la seguridad de los mexicanos.

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