"Provocan amparos fugas en penales: CESP"

"Los amparos a reos de índole federal generan que se queden en penales de baja seguridad y esto alienta las evasiones, advierte Ricardo Jenny del Rincón, coordinador del Consejo Estatal de Seguridad Pública"

Los amparos que se están otorgando a reos del fuero federal para que permanezcan en un penal estatal, estaría promoviendo que se den la fugas, señaló el coordinador ciudadano del Consejo Estatal de Seguridad Pública, Ricardo Jenny del Rincón.

"Si bien los jueces y magistrados federales conceden estos amparos en apego a los derechos de los internos y de sus familiares, pues también no debemos de permitir que este tipo de respeto a sus derechos, dé origen o permita que se presten o se den este tipo de situaciones como las fugas que se están dando", subrayó.

"Si bien este amparo es legal, pues también facilita este tipo de fugas", reiteró.

De acuerdo con el Artículo 18 Constitucional, quien deba cumplir una pena encarcelado tiene derecho a purgarla en el centro de reinserción social más cercana a su domicilio.

“El sistema penitenciario se organizará sobre la base del respeto a los derechos humanos, del trabajo, la capacitación para el mismo, la educación, la salud y el deporte como medios para lograr la reinserción del sentenciado a la sociedad y procurar que no vuelva a delinquir, observando los beneficios que para él prevé la ley”, dicta el artículo.

También establece que la Federación y el Estado puede celebrar convenios para que los reos del fuero federal purguen su condena en cárceles del Estado, a cambio que la Federación aporte para la manutención del recluso. Este recurso no engloba que se invierta en seguridad en las instalaciones del penal.

En la fuga de marzo del 2017 y de julio del 2018, la autoridad estatal dio a conocer que los reos evadidos eran del fuero federal amparados para permanecer en el penal de Aguaruto, que no reúne las condiciones adecuadas de seguridad para albergarlos.

Ricardo Jenny del Rincón, señaló que debe de valorarse el otorgar esos amparos para los reos federales.

"Es una balanza que las autoridades tienen que sopesar, si bien por respetar los derechos humanos y de sus familias, se van a estar dando este tipo de fugas, entonces creo que es más importante que los jueces y magistrados consideren no dar este tipo de amparos, porque ellos estarían promoviendo que se den estas fugas", indicó.

 

Amparos no deben de ser pretexto para fugas: González

Para que el Artículo 18 quede sin efecto, las autoridades deben comprobar que el acusado pertenece a las fuerzas de la delincuencia organizada y detallar el rol que jugaba en la organización, detalló el abogado Óscar Fidel González Mendívil.

Otra excepción es que las autoridades comprueben que el interno requiere de medidas de seguridad adicionales, agregó el litigante.

“Cuando la persona se ampara, es que hubo algo erróneo en el procedimiento, sea de forma o sea de fondo que permite que proceda ese amparo”, detalló.

Otro punto determinante en el otorgamiento de dichos amparos, es que si el acusado no está sentenciado, aún no es culpable de nada, apuntó González Mendívil.

Señaló el litigante, que el nivel de seguridad de los penales no debe ser pretexto para que haya fugas.

“De ninguno te debes de poder fugar, el nivel de seguridad no va en función de lo vulnerable que eres, sino del tipo de personas que están ahí y del tipo de ejecución de la consecuencia jurídica del delito que puede ser”.

“No debe ser pretexto, ninguna de las cuestiones para justificar que se hayan fugado”, subrayó.

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