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"Se manifiesta presidenta de la CNDH frente al Palacio Nacional"

"Además, en el Congreso federal le abren juicio político"

 Rosario Ibarra Piedra, titular de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, participó hoy en una protesta frente a Palacio Nacional, mientras el Presidente Andrés Manuel López Obrador llevaba a cabo su conferencia de prensa matutina.

La presidenta de la CNDH informó que decidió acompañar a los integrantes de la organización Comité ¡Eureka!, fundada por su madre, Rosario Ibarra de Piedra, para pedir que el Mandatario nacional que los reciba en una audiencia.

Entrevistada por reporteros de medios nacionales, Ibarra Piedra aseguró que su presencia en la manifestación es parte de la nueva etapa de la CNDH, en la que se busca acompañar a las víctimas en todo momento.

Asimismo, la titular de la CNDH anunció la creación de una oficina especial para investigar la represión y desapariciones forzadas por violencia política del Estado, que iniciará operaciones el 26 de febrero.

Entre las funciones de la nueva oficina de la CNDH estará el realizar entrevistas a funcionarios y ex funcionarios de todos los niveles de Gobierno -en especial a ex miembros de los aparatos de seguridad del Estado-, que pudieran proporcionar cualquier tipo de información sobre la llamada "Guerra Sucia".

Ésta es la cuarta ocasión que integrantes del Comité ¡Eureka! solicitan una audiencia con el López Obrador, para "exponerle la necesidad de esclarecer todos los delitos de desaparición forzada" perpetrados por diversas fuerzas del Estado en las décadas de los 70, 80 y 90 del Siglo pasado.

ADMITEN JUICIO POLÍTICO CONTRA ELLA

Por otra, se conoció que la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión recibió una demanda de juicio político contra Rosario Piedra Ibarra, al considerar que era inelegible para ocupar el cargo de presidenta de la CNDH.

La demanda de juicio político atribuye a la ombudsperson los delitos de ejercicio ilícito del servicio público, falsedad de declaraciones en informes dados a una autoridad y falsificación de documentos.

Según la denuncia presentada el 27 de enero pasado ante la Secretaría General de la Cámara baja por el ciudadano Alberto Rocha, al momento de ser electa por el Senado, la activista era integrante del Consejo Nacional de Morena, lo que le hacía imposible asumir el cargo.

La denuncia indica que uno de los requisitos para presidir la CNDH es no desempeñar o haber desempeñado cargo alguno de dirección nacional o estatal en algún partido político, en un año previo al nombramiento.

La demanda refiere que en el proceso de selección, Piedra Ibarra presentó ante las comisiones de Derechos Humanos y de Justicia del Senado, un escrito en el que negó pertenecer a algún partido político, cuando en realidad era inelegible para aspirar a tal responsabilidad.

El pasado 9 de enero, el Vigésimo Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito ordenó admitir la demanda de amparo indirecto que la bancada del Partido Acción Nacional (PAN) en el Senado interpuso en contra de la elección de Ibarra Piedra como titular de la CNDH.

El 4 de diciembre, los senadores del grupo parlamentario del PAN presentaron el amparo 1817/2019-II, acusando vicios constitucionales en la designación Piedra Ibarra como ombudsperson para el periodo 2019-2024.

El juez Décimo de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México desechó el recurso al día siguiente, pero los senadores del PAN interpuso una queja y el Vigésimo Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito resolvió que el amparo debía admitirse.

Antes, el 27 de noviembre del 2019, por mayoría de votos, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) desechó los juicios de protección de derechos político electorales del ciudadano, presentados por legisladores del PAN y una senadora del Partido Revolucionario Institucional (PRI), contra el nombramiento de Piedra Ibarra como presidenta de la CNDH.

"Los juicios son improcedentes porque el acto combatido es ajeno al ámbito del derecho electoral, ya que se trata de un acto formal y materialmente de carácter parlamentario", indicó la sentencia del TEPJF.

 

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