"Sentencia a LAPO es un mensaje a los funcionarios públicos: Federación de Abogados"

"Luego de que el ex secretario técnico de la Secretaría de Turismo tendrá que pagar con 13 años con cárcel y reponer $8.6 millones, para Francisco Villarreal Gastélum esta sentencia forma un precedente en Sinaloa"

CULIACÁN._ La sentencia en contra de Luis Ángel Pineda Ochoa sembrará un precedente en Sinaloa, y manda un mensaje a todos los funcionarios y ex funcionarios del Estado, opinó Francisco Villarreal Gastélum.

El presidente de la Federación de Colegios y Asociaciones de Abogados de Sinaloa sostuvo que con la sentencia que dictó la juez que llevó el caso del ex secretario técnico de la Secretaría de Turismo donde se resolvió una sentencia de 13 años y seis meses de prisión, se manda un claro mensaje por parte del Gobernador, así como de lo llamada "cuarta transformación" de lo que le pasará a los funcionarios que incurran en desempeños irregulares en la función pública.

"Es una sanción histórica que se ha dado en cuanto a las administraciones pasadas y es un mensaje muy serio de parte del señor Gobernador en el cual deja entrever que va en serio la adecuación ¿Por qué no decirlo de esa manera? De la Cuarta Transformación, a la transparencia, y que se pongan abusados los funcionarios públicos en vigencia y que los de la administración pasada, la mano dura del señor Gobernador está puesta en acción", explicó.

"Que el Fiscal General de acuerdo a lo que está llevando a cabo, se está aplicando la ley conforme a los elementos de prueba y datos que se están dando según los actos de investigación que está llevando a cabo según el Código Nacional de Procedimientos Penales", agregó.

LAPO también deberá reponer los más de 8.6 millones de pesos por los que fue acusado. Para Villarreal Gastélum la sentencia le pareció excesiva, dado que de acuerdo al artículo 300 del Código Penal del Estado de Sinaloa, la sanción máxima para los funcionarios que incurran en un desempeño irregular de la función pública son 9 años, y no 13, como es el caso del ex secretario técnico de la Secretaría de Turismo.

"Es algo excesivo de acuerdo al artículo 300 del código penal, en el cual se establece una penalidad hasta máximo nueve años, pero resulta que de acuerdo a la juez, ella decidió que era un delito continuado, ella consideró prudente meter una atenuante más para efecto de dar cabida a una sentencia mayor ", señaló.

"Él como funcionario público tiene conocimiento más arriba del común denominador...este servidor público, con conocimientos empresariales y conocimiento del servidor público, es un experto en ese tipo de rubro, por lo tanto consideró la juez, que con esas atenuantes de causa, que debería incrementarse una sanción mayor que establece el artículo 300 creo, que habla del desempeño irregular de la función pública", añadió.

QUÉ DICE LA LEY

"Cuando el monto del producto del delito o de los daños o perjuicios causados exceda de mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, la sanción será de uno a nueve años de prisión y de ciento ochenta a quinientas veces multa. (Ref. Por Decreto No. 58, publicado en el P.O. No. 158 del 28 de diciembre de 2016)", se lee en el Art. 300, Fracc. 9.

Periodismo ético, profesional y útil para ti.

Suscríbete y ayudanos a seguir
formando ciudadanos.


Suscríbete
Regístrate para leer nuestro artículo
Esto nos ayuda a identificarte mejor al poder ofrecerte información y servicios justo a tus necesidades al recibir ayuda de nuestros anunciantes.


¡Regístrate gratis!