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Transparencia

Multa CEAIP al Partido del Trabajo por opacidad

El Partido del Trabajo sólo subsanó 26 criterios de un total de 548 que le fueron observados, es decir, cumplió en un 4.7% con la información que debe estar publicada en la Plataforma Nacional de Transparencia, advierten comisionados

Por incumplir en la publicación de las Obligaciones de Transparencia como sujeto obligado de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Sinaloa, el Partido del Trabajo recibió una multa de 15 mil 561 pesos por parte de CEAIP.

Lo anterior según el acuerdo 001/2022-PP00300 de la Dirección de Verificación y Seguimiento de CEAIP, abierto con motivo del proceso de Verificación de las Obligaciones de Transparencia 2022, detalló la Comisión en un comunicado.

El acuerdo fue aprobado en el punto 7 de la Sesión ordinaria de Pleno número 28 de este año, por los comisionados, presidente José Luis Moreno López, Liliana Margarita Campuzano Vega y José Alfredo Beltrán Estrada.

La resolución de incumplimiento indica que después de varios requerimientos y una amonestación por parte de CEAIP, que dieron inicio desde octubre de 2022, el PT subsanó solamente 26 criterios de un total de 548 que le fueron observados, es decir, cumplió en un 4.7% con la información que debe estar publicada en la Plataforma Nacional de Transparencia a disposición de la ciudadanía.

Al respecto el Pleno indicó que se está por iniciar el Proceso de Verificación de Obligaciones de Transparencia 2023 y el sujeto obligado que se señala aún tiene pendientes por solventar las observaciones del proceso 2022, por lo que hicieron un llamado a transparentar el ejercicio del recurso público.

La información que forma parte del incumplimiento es, entre otros, la relación de arrendamientos, informes de resultados de auditorías al ejercicio presupuestal, concesiones, contratos, convenios, permisos, licencias o autorizaciones otorgadas, montos relativos a los gastos de comunicación social y publicidad, y currículums de precandidatos y candidatos a cargos de elección popular.

De igual manera se requiere el titular del PT, Leobardo Alcántara Martínez, para que en un plazo de 5 días hábiles otorguen cumplimiento a las observaciones requeridas y en caso de no cumplir, se aplicará una segunda multa de 20 mil 748 pesos.

La medida de apremio deberá ser cubierta por el titular de la Unidad de Transparencia del sujeto obligado señalado.


También fueron resueltos 34 recursos de revisión

En la Sesión Plenaria además se resolvieron 34 recursos de revisión de 12 entidades públicas en los siguientes sentidos:

En 13 casos fue revocada la respuesta y se instruyó responder con la información requerida por el ciudadano; 8 más fueron sobreseídos dado a que en el transcurso del proceso, la institución modificó su actuar, entregando los datos solicitados; en 7 recursos se ordena responder respectivas solicitudes de información pública, ya que no fueron atendidas; en 4 medios de impugnación se confirmó la respuesta emitida por la institución pública y en 2 casos se modificó y ordenó complementar información al solicitante por parte de la entidad pública.

De las resoluciones anteriores, el 88 por ciento fueron a favor de entregar información pública a las personas solicitantes.

Y se aprobaron 35 acuerdos sobre resoluciones en recursos de revisión, de estos, 33 de cumplimiento y 2 de incumplimiento, así como otros 2 acuerdos de incumplimiento, pero en procesos de verificación de Obligaciones de Transparencia.

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