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Señala Lenia Batres que SCJN se niega a inscribirla en el ISSSTE y a bajarle el salario

No es jurídicamente posible estimar que las Ministras y los Ministros deben someterse a la Ley del ISSSTE como trabajadores del Poder Judicial de la Federación, señala Recursos Humanos de la SCJN

La Ministra Lenia Batres Guadarrama informó que la Dirección General de Recursos Humanos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación se negó a inscribirla en el ISSSTE y a disminuirle el salario, para ganar menos que el Presidente de México.

A través de un oficio, Pedro Estuardo Rivera Hess, titular de la Dirección General de Recursos Humanos del máximo tribunal constitucional, argumentó que los ministros eran titulares del Poder Judicial de la Federación (PJF), por lo que recibir los beneficios del ISSSTE, duplicarían la prestación que les otorga la Constitución en materia de retiro.

“[...]No es jurídicamente posible estimar que las Ministras y los Ministros deben someterse a la Ley del ISSSTE como trabajadores del Poder Judicial de la Federación, sino en todo caso, en su carácter de patrón equiparado”, indicó Rivera Hess.

“Esto, al ser considerados como titulares del órgano máximo del Poder Judicial de la Federación, por lo que, en su caso, a la postre implicaría un beneficio adicional al que se consagra en el artículo 94 Constitucional, penúltimo párrafo y artículo 163 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación”, agregó el titular de la Dirección General de Recursos Humanos de la SCJN.

El máximo tribunal constitucional detalló que no era posible dar de alta a los ministros ante el ISSSTE, por lo cual se les otorgaba un seguro de vida y otro de gastos médicos. Respecto al salario argumentó que la percepción no solo estaba integrada por el dinero en efectivo, sino que incluía todas las prestaciones que venían con el cargo, como alimentación, transporte, casa, seguridad, servicios de salud, entre otros.

Además, la Dirección General de Recursos Humanos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación afirmó que la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos, no establecía parámetros objetivos para fijar los salarios de cada funcionario.

La SCJN declaró, en su momento, la invalidez de diversos artículos de la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos, ya que señaló que el Poder Legislativo no estableció parámetros objetivos para fijar remuneraciones que garantizaran las características que exigía dicho numeral constitucional, empezando por la del presidente de la República.

Lo que influía en todo el sistema de remuneraciones, porque la remuneración del titular del Poder Ejecutivo Federal era el referente máximo para la determinación del resto de salarios del servicio público, permitiendo con ello una discrecionalidad con potencial de afectación a la eficacia y calidad de la función pública.

No obstante, la Dirección General de Recursos Humanos del máximo tribunal constitucional sí aceptó la petición de Batres Guadarrama, de no recibir el Seguro de Separación Individualizada y le garantizó que tendría todas las condiciones materiales para realizar su trabajo. Por su parte, la ministra anunció que ella misma buscaría inscribirse de forma voluntaria en el ISSSTE y que regresaría el dinero “excedente” de su salario, a la Tesorería de la Federación (TESOFE).

“La SCJN se niega a inscribirme al ISSSTE. También dice que la remuneración incluye las prestaciones de la persona servidora pública y que ‘declaró en su momento, la invalidez de diversos artículos de la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos (publicada en el Diario Oficial de la Federación el 5 de noviembre de 2018)’, pues “el Poder Legislativo no estableció parámetros objetivos para fijar remuneraciones...”, escribió Batres Guadarrama, en su cuenta de la red social X.

“Lo que no señala el oficio es que hay una nueva Ley de Remuneraciones vigente, de 2021, que establece estos parámetros. Véasele por donde se le vea, no hay justificación para rebasar el monto constitucional. Por eso, he tramitado mi incorporación voluntaria al ISSSTE y la devolución directa del excedente de las remuneraciones en la Tesorería de la Federación”, insistió la ministra en la red social, antes llamada Twitter.

“En congruencia con lo que he expresado en múltiples ocasiones, solicité formalmente a la

@SCJN que mi remuneración como ministra no exceda lo que determina la Constitución, y que se me inscriba al ISSSTE, no a alguno de sus seguros privados”, había anunciado Batres Guadarrama, en la misma red social, el 6 de enero de 2024.

A través de un oficio dirigido a Norma Lucía Piña Hernández, ministra presidenta de la SCJN, con fecha del 29 de diciembre de 2023, Batres Guadarrama pidió que se le aplicara la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos, así como la Ley Federal de Austeridad Republicana.

“En congruencia con lo que he expresado en múltiples ocasiones, solicité formalmente a la SCJN que mi remuneración como ministra no exceda lo que determina la Constitución, y se me inscriba al ISSSTE, no a alguno de sus seguros privados”, publicó la ministra.

En su cuenta de la red social X difundió una imagen del oficio entregado a la Dirección General de Recursos Humanos de la SCJN, en el que además de sólo pedir las prestaciones que conforme a derecho le correspondían, dejó de lado el seguro de separación individualizado y las cajas de ahorro especiales.

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