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"casino"

"Funciona el casino Ilegalmente, dicen"

"Asegura Diputado Federal que no existe permiso expedido por la SEGOB, y la empresa no existe."
08/11/2015 10:00

    GUAMÚCHIL.-El casino no tiene permiso otorgado por la Segob, y la empresa Entretenimientos Palermo, no existe, por tal razón el casino en esta ciudad está operando ilegalmente, aseguró Adolfo Rojo Montoya.
    El Diputado Federal dijo que solicitó información a la Secretaría de Gobernación a petición de un grupo de vecinos de esta cuidad, que están en contra de la instalación de la casa de juegos.
    En respuesta la Segob afirmó que la Empresa denominada Entretenimientos Palermo S.A. de C.V., no existe y que el casino no tiene permiso alguno para funcionar en el domicilio Bulevar Antonio Rosales, número 334 oriente de esta cuidad, informó Adolfo Rojo Montoya.
    El documento, que obra en esta redacción bajo número de folio 10336, viene firmado por María Guadalupe López Mares, Directora General Adjunta de Juegos y Sorteos de la Secretaría de Gobernación, donde indica que:
    Primero: No existe permisionarias con esa razón social.
    Segundo No existen operadores con esa Razón social.
    Tercero: No se tiene registro alguno de establecimientos autorizados, cuyo nombre comercial o denominación sea "Entretenimiento Palermo, S.A de C.V".
    Cuarto: No existe establecimiento autorizado en el domicilio ubicado en: Bulevar Antonio Rosales número 334 oriente de la ciudad de Guamúchil, Salvador Alvarado, Sinaloa.
    "Es importante darles a conocer la respuesta que nos dio la Directora de Juegos y Sorteos", indicó.
    El Diputado Federal dijo que además de que el casino está operando de manera ilegal, hizo mención de los artículos 3, 4, 12, fracción IV y 13 de la Ley Federal de Juegos y Sorteos.
    Agregó que en el artículo 12, dice, Se impondrá una prisión de tres meses a tres años y una multa de quinientos a diez mil pesos y destitución de empleo en su caso: Fracción IV, A los funcionarios o empleados públicos que autoricen juegos prohibidos, los protejan, o asistan a locales en donde se celebre, siempre que en este último caso no lo haga en cumplimiento de sus obligaciones.
    En el artículo 13, indica, que se aplicará prisión de un mes a dos años y multa de cien a cinco mil pesos: Fracción I. A los que alquilen a sabiendas un local para juegos prohibidos, o con apuestas, o para efectuar sorteos con permiso de la Secretaría de Gobernación, Fracción II, a los jugadores y espectadores que asistan a un local donde se juegue en forma ilícita. 


    DAN RESPUESTA

    Primero: No existe permisionarias con esa razón social.
    Segundo No existen operadores con esa Razón social.
    Tercero: No se tiene registro alguno de establecimientos autorizados, cuyo nombre comercial o denominación sea "Entretenimiento Palermo, S.A de C.V".
    Cuarto: No existe establecimiento autorizado en el domicilio ubicado en: Bulevar Antonio Rosales número 334 oriente de la ciudad de Guamúchil, Salvador Alvarado, Sinaloa.