"Obligatorio mover menores de edad en vehículos con sillas de seguridad"

"Sale más caro la pérdida de la vida de un infante o un día de hospital, que comprar una silla, dice diputado"
10/11/2015 06:18

    CULIACÁN.- Con la finalidad de proteger a los infantes menores de 12 años de edad que se mueven en vehículos, diputados aprobaron reformas a la Ley de Tránsito y Transportes del Estado de Sinaloa.

    Con estas reformas, los vehículos deberán estar previstos de cinturores de seguridad en todos sus asientos y de los aditamentos especiales para la movilización de los menores.

    En esta iniciativa presentada por el panista Francisco Salvador López Brito, se explica que según su fisionomía, los infantes deberán viajar asegurados con sistemas de protección adicionales a los del vehículo automotriz.

    Queda prohibido circular con menores de 12 años de edad, situados en los asientos delanteros del vehículo, salvo que se utilicen dispositivos homologados al efecto.

    Cuando la estatura del infante sea igual o superior a los 145 centímetros, los menores de 12 años podrán utilizar como tal dispositivo el propio cinturón de seguridad para adultos de que están dotados los asientos delanteros.

    López Brito, dijo que para la aplicación de esta ley, deberán pasar 6 meses, lapso que se utilizará para la socialización de la misma.

    Indicó que las sanciones para los automovilistas que no acaten estas reformas, serán establecidas en el reglamento respectivo.

    En el dictamen se detalla que en México entre 4 y 5 niños mueren a causa de accidentes automovilísticos teniendo todos un común denominador: ninguno tenía puesto el cinturón de seguridad y tampoco viajaban en silla especial para infantes.

    Añadió que hay sillas que no son muy costosas.

    "Sale más caro un día de hospital en terapia intensiva o una lamentable pérdida...".

    Si el acompañante del automovilista es un infante deberá hacerlo de la siguiente manera:

    1.- Los infantes con un peso hasta de 10 kilos, deberán ir en silla de seguridad, colocada en la parte posterior mirando hacia atrás.

    2.- Los infantes con un peso de 10 hasta 16 kilos, deberán ir en el asiento trasero con silla de seguridad mirando hacia adelante.

    3.- Los infantes con un peso de más de 16 kilos, con estatura menor a 145 centímetros, deberán viajar en el asiento trasero, colocados en asientos elevados y sujetados con el cinturón de seguridad.