"'Renuncia a SEPyC no lo exenta de castigo': Sergio Sandoval Matsumoto"

"Hay un catálogo de sanciones para aplicárseles a Castro López aunque ya no esté en el cargo"
08/11/2015 09:31

    CULIACÁN._ Sergio Sandoval Matsumoto, presidente del Tribunal Estatal Electoral, es claro: la renuncia de Florentino Castro López a la SEPyC no lo exenta de responsabilidad.
    El ahora coordinador de precampaña del priista Jesús Vizcarra violó una norma constitucional: el principio de neutralidad a que deben sujetarse todos los servidores públicos.
    Ello al atacar a los partidos de oposición, en el acto público del 5 de febrero, donde se refirió a la posible alianza entre éstos como "promiscuidad política", "matrimonio por conveniencia", "unión del agua y aceite", entre otros calificativos.
    "Por lo tanto", explica el presidente del TEE, "(la sanción) debería sujetársele al propio Florentino Castro y ya no al PRI a una sanción, en este caso le corresponderá imponerla al jefe del ese entonces Secretario de Educación, que viene siendo el Gobernador del Estado".
    Para ello, dijo, ayer se le "dio vista" al Gobernador, haciéndole saber que se cometió una infracción.
    "Y a su vez le estamos pidiendo que en los 5 días posteriores a la fecha en la que se notifique esta sentencia (ayer), informe a este Tribunal sobre los términos en que está cumpliendo con ese mandamiento".
    Fue el PRD el que impugnó la resolución del CEE, a partir de quejas presentadas por éste y el PAN.
    El órgano electoral determinó sancionar al PRI por la conducta de su militante, por hacer declaraciones de connotación político-partidista al margen de la ley, pero el TEE pide ahora se castigue directamente a éste.

    -¿La diferencia en las resoluciones es que el TEE determina ahora que hay una responsabilidad directa del funcionario?
    -Es correcto, es correcto, independientemente de la responsabilidad del partido, del PRI, ahora hay una responsabilidad directa del servidor público.

    -¿A qué tipo de multa se hará acreedor Florentino Castro?
    -La Ley de Servidores Públicos tiene un catálogo de sanciones que van de la amonestación privada, la amonestación pública, la suspensión del cargo, la separación del cargo, la inhabilitación para el desempeño de cargos públicos, y la sanción pecuniaria.

    -¿Esto ya depende del ámbito del Ejecutivo estatal?
    -Sí, le decimos al Ejecutivo "hay una infracción, sanciónalo, y tu instrúyele el procedimiento que marca la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos".

    -¿Entonces se acreditó plenamente que Florentino Castro violó la ley electoral?
    -El deber de neutralidad que impone el artículo 134 de la Constitución General de la República, y eso a su vez implicó una violación a la Ley Electoral.

    -¿A partir de hoy (ayer se le notificó) el Gobernador tiene de plazo hasta el miércoles para determinar la sanción?
    -Estamos hablando de 5 días, que corren a partir del sábado, el miércoles tendrá que informarnos el Gobernador del Estado en qué términos se está cumpliendo con nuestra sentencia.

    -¿Qué va a pasar si Florentino Castro ya renunció a la SEPyC, para irse a coordinar una campaña política?
    -Eso no lo exenta de responsabilidades, porque puede venir la amonestación pública o privada, no lo puede suspender del cargo, no lo puede destituir del cargo, porque obviamente está separado del cargo, pero sí puede venir una inhabilitación para otros cargos públicos, una sanción económica, hay un catálogo de sanciones, algunas puedan ser que ya no sean aplicables, en función de que el licenciado Castro López ya se separó del cargo, pero hay otras.

    -¿Será el Ejecutivo el que determine qué tipo de sanción se le aplica?
    -La ley electoral es muy clara, que en esos casos se da vista al superior, para que proceda en términos de la legislación aplicable.

    -¿Qué pasaría si el Ejecutivo incumple con este mandato del TEE?
    -Se puede abrir un incidente de inejecución de sentencia y habría que dictar otro tipo de apercibimientos ya más concretos, para que se cumpla con nuestra sentencia, hay un capítulo en la ley electoral y el reglamento sobre la ejecución de las sentencias.

    -No se recuerda alguna resolución similar...
    -No, es el primer caso que tenemos de una aplicación directa de una disposición de la Constitución General de la República, es inédito, efectivamente.


    PRIMERA... Y TAMBIÉN INÉDITA

    Esta es la primera resolución que emite el TEE en el actual proceso electoral, la cual es, además, inédita. Se tomó por unanimidad de los magistrados. 


    "Eso no lo exenta de responsabilidades, porque puede venir la amonestación pública o privada, no lo puede suspender del cargo, no lo puede destituir del cargo, porque obviamente está separado del cargo, pero sí puede venir una inhabilitación para otros cargos públicos, una sanción económica".
    Sergio Sandoval Matsumoto
    Presidente del Tribunal Estatal Electoral