Por regla general, el juicio de amparo es improcedente contra actos de particulares, como por ejemplo las asambleas de condóminos, y sólo procede el amparo contra actos de autoridades.
A pesar de lo anterior, en la actual Ley de Amparo se contienen casos de excepción en los que un particular puede actuar como autoridad para que en contra de sus actos proceda el amparo, eso sí, son casos muy excepcionales.
Recientemente salió publicada una jurisprudencia en la que los tribunales federales consideran que el juicio de amparo sí procede en contra de acuerdos de la asamblea de condóminos.
El caso que dio origen a la jurisprudencia tiene que ver con unos departamentos sujetos a régimen de propiedad en condominio en donde la asamblea de condóminos tomó el acuerdo de prohibir el uso de los elevadores a los dueños que no estuvieran al corriente en el pago de las cuotas de mantenimiento.
Pero la jurisprudencia no señala que el amparo proceda en favor de cualquier dueño que esté atrasado en el pago de sus cuotas de mantenimiento.
La jurisprudencia se ocupa del caso específico de una señora de edad muy avanzada que usa silla de ruedas y se encuentra muy enferma.
En ese exclusivo asunto los tribunales federales decidieron que prohibir a esa señora el uso de los elevadores, cuando ella vive en el octavo piso, violaba sus derechos humanos.
El resultado final del asunto que les platico es que, en casos muy específicos, como el de personas de edad avanzada enfermas y/o discapacitadas o casos similares, los afectados con los acuerdos de la asamblea de condóminos que les impidan el uso de los elevadores, pueden ser combatidos mediante un amparo.
Los efectos del amparo son que se levante esa prohibición y no se aplique a la persona que se amparó.
La decisión de los tribunales federales me parece razonable y justa, así que si usted, un amigo o familiar se encuentran en una situación similar y habiendo tantos condominios en la ciudad, ya sabe que tiene un remedio legal para que pueda utilizar los elevadores aunque deba cuotas de mantenimiento.