Aseguradoras y daños punitivos

EN TRIBUNALES
08/07/2025 04:01
    La SCJN decidió que la aseguradora no sólo tenía que pagar una indemnización en dinero, sino que además tenía que pagar el daño moral causado y, para dar un ejemplo a esa misma aseguradora y otras que actuaran ilegalmente, tenía que ser condenada a pagar daños punitivos en una cantidad suficiente para que le doliera y no repitiera la conducta.

    Para empezar, deje explicarle en español qué son los daños punitivos. Estos consisten en una condena en dinero impuesta por un juez que sirve no tanto para reparar los daños y perjuicios causados por alguna persona a otra, sino más bien para castigarla más allá de esos daños y perjuicios y servir de ejemplo disuasivo para que los hechos que dieron origen a los daños punitivos no se vuelvan a repetir ni por el culpable ni por terceros.

    Para que procedan los daños punitivos es necesario que exista daño moral que, en pocas palabras, es una afectación a los sentimientos, honor, reputación y emociones de una persona, derivada de hechos contrarios a la ley.

    En un caso que llegó hasta la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), esta última condenó a una empresa aseguradora a pagar daño moral y daños punitivos a una asegurada.

    La condena tomó en cuenta que se había celebrado un contrato de seguro, que la aseguradora no le había entregado ni explicado las condiciones generales de la póliza a su cliente y que después de varios años se había negado a pagar una indemnización alegando que la enfermedad no estaba cubierta por el seguro.

    La SCJN también consideró que, además de lo que ya dije, la aseguradora había hecho pasar a la cliente por varios estudios médicos dolorosos y no necesarios y que era evidente que sólo estaba utilizándonos para no pagar la indemnización sin causa justificada.

    La SCJN sostuvo que la conducta de la aseguradora había causado daño moral a la cliente porque le había generado angustia y sufrimiento al tener que someterse a estudios médicos no necesarios y al tenerla tanto tiempo en suspenso para finalmente negarse a pagarle una indemnización.

    Por todo esto la SCJN decidió que la aseguradora no sólo tenía que pagar una indemnización en dinero, sino que además tenía que pagar el daño moral causado y, para dar un ejemplo a esa misma aseguradora y otras que actuaran ilegalmente, tenía que ser condenada a pagar daños punitivos en una cantidad suficiente para que le doliera y no repitiera la conducta.

    Si usted o un familiar o amigo se encuentra en una situación similar, sepa que tiene derecho a demandar a la aseguradora para que le pague una indemnización y, en su caso, le pague el daño moral y daños punitivos. No se quede de brazos cruzados.