Una práctica que lamentablemente se está haciendo común es que los dueños de inmuebles ubicados frente a la playa están cerrando los accesos que ya existen, impidiendo que los mazatlecos y turistas puedan entrar a las playas.
Algunos vecinos de tales inmuebles han hecho manifestaciones pacíficas y hasta han acudido al Ayuntamiento tratando de que les solucionen el problema sin que al parecer hayan obtenido buenos resultados.
Desde el punto de vista legal, he escuchado y leído opiniones de algunos abogados, todas totalmente equivocadas.
Algunos abogados dicen que procede una acción colectiva contra los dueños de los terrenos que cerraron los accesos a la playa, opinión que revela que no tienen la menor idea de lo que es una acción colectiva, que definitivamente no procede en este caso.
La cosa es muy sencilla, las acciones colectivas sólo proceden en dos temas: relaciones de consumo y daños ambientales. Cerrar los accesos a las playas no es ni una ni otra cosa, así de claro.
Abogado que le diga que procede una acción colectiva, o no sabe nada del tema o lo quiere engañar y cobrarle honorarios por nada, o peor aún, las dos cosas: no sabe nada de acciones colectivas y sólo quiere quitarle su dinero.
Y por si se pregunta con qué autoridad puedo afirmar lo anterior, sin pecar de falsa modestia, déjeme decirle que somos los mayores expertos nacionales en acciones colectivas. Nadie ha tenido más éxito que nosotros en esta área del Derecho y nadie tiene la experiencia que tenemos nosotros. Si no lo cree, investigue.
Por ahí hay algunos abogados saludando con sombrero ajeno, ostentándose como expertos en acciones colectivas sólo porque trabajaron un tiempo con nosotros. No les crea nada, lo cierto es que nunca manejaron esa área y obviamente no son expertos y si ya no trabajan con nosotros no es por ser buenos abogados sino porque no dieron el ancho.
Además de una acción colectiva, hay algunos abogados que dicen que procede un amparo. Estos están peor. El amparo sólo procede contra actos de autoridad y los dueños de los inmuebles que han cerrado los accesos a las playas no son autoridades. Así de sencillo.
Así que, si algún abogado despistado le dice que procede un amparo, no le crea. De nuevo, no sabe lo que dice y/o sólo quiere quitarle su dinero.
Pero para no dejarlos con la duda, déjeme decirle que desde el 22 de octubre de 2020 en nuestro País están prohibidas las playas privadas, entendiéndose por esto aquellas en donde se impide el acceso libre a las mismas a cualquier ciudadano.
Entonces, desde el punto de vista legal, ¿qué se puede hacer para que obliguen a los dueños de inmuebles ubicados frente a las playas a permitir el acceso a las mismas a los mazatlecos y turistas?
La respuesta es que debe seguirse un procedimiento administrativo ante la Semarnat, quien llamará al mismo al dueño del predio y le impondrá la obligación de permitir el acceso libre a la playa.
Si el acceso ya existe físicamente, la Semarnat ordenará que se respete y, si no existe, impondrá ese acceso, pagándole al propietario del predio una indemnización.
Así que ya sabe, si usted y sus vecinos se han visto afectados por el cierre de accesos a la playa, acudan con un abogado experto para que los asesore y les diga con más detalle qué pueden hacer, tiempos y costos.
Tenga mucho cuidado con abogados charlatanes que no le van a resolver su problema y sólo se quedarán con su dinero.
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