Deuda pública para 2024, ¿es inconstitucional?

    @LuisPerezdeAcha / Animal Politico / @Pajaropolitico
    La danza de los billones es espectacular. Al común de los ciudadanos nos parecen irreales e inentendibles. La cobija de los ingresos fiscales es demasiado pequeña para cubrir la totalidad de los gastos comprometidos para este año. Sin la contratación de deuda, México colapsaría por la insolvencia de las finanzas públicas y, ante la carencia de flujo, el gobierno estaría imposibilitado para sacar adelante el gasto corriente de 2024 que, adicionado con pensiones, representará el 82 por ciento del presupuesto total. Sería inadmisible suponer, por ejemplo, el impago de pensiones, de Cetes y a instituciones crediticias del extranjero.

    El boquete de las finanzas públicas es descomunal y la magnitud del déficit fiscal, alarmante. El diferencial entre los ingresos y gastos proyectados para 2024 está en rojo y es de 1.8 billones de pesos, que representa el 5.4 por ciento del Producto Interno Bruto y que tendrá que cubrirse con un mayor endeudamiento del gobierno federal, aprobado por 2 billones.

    En la danza tortuosa de los números se pierde la dimensión del problema. El 22 por ciento -más de 1/5 parte- del gasto público total por 9 billones se solventará con deuda. De otro modo dicho, 2 billones de pesos equivalen al 66 por ciento del ISR o al 138 por ciento del IVA a recaudarse en este año. En una operación simple, ello sería tanto como si el Servicio de Administración Tributaria nos cobrara a los contribuyentes 2/3 partes más de ISR o 1.4 veces más de IVA, lo cual es inviable en el corto y mediano plazos, ni siquiera subiendo las tasas y tarifas de ambos impuestos, lo que además sería suicida para efectos políticos, sociales y electorales.

    México se ha subido al tobogán, que puede convertirse en una bola de nieve, de vivir de préstamos, sacando dinero de un cajero para pagar las tarjetas de crédito en otro cajero. Los grupos contrarios al Presidente López Obrador lo culpan por sus programas sociales, las obras faraónicas como el Tren Maya y la Refinería Dos Bocas, la cancelación del nuevo aeropuerto de la Ciudad de México y el reflotamiento de Mexicana de Aviación.

    Son cuestionamientos que no tienen defensa. Sin embargo, existen algunas bombas que se han venido agrandando durante décadas, desde gobiernos anteriores. Un ejemplo son las pensiones y subsidios, que en 2024 ascenderán a 2 billones (igual que el endeudamiento). Otro tema son los intereses y comisiones de la deuda pública, que superarán 1.2 billones de pesos, o sea, el 13 por ciento del gasto total. Un caso adicional es el agujero negro de Pemex, cuyos pasivos por deuda y proveedores ascienden a más de 3 billones. Por último, las transferencias federales a estados y municipios serán de 2.5 billones.

    La danza de los billones es espectacular. Al común de los ciudadanos nos parecen irreales e inentendibles. La cobija de los ingresos fiscales es demasiado pequeña para cubrir la totalidad de los gastos comprometidos para este año. Sin la contratación de deuda, México colapsaría por la insolvencia de las finanzas públicas y, ante la carencia de flujo, el gobierno estaría imposibilitado para sacar adelante el gasto corriente de 2024 que, adicionado con pensiones, representará el 82 por ciento del presupuesto total. Sería inadmisible suponer, por ejemplo, el impago de pensiones, de Cetes y a instituciones crediticias del extranjero.

    La polémica por el endeudamiento de 2 billones es que no cumple con los requisitos establecidos en la Constitución Federal: que el gobierno solo puede contratar préstamos para la ejecución de obras que produzcan un incremento en los ingresos públicos; los que se realicen con propósitos de regulación monetaria; las operaciones de refinanciamiento o reestructura de deuda; o bien, los que se contraten durante alguna emergencia declarada por el Ejecutivo federal.

    En días pasados, un grupo de senadores de oposición promovió una acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte en contra del Presupuesto de Egresos en el rubro que autorizó la deuda. La argumentación es seria y convincente, y se centra en dos premisas: la primera, que los flujos provenientes de ese endeudamiento no están etiquetados para ninguno de los fines enlistados en el texto constitucional, y la segunda que, en consecuencia, una buena parte de la deuda se canalizará al gasto corriente del gobierno federal.

    La suerte de esa acción de inconstitucionalidad es incierta, pues el criterio reiterado por la Suprema Corte, aunque con excepciones, es de abstenerse de resolver conflictos relacionados con temas presupuestales. Hace pocos meses, ocho ministros votaron por la improcedencia de una acción de igual tipo presentada por un grupo de diputados federales en contra del Presupuesto de Egresos para 2022, bajo la consideración técnica de que las partidas ahí contenidas no son normas generales, sino actos administrativos de la Cámara de Diputados.

    Con independencia de las vicisitudes jurídicas a decidirse por la Suprema Corte, es justificado el posicionamiento político, con matices electorales, de los senadores que promovieron la acción de inconstitucionalidad. Sin embargo, ellos saben que una eventual declaratoria de inconstitucionalidad de dicho endeudamiento sería catastrófica para las finanzas públicas de México, no para el Presidente López Obrador.

    La deficiencia de la deuda pública es histórica y sistémica. La Constitución Federal ha sido reformada en 1945, 1993 y 2015 para atajar el problema y evitar el dispendio e ineficiencia de los recursos obtenidos mediante deuda, sin resultados efectivos. Año tras año, una parte importante del endeudamiento autorizado al gobierno federal se destina a gasto corriente. De hecho, en lo estructural, la deuda de todos los estados y municipios del país tiene la misma falla. La realidad se impone, no obstante la violación a las restricciones constitucionales para su contratación.

    Por ello, el hipotético pronunciamiento de inconstitucionalidad del Presupuesto de Egresos de la Federación para 2024 pondría en jaque la validez de la deuda pública nacional e implicaría, indirectamente, la nulidad de una parte importante del endeudamiento de los estados y municipios con el sistema bancario, con los problemas que ello acarrearía. No está de más recordar que hace más de diez años, la Suprema Corte declaró la invalidez de los esquemas de financiamiento instrumentados por Sonora y Veracruz, a través de fideicomisos de garantía y pago respaldados con contribuciones locales, y los aprietos en que puso a las finanzas de ambos estados y a los mismos bancos.

    Una situación aleatoria es que la acción de inconstitucionalidad en contra del Presupuesto de Egresos se convierta en un búmeran envenenado en contra de los senadores que la presentaron. Así sucedió en el caso de Sonora, en el que un grupo de diputados locales panistas presentaron una acción de igual naturaleza en contra de la autorización al entonces Gobernador Eduardo Bours, del PRI, para constituir el fideicomiso antes señalado; pero resultó que la invalidez del mismo se declaró -y perjudicó- al Gobernador Guillermo Padrés, del PAN.

    Para cumplir con los estándares fijados por organismos y calificadoras internacionales, el reto de la siguiente Presidenta será reducir el déficit fiscal al 3.5 por ciento del Producto Interno Bruto en 2025, lo cual implicaría reducir, en números gruesos, la brecha entre ingresos y gastos en 500 mil millones (medio billón) de pesos, y luego darle otro bajón al 3 por ciento en 2026. De no hacerlo, se corre el riesgo de potenciar el ciclo perverso de un endeudamiento desmedido, alejado cada vez más de las condiciones establecidas por la Constitución Federal.

    La gran pregunta, que no tiene aún respuesta, es cuál será la receta mágica para lograrlo. En lo conceptual, la fórmula es simple, aunque difícil de alcanzar: reducir los gastos y a la par aumentar los ingresos tributarios. Mientras ello sucede, la fatalidad de una deuda pública creciente seguirá presente en los años siguientes, a pesar de las restricciones constitucionales.

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