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"OBITER DICTUM"

"Infonavit pro consumidor"

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ANTE NOTARIO

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    Hablar del Infonavit en el 2020 implicará reconocer una transformación de fondo, en lo que a contrataciones públicas del propio instituto se refiere. Entre ellas, la “nueva política vieja” de voltear a ver al consumidor. Nueva porque da un giro de 180 grados a lo que se venía haciendo; vieja, porque el marco jurídico de protección al consumidor tiene ya fuerte raigambre federal desde 1975. La ley no se cumple por serlo ni por su edad, se cumple por voluntad política, no hay duda de eso.

    La libertad que tiene el consumidor final para elegir a sus proveedores es uno de los principios medulares de todo el sistema de protección al consumidor. No importa si el proveedor es una empresa chica, mediana o grande; tampoco si el empresario tiene preponderancia en el mercado o si, en el peor de los casos, lleva a cabo prácticas monopólicas que producen ineficiencias en el mercado.

    El servicio notarial, si bien es un servicio de “no mercado”, en la medida que su naturaleza se corresponde con una función del Estado y su objeto es una función pública (la fe pública), siendo que el notario, en lo individual, no pueda ser calificado jurídicamente como proveedor (dado que no es empresario, ni su actividad se hace en el marco de la especulación mercantil) lo cierto es que el cliente del notario, cuando es un consumidor respecto del otro contratante, mantienen en sede notarial sus derechos, que no se le pueden cercenar.

    Los notarios, como vigilantes de la legalidad y aliados del Estado (de Derecho) no toleran que en su oficio se transgreda el marco jurídico, ni que la escritura pública, en tanto y en cuanto producto notarial, sea defectuoso (por su apartamiento de la ley). A los consumidores les asiste un derecho mínimo irrenunciable, aún en las notarías. Es más, es en la notaría donde el consumidor encuentra el momento ideal para que se corrija cualquier desviación precontractual acaecida. De ahí la importancia de la homogeneidad en el sistema notarial en cuanto a esa perspectiva pro-consumidor, de lo contrario, los intereses económicos al ser refractarios de la legalidad, continuarán eligiendo servicios notariales a modo.

    La Comisión Federal de Competencia Económica, órgano constitucional autónomo, emitió al Infonavit algunas recomendaciones, a consecuencia de la propia consulta elevada por el instituto. De manera sintética, en lo que al notariado y a los consumidores concierne, el órgano antimonopolios le dice que su normativa va en contra de la Constitución dado que limita el número de notarios públicos que pueden participar en favor de los derechohabientes. Se trata pues, de las famosas y conocidas por todos, e igualmente ignoradas, “listas de notarios”, que al igual que el FOVISSSTE y la generalidad de instituciones de banca múltiple han ido formando, dañando gravemente la calidad del servicio notarial, al crear ineficiencias y estancamientos.

    El modelo de listas cerradas de notarios es sin duda bondadoso con la parte fuerte, con la empresa, con el monopolista; pero, destructivo del sistema notarial el que no logra homogeneizar a sus integrantes y los pone a competir de manera equívoca: en lugar de concentrarse en dar un mejor servicio, se compite en encontrar espacios para el acuerdo ilícito y alterar el proceso de libre competencia.

    Por un lado, la práctica del Infonavit hasta 2019 era la de solamente aceptar a los notarios que pertenecieran al Colegio Nacional del Notariado Mexicano, A.C., lo que no solamente conculca la libertad de asociación de los notarios, dado que la Constitución otorga el derecho de asociarse o de dejar de formar parte de las asociaciones; pero que en el caso al limitar la libertad de trabajo de los notarios y forzarlos a asociarse se producía una violación constitucional grave. Sobre todo, a partir de la consideración de que el servicio notarial por ser una función pública no debe condicionarse. Basta con ser notario para poder formalizar los actos que las partes soliciten.

    En el caso de consumidores de vivienda, corresponde a ellos elegir a su notario y no al Infonavit ni al proveedor de la casa habitación. El 2019 cierra bien para los consumidores, en este tema; y bien para el notariado mexicano, dado que debe privilegiarse la participación de todos los notarios en los procesos de escrituración, con independencia de cualquier elemento discriminatorio ilícito. El notario no es tampoco un subordinado del Instituto, por lo que deberán revisar los procedimientos y ocuparse un poquito por respetar la investidura notarial.

    Estoy convencido que este ha sido el primer gran paso de lo que sucederá en el resto de los casos que, a la fecha, siguen violando la ley a vista, ciencia y paciencia de las autoridades y órganos reguladores. Sus miembros, seguramente lo han padecido en carne propia. ¿Será que desean que los otros sufran lo mismo o se aventarán y demostrarán de qué están hechos?
    Qué pasen felices fiestas y que el 2020 venga lleno de bienestar. Nos leemos en enero.

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