Negligencia médica, reparación del daño

    Si se quiere desincentivar la mala práctica médica, es importante que se demande civil o penalmente a los médicos y hospitales negligentes y se les impongan penas de prisión y condenas a la reparación del daño mediante el pago de una indemnización.

    david@bufetealvarez.com

    El viernes pasado la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) publicó una jurisprudencia que tiene que ver con la reparación del daño causado por una mala práctica médica.

    En términos generales, una negligencia médica puede dar origen a dos tipos de procedimientos judiciales. Por un lado, un juicio civil y por el otro un juicio penal.

    El juicio civil persigue que el juez dicte sentencia declarando la existencia de la mala práctica médica y condene al demandado a reparar el daño causado mediante una indemnización en dinero.

    Por su lado, el juicio penal busca que el juez determine la existencia de un delito, imponga la pena de prisión correspondiente y condene al culpable a reparar el daño causado mediante el pago de una indemnización en dinero.

    Durante un tiempo, en el mundo de los abogados, se discutió si la indemnización fijada en el juicio civil y la fijada en el juicio penal consistían en una doble condena.

    Unos tribunales sostenían que sí y otros que no. Algunos tribunales llegaron a decidir que la indemnización pagada en un juicio penal tenía que descontarse de la indemnización impuesta en el juicio civil y viceversa.

    En la jurisprudencia que les platico, la SCJN llegó a la conclusión de que las dos indemnizaciones, la impuesta en el juicio civil y la impuesta en el juicio penal, son independientes y debe buscarse lo que llaman la reparación integral (completa) del daño causado.

    Si se lee por encima, la jurisprudencia puede llevar a pensar que el médico negligente debe pagar dos indemnizaciones, pero ya leída con más detenimiento, lo que dijo la SCJN es que la reparación del daño patrimonial y moral causado a través del pago de una indemnización, debe ser completa.

    Por poner un ejemplo, si en el juicio penal se fijó y pagó una indemnización de un millón de pesos, y en el juicio civil se fija una de dos millones de pesos, la reparación del daño debe ser hasta por la cantidad más alta.

    Y aunque la SCJN no lo dice con claridad, sí da a entender que, lo que se pague de indemnización en un juicio, debe descontarse de la indemnización que se deba pagar en el otro juicio.

    Desgraciadamente es cada vez más común encontrarnos con médicos y hospitales negligentes que provocan la muerte o graves lesiones a los pacientes.

    Si se quiere desincentivar la mala práctica médica, es importante que se demande civil o penalmente a los médicos y hospitales negligentes y se les impongan penas de prisión y condenas a la reparación del daño mediante el pago de una indemnización.

    Si los afectados, o sus familiares en casos de muerte, no hacen nada, quedará impune la mala práctica médica y eso mandará un mal mensaje a los médicos y hospitales: puedes lesionar o matar a un paciente, igual no te pasará nada.

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