¿Y yo qué culpa tengo?

    Imagínese que mis vecinos o yo fuéramos a las casas de los aurigueros y pulmoneros y pusiéramos música que nos guste a nosotros a todo volumen, mientras ellos y sus familiares quieren dormir. No creo que les agradaría mucho

    Aunque no son géneros musicales que me gusten, ya casi me aprendo de memoria todos los narcocorridos, corridos, música de banda, música norteña y música por el estilo, que traen a todo volumen las pulmonías, aurigas, vehículos de renta e incluso vehículos particulares de jueves a domingo.

    Digo, cada quien sus gustos, pero qué culpa tengo yo o mis vecinos que debemos soportar este tipo de música a todo volumen y sufrir de insomnio al menos de jueves a domingo.

    Imagínese que mis vecinos o yo fuéramos a las casas de los aurigueros y pulmoneros y pusiéramos música que nos guste a nosotros a todo volumen, mientras ellos y sus familiares quieren dormir. No creo que les agradaría mucho.

    De perdida la pusieran a un volumen razonable o solo para ellos. Pero no, sobre todo las pulmonías y aurigas parece que están empeñados en ganar un concurso de a ver quién pone la música al volumen más alto y quien pone la música de peor gusto.

    Parecería que, a mis vecinos y a mí, no nos queda de otra que aguantarnos o comprar tapones para los oídos.

    Pero no, como siempre, existen remedios legales para solucionar el problema.

    A lo que les menciono se le conoce como contaminación ambiental auditiva y quienes son culpables de ella pueden ser llevados a juicio por dos vías.

    La primera es una Acción Colectiva y la segunda es una Acción de Responsabilidad Ambiental. Ambas se tramitan ante los jueces federales de esta ciudad.

    La Acción Colectiva está regulada por el Libro Quinto (De las Acciones Colectivas) del Código Federal de Procedimientos Civiles, mientras la Acción de Responsabilidad Ambiental está contenida en la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental.

    Las dos acciones se enderezan contra los culpables de la contaminación ambiental auditiva que, en este caso, serían los sindicatos y dueños de las pulmonías, los sindicatos y dueños de las aurigas y los propietarios de los vehículos de renta.

    Las sentencias de condena les van a imponer a los demandados la obligación de dejar de poner música a todo volumen, apercibidos con multas millonarias si no hacen caso y desobedecen las sentencias.

    También deberán pagar el daño ambiental causado durante todo el tiempo en que pusieron música a todo volumen. La indemnización será fijada por el juez que conozca de esos juicios y puede llegar a montos millonarios.

    Lo único malo es que, sin presumir, resulta que, en Mazatlán, solo existe un despacho experto en ese tipo de juicios, así que los interesados no tienen muchas opciones a donde ir.

    Otra herramienta legal con la que contamos para eliminar el daño ambiental de que estoy hablando, es un amparo contra las autoridades que se supone deberían evitar que eso suceda y tienen el deber de poner orden en el desorden.

    Ya se han ganado amparos por omisiones de autoridades municipales en hacer lo que la ley les obliga a hacer, y aquí sí, la baraja de despachos de abogados capacitados para llevar con éxito estos amparos es un poco más amplia, pero no pasan de tres.

    Lo importante de lo que le platico es que no tiene por qué resignarse a tener que soportar la música con alto volumen, ni a sufrir de jueves a domingo, en Semana Santa, Carnaval, ni en el montón de días festivos que sirven de pretexto para que la raza agarre la jarra y se le antoje pasear por el malecón y el centro histórico con música a todo volumen.

    La información es poder, dicen. Yo no estoy de acuerdo. Ahí tiene usted la información, pero no le dará a usted poder a menos que la ponga en práctica.

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