"'Favorece a pensionados la reforma del Infonavit'"
Jesús Homobono Rosas
Rafael Yan Rubio
Especialista en pensiones
Las aportación de 5 por ciento que un patrón hacía a sus trabajadores hasta el tercer bimestre de 1997, para la subcuenta de vivienda, será regresada a las personas que no la hayan usado para un crédito, de acuerdo a la reforma a la ley del Infonavit decretada el jueves pasado, manifestó Rafael Yan Rubio.
El Contador Público, especialista en pensiones, platicó sobre la relevancia para la clase trabajadora de la reforma a la ley.
"Creo que son cosas muy importantes, porque la ley del Infonavit tiene básicamente dos formas de poder devolver el dinero, una forma es a través de un crédito y otra es cuando la persona se pensiona, el problema que tenemos cuando la persona se pensiona es que el Infonavit tiene un articulo transitorio en su ley, el artículo octavo transitorio", dijo.
Yan Rubio explicó que el articulo transitorio expresa que el dinero de la subcuenta de vivienda del pensionado con la anterior ley del seguro social, se depositaba en la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
"Si te pensionas con la ley del seguro social vieja, con la ley anterior, ese dinero se le tiene que entregar a la Secretaría de Hacienda, por eso nacieron muchos juicios en contra del Infonavit que en su mayoría los han ganado los trabajadores, y por ésto llegó a sentarse una jurisprudencia, y habiendo jurisprudencia en contra de la ley el Infonavit seguía entregando ese dinero a la Secretaría de Hacienda mientras no se reformara el articulo octavo transitorio", expresó.
Tiempo de devolución
Yan informó que el trabajador puede reclamar los recursos de su subcuenta de vivienda no usados sólo al momento del retiro.
"Únicamente lo puede reclamar cuando se pensiona o bien cuando llega a la edad de pensión y el Seguro Social le niega la pensión, en esos momentos se tiene que devolver el dinero, pero la ley del Infonavit es muy clara, la ley del Infonavit tenía o tiene que se va a devolver el dinero pero únicamente hasta el tercer bimestre de 1997, ¿por qué hasta el tercer bimestre del 97?, porque a partir del cuarto bimestre que es primero de julio entran en vigor las Afores, entonces todo ese dinero del 5 por ciento del Infonavit se está acumulando en la cuenta individual del trabajador", comentó.
Segundo crédito
Sobre la alternativa que tendrá el trabajador de solicitar un segundo crédito de vivienda una vez liquidado el primero, Yan Rubio aclaró que ésto será únicamente en coparticipanción con instituciones financieras.
"El artículo 44 es el que establece el derecho a recibir un crédito del instituto una vez que haya liquidado el primero, podrá acceder a un nuevo financiamiento pero este financiamiento no es unicamente de Infonavit, es en coparticipación con las entidades financieras o sea Infonavit y entidades financieras, los dos", dijo.
Consideró que la posibilidad de recibir un segundo crédito es una de las bondades de la reforma a la ley.
"A mí se me hace que es bueno, y es bueno porque si yo ya tuve un crédito Infonavit y puedo tener acceso a otro crédito, por ejemplo puedo ampliar mi vivienda, y si hay un banco que me preste junto con el Infonavit, pues aceptaríamos el crédito en algún momento determinado, a mí se me hace muy bueno porque con esto se le da mucha revolvencia a la actividad económica", aseguró.
Modificaciones
El especialista en pensiones del IMSS dijo que la reforma a la ley del Infonavit consiste en tres partes.
"La reforma contiene tres partes fundamentales: artículo 43, artículo 44 segundo crédito, y el octavo transitorio, que son las devoluciones, lo sustancial de ésto básicamente está en el octavo transitorio porque ésto lo veníamos planteando desde hace muchísimo tiempo, una diputada federal, que es de aquí de Culiacán, Rocío del Carmen Morgan Franco y yo con ella, elaboramos el primer proyecto para la cámara de diputados en 2007, esto viene consignado en la iniciativa, ella fue la primera que presentó esta iniciativa", recordó.
Proceso
Yan subrayó la relevancia del cambio en al artículo transitorio y habló del proceso de devolución del dinero al trabajador.
"Es muy importante este artículo octavo transitorio del Infonavit, aquí por ejemplo podemos ver como los dineros del trabajador que están en Infonavit estaban pasando a la Secretaría de Hacienda, ¿qué es lo que va a pasar?, bueno que ahora lo que queremos de acuerdo con la reforma es que ese dinero que está en Hacienda pase al trabajador, pero no va a ser directamente ante Hacienda, aquí hay un medio que es el Infonavit".
"¿Qué se hizo con este articulo transitorio?. se reformó adicionando el párrafo que dice: en un máximo de 18 meses a partir de entrada en vigor de la presente ley, y conforme a los procedimientos que determina la Secretaria de Hacienda que deberá expedir en un plazo de 180 días, se le entrega a los trabajadores los fondos", dijo.
Efectos
Manifestó que la reforma beneficiará de forma inmediata a los trabajadores que relicen su tramite de pensión a partir de la publicación del decreto.
"Aquí tenemos que dividir muy claramente dos tipos de trabajadores, los que se van a pensionar después de esta reforma y los que se pensionaron antes de la reforma, los que se van a pensionar después de la reforma se lo van a devolver de inmediato, los que ya tienen alguna demanda interpuesta o que no han reclamado todavía se tienen que esperar un mínimo de 18 meses a partir de entrada en vigor el articulo transitorio.
¿En qué les afecta esta reforma a las personas que empezaron a cotizar bajo el esquema de la ley del IMSS de 1997?
A ellos no les afecta en nada, ni tampoco la del Infonavit, porque haciendo un comparativo de los dos leyes del IMSS vemos que con la ley nueva de 1997 para pensionarse se necesitan de 60 a 65 años, en la ley vieja se necesita lo mismo, pero en la ley nueva se necesitan mil 250 semanas, la ley vieja requiere 500 semanas, es decir, mil 250 semanas son 24 años, 500 semanas son 9.6 años, si la nueva ley entró en 1997 entonces los que empezaron a cotizar en 97 recibirán su pensión hasta 2021, quiere decir que las pensiones nuevas van a ser en 2021 por cesantía o vejez, casi 10 años más, pero de 1997 a 2021 se aventó la pelotita muy para adelante como dicen los futbolistas.
El seguro social dijo con la nueva ley: ya no te pensiono yo con mis fondos, te vas a pensionar con el saldo que tengas en la Afore, y les va a devolver el dinero el Infonavit.
Esta reforma es benéfica para todo aquel que tenga más de 60 años y ya se pensionaron o están por pensionarse con ley de 1973.
¿Cuantas personas se verían beneficiadas con esta reforma a la ley del Infonavit?
Los pensionados a los que no se les va a devolver el dinero hasta dentro de 18 meses como tope máximo, más o menos estamos hablando de un millón de pensionados, y andamos hablando más o menos de 18 mil millones de pesos, estas cifras son aproximadas.
Lo que pasa es que Hacienda no quiere desembolsar 18 mil millones de pesos de un solo golpe, entonces estableció un tope en la reforma al artículo octavo transitorio, el tope que estableció fue de 18 meses.
Se van a expedir las reglas para que se les devuelva y estas reglas van a empezar a expedirse y tienen un término también de 180 días para expedirlas, mientras se expiden las reglas, nadie va poder reclamarle al Infonavit dinero, porque no están las reglas aprobadas.
¿Hay alguna forma de saber qué proporción de ese millón de beneficiados está en Sinaloa, o es muy difícil?
No, es difícil saberlo, pero no tengo el dato, si lo tienen aquí en el seguro social, no son muchos los sinaloenses, no son tantos como los puede haber de otros estados de la república mexicana.
¿Diría usted que la Secretaría de Hacienda estaba siendo el cuello de botella?
El cuello de botella es la Secretaria de Hacienda sí, el Infonavit le pasó ese dinero a la Secretaria de Hacienda y ésta tiene ese dinero.
¿Qué podría hacer un pensionado si pasaran los 18 meses y no ha recibido su recurso?
Interponer un recurso de amparo contra el Infonavit, la Secretaría de Hacienda y contra el que resulte responsable, en el caso de las demandas vale más que abunde y no que falte, ¿a quién demando?, al Infonavit, porque ese dinero fueron cuotas de Infonavit, a la Secretaría de Hacienda porque el Infonavit se los dio, a la Afore en un momento determinado, porque en la Afore me aparecía el saldo, y a quien resulte responsable decimos en las demandas, para que esto sea muy genérico y la responsabilidad no se concentre en uno solo.
¿Si el salario promedio de Sinaloa es entre 5 y 6 mil pesos, a cuanto ascenderían las devoluciones para cada trabajador?
Si se tratara de un sueldo de 5 mil pesos, entonces se estaría hablando de 48 mil pesos aproximadamente en 16 años para los trabajadores que mantuvieron salarios en ese rango, el monto va subiendo en proporción del salario y del tiempo cotizado en Infonavit y si ejercieron o no el crédito, y si así fue, que lo hubieran pagado.
"La ley del Infonavit tenía o tiene que se va a devolver el dinero únicamente hasta el tercer bimestre de 1997, ¿por qué hasta el tercer bimestre del 97?, porque a partir del cuarto bimestre entran en vigor las Afores"
Rafael Yan Rubio
Especialista en pensiones