"Incumplen casas de cambio con control 'antilavado'"
MÉXICO (UNIV)._ La Comisión Nacional Bancaria y de Valores dio a conocer que 464 centros cambiarios deberán dejar de operar porque no cumplen con los controles mínimos para prevenir el "lavado" de dinero.
Gran parte de estos centros se encuentra en los estados del norte, es decir, Baja California con 109, Sonora con 66, Chihuahua con 36 y Tamaulipas con 32, así como en Jalisco con 45 y Michoacán con 29.
En estos seis estados, la CNBV reportó 317 centros cambiarios que no cumplen con las normas mínimas para prevenir el "lavado" de dinero.
En Baja California se ubican 23.5 por ciento de los centros problemáticos; sigue Sonora con 14.2 por ciento. También detalló que 21 de los 70 transmisores de dinero en el País tampoco cumplían con los requisitos.
Los transmisores son sociedades anónimas que de manera habitual y a cambio del pago de una contraprestación o comisión, reciben en el país derechos o recursos en moneda nacional o divisas, para que el remisor las transfiera al extranjero.
Iván Alemán, vicepresidente de supervisión de procesos preventivos de la comisión, afirmó que de los mil 670 centros cambiarios registrados al 8 de septiembre, mil 56 cuentan con el dictamen técnico en prevención de operaciones con recursos de procedencia ilícita.
Además, 92 están en proceso de recibirlo, ocho fueron rechazados y 37 corresponden a nuevas solicitudes.
Señaló que 11 centros cambiarios han solicitado su registro por primera vez, con lo cual se otorga certeza en cuanto a la existencia de controles mínimos en materia de prevención de operaciones con recursos de procedencia ilícita previo a su inicio de operaciones.
Alemán comentó que 464 centros cambiarios, 30 de ellos de Sinaloa, no solicitaron la renovación de su registro antes del 8 de septiembre, fecha límite para esta solicitud, por lo que deberán dejar de operar.
Dijo que a la fecha, 472 centros, la suma de los que no presentaron solicitud con los rechazados, no cuentan con el dictamen técnico que confirma que tienen controles mínimos para evitar operaciones de lavado de dinero.
Sandro García Rojas, director general de Prevención de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita de la CNBV, precisó que para que estos centros cambiarios se registren de nuevo, deberán hacerlo con nueva razón social y nuevos requisitos.
En la reforma financiera, y en particular con los cambios a la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, se previó la obligación de estas entidades de obtener un dictamen en materia de prevención de operaciones con recursos de procedencia ilícita.
Dicho dictamen es un instrumento que genera confianza en el sector financiero y en los usuarios de los servicios de los centros cambiarios y transmisores de dinero, explicó Iván Alemán.
"Si no lo obtienen no podrán registrarse ante la autoridad y tendrán que dejar de operar", agregó.
Sin embargo, el dictamen técnico no sustituye a la función de supervisión de la CNBV que verifica la aplicación de controles.
Destacó que con la renovación del registro se logró una limpia del sector, pues transparentó operaciones, ya que se sabe ubicación, número de sucursales, monedas que operan, entre otros datos.
Al ser cuestionados sobre las operaciones de los centros cambiarios y transmisores de dinero, los directivos afirmaron que no contaban con esos datos.
Desde el pasado martes, la CNBV hace pública la información de los centros cambiarios que cumplen con todas las normas de prevención de "lavado" de dinero, pero solamente si los directivos de esos intermediarios estén de acuerdo.
"La CNBV tiene la información de todos, pero publicará en su página de internet la de los autorizados. Esto genera incentivos para mejorar en el combate al 'lavado' de dinero. Es un listado en el que tienen razones para querer estar", indicó Alemán.
La comisión comentó que los sujetos supervisados tienen la encomienda de usar mecanismos de prevención, como el Sistema Automatizado para la detección de operaciones, el Manual de Políticas y Procedimientos en la materia, capacitación interna y el envío de reportes, entre otros.
El objetivo, dijo Iván Alemán, es proteger más al sistema contra prácticas ilícitas.
* El Dictamen Técnico es un requisito para solicitar o renovar registro como Centro Cambiario o Transmisor de Dinero ante la CNBV.
* Su emisión no implica el otorgamiento o renovación del registro de la sociedad.
* Refleja que cumple con controles mínimos razonables en materia de prevención de operaciones con recursos de procedencia ilícita y financiamiento al terrorismo; sin embargo, no prejuzga en cuanto a la debida aplicación de los mismos.
* Tiene una vigencia de tres años a partir de su emisión.
Fuente: http://www.cnbv.gob.mx/PrevencionDeLavadoDeDinero/Documents/Dictamen_Tecnico.pdf